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sábado, 5 de julio de 2025

Guadalcanal Monumental 17

    

HOSPITAL DE LA CARIDAD

    Sin que podamos precisar la fecha exacta de la fundación del hospital de caridad que con el título del Santísimo Cristo del Amparo existió antiguamente en Guadalcanal, sabemos por un libro de Acuerdos que de él se conserva que, hallándose extinguida esta cofradía, el día 25 de septiembre de 1722 don Pedro Navarro solicitó del Ayunta­miento la reorganización de la misma, al objeto de socorrer a los en­fermos pobres de esta villa. Accedió el Cabildo Municipal, según testimonio del escribano don Pedro González de Figueroa, pero reservándose el derecho de designar los mayordomos-administradores de dicho centro.

Reglas de la Hermandad que fueron nuevamente establecidas:
1ª. La Junta de gobierno estaría integrada por dos hermanos mayores uno sacerdote y otro seglar, que lo fueron precisamente don Fer­nando Abarranca Caballero, presbítero, y don Ignacio de Ortega, regidor; un mayordomo-administrador, cargo que recayó en don Pedro Navarro; un secretario, que fue nombrado el escribano don Pedro González de Figueroa, y un vicesecretario, don Alonso Monago Solano, presbítero.
2ª. La elección de estos cargos -que se haría por votación secreta- se realizaría anualmente el día de San Miguel Arcángel.
3ª. El mayordomo-administrador presentaría las cuentas habidas du­rante el año al resto de la corporación, con expresión de justifican­tes de gastos y de cuantos pormenores se estimasen necesarios.
4ª. Si al tiempo de la exhibición de las tales cuentas el administrador resultase alcanzado, se le concedería el plazo de un mes para satisfacer el déficit.
5ª Los hermanos mayores confeccionarían un inventario de los bienes muebles y raíces y demás instrumentos pertenecientes a este hospital con expresión nominal de los censualistas, fechas de imposición, cuantías de principales y rentas y nombres de los escribanos antes quienes pasaron dichos documentos.
6ª Realizada la elección de oficios, el secretario haría saber a los nuevos componentes de la Junta el estado del caudal y alcance habido en el saliente gobierno.
7ª El número de hermanos sería de treinta y tres "en reverencia a la edad de Nuestro Señor", trece sacerdotes y el resto seglares, de modo que éstos fueran personas de escasa ocupación y aquellos tuvieran facultad para administrar los sacramentos a los enfermos de este hospital.
8ª Un hermano clérigo y otro seglar asistirían, mensualmente y por orden de antigüedad, a la comida y curación de los enfermos.
9ª Para realizar dicha asistencia, el secretario avisaría a los hermanos que hubiesen de estar en turno con seis días de antelación.
10ª Cuando algún acogido se hallase en peligro de muerte, los hermanos establecerían un turno de vela de dos horas cada uno, con obligación de encomendar su alma a Dios.
11ª En caso de fallecimiento de algún hospitalizado los hermanos mayores designarían una comisión para postular por la población a fin sufragar los gastos de entierro, al que había de asistir los hermanos sacerdotes tocados de sobrepelliz y los seglares llevarían el cadáver hasta la parroquia de Santa María, a cuya collación pertenecía dicho centro benéfico.
12º Para tratar sobre asuntos de gobierno, todos los martes se reuniría la Hermandad en el domicilio del hospital, dándose por irrefutable los acuerdos que se tomasen con que sólo asistieran uno de los hermanos mayores, ocho hermanos y el secretario. Y puesto que los componentes de esta reedificación tenían a su cargo la organización y conservación del rosario de la aurora que salía del hospital de Nuestra Señora de los Milagros, éste quedó agregado a la Hermandad de caridad.
13ª En tiempo de recolección de los frutos la Hermandad pediría por el pueblo, dando cuenta del producto al mayordomo.
14ª El día 16 de julio de cada año festividad del Triunfo de la Santa Cruz -entonces-, esta Hermandad celebra función principal y comunión general en la iglesia de Santa María satisfaciendo a su beneficio el estipendio corresponde
15ª Para someter a arrendamiento al modo de públicas subasta las fincas rústicas y urbanas que este hospital tenía, se acordó hacer una relación de ellas y se fijara en la Plaza Mayor
16ª.Los hermanos mayores sólo podrían ser elegidos dos veces, y para ello, deberían haber transcurrido tres años desde el anterior oficio. Bajo ningún pretexto ni título podrían estos modificar las presentes constituciones y sí se le confería, en cambio, facultad para reformar algún punto siempre que no fuera en contra de los estatutos.
Solicitaron del provisor de Llerena la aprobación de estas Reglas, la cual, en 30 de septiembre de don Pedro de Cárdenas Barreda.
Arquitectónicamente, la capilla que este hospital de la Caridad, tenía aneja -hoy en lamentable estado de manteniendo en el altar mayor bóveda de trapezoidal; arco triunfal apuntado y otro de medio punto con arquivolta magníficamente decorada en el lado del Evangelio del anteprevisterio.

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