Primera parte
La plata de Guadalcanal fue ya famosa en tiempos de fenicios y romanos, como así ha quedado recogido por historiadores de la antigüedad clásica. Después de un prolongado ostracismo, o al menos en ausencia de datos durante toda la Edad Media, en 1555 asistimos a su redescubrimiento, asunto salpicado de múltiples anécdotas y de hechos transcendentales en los campos de la política, de la economía y del desarrollo metalúrgico y tecnológico. La riqueza y abundancia argentífera fue en principio tan sorprendente que empezó a circular el rumor de que las famosas minas del rey Salomón no eran de oro y piedras preciosas, sino de plata, y éstas se localizaban en Guadalcanal, una villa y encomienda santiaguista limítrofe con el reino-concejo de Sevilla, justo donde se interrumpe la penillanura extremeña para dar paso a los Montes Marianos que citaba Plinio.
Según las referencias bibliográficas y documentales localizadas, de entre las que destacamos los estudios de Tomás González (1) y Julio Sánchez Gómez (2), el redescubrimiento se debió a Martín Delgado, un guadalcanalense a quien unos atribuían cierta candidez (…estaba arando cuando se topó casualmente con un rico filón…) y otros una gran experiencia en el descubrimiento y registro de minas tras su retorno de América, donde seguramente había tenido contacto con dichas actividades. Esta última teoría parece encajar más en la personalidad de Martín Delgado, a juzgar por el posterior desarrollo de los acontecimientos, aunque posiblemente la fiebre de la plata y la riqueza que su registro le proporcionó terminaron por desajustarle emocionalmente.
Sabemos que Martín Delgado se personó ante las autoridades locales para registrar su descubrimiento el 8 de Agosto de 1555 (3). Desde ese momento la potencial explotación minera debería quedar sometida a lo estipulado legalmente; es decir, de la plata extraída debería entregarse una quinta parte al fisco, quedando el resto para el descubridor y explotadores. Pero como los primeros resultados fueron sorprendentes, por cuantiosos y a pesar de los rudimentarios métodos tecnológicos empleados en la extracción y afinamiento, rápidamente aparecieron numerosos interesados reclamando supuestos derechos por asientos o acuerdos previos con la Corona. Y fue así porque, en efecto, la Corona, más concretamente el Consejo de Hacienda, tenía establecido previamente determinados conciertos de explotación con distintas empresas mineras de la época, algunas de las cuales, ante la riqueza de la que se hablaba, alegaban tener prioridad sobre Martín Delgado. Entre tantos interesados, fue la compañía de los poderosos Fugger (o Fuccares) (4) la que pudo sostener documentalmente dichas pretensiones.
No obstante, Martín Delgado (quien encontró en un pariente y protegido suyo, Gonzalo Delgado, un interesado competidor que consiguió diez días después registrar a su nombre otro pozo próximo al primero de los descubiertos (5) continuó con su rudimentaria explotación, obteniendo 18.000 ducados (6.732.000 maravedíes) de beneficio en menos de dos meses, una auténtica fortuna si tenemos en cuenta que sólo 15 años antes el Hospital de la Sangre de la ciudad de Sevilla había comprado a la Orden de Santiago todos los derechos que la Mesa Maestral poseía en la villa de Guadalcanal y su término, más la mitad de las rentas de su encomienda, en 40.000 ducados. O que un minero de la época, trabajando de sol a sol, sólo recibía unos 50 mrs. Sin duda, el mineral, aparte su elevada riqueza y ley, debía estar a flor de piel en las viejas galerías ya labradas en la antigüedad clásica.
En cualquier caso, ambos descubridores, con el asesoramiento de algunos de los guadalcanalenses más influyentes, buscaron distintas fuentes de financiación, para lo cual debieron repartir parte de los derechos que les correspondían, situación que adquirió tintes caóticos (6). No obstante, el tal Martín Delgado, que evidentemente no era tan cándido, después de ceder parte de su explotación consiguió hacerse con la mayoría de los derechos de su pariente y competidor, el ya citado Gonzalo Martín.
Las noticias del descubrimiento no tardaron en llegar a la corte vallisoletana, donde desde hacía tiempo, con una Hacienda Real casi en bancarrota, esperaban un golpe de suerte de esta naturaleza. Por ello, inmediatamente se pusieron en contacto con el gobernador de Llerena, la máxima autoridad real en la zona, comisionándole tres importantes tareas:
- Como subdelegado de rentas reales y de la Mesa Maestral, debería ocuparse en cobrar para la Hacienda Real el quinto de la producción. Para ello, forzando el asunto de competencia con las autoridades locales, el gobernador situó en la explotación a un alguacil mayor con la finalidad de poner orden en la zona minera.
- Como juez de segunda instancia, debía sentenciar en las numerosas causas surgidas sobre la propiedad y explotación de los distintos pozos, una vez desbordada la competencia judicial de los alcaldes ordinarios de la villa en la impartición de la primera instancia. En función de la documentación aportada, reconoció a la compañía de los Fugger como propietaria de la explotación, aunque más tarde, siguiendo instrucciones de la corte vallisoletana, dio orden para suspender la extracción de nuevo mineral.
- Finalmente se le pidió que informara sobre la riqueza de la explotación, contestando el gobernador que de cada quintal de mineral extraído y lavado, una vez sometido a fusión, salía una cuarta parte de plomo argentífero, cuya riqueza en plata, tras su afinación, era igualmente de un cuarto. Es decir, el mineral producía 125 Kg. de plata por quintal.
Más adelante, en Octubre del mismo año desde la corte se envió a la zona a Agustín de Zárate, un funcionario de la máxima confianza de la Hacienda Real y con cierta experiencia en minas tras su periplo americano. Llevaba por comisión informar sobre la explotación, expresándose en los siguientes términos:
Hay en la zona de Martín Delgado cinco pozos, i en los tres de ellos se labró solamente siete días, y con estar poco más hondo de dos estados, se sacaron de ello más treinta mil ducados de valor, y si dura en lo que parece, en lo cual hasta ahora ninguna quiebra ni disminución se siente, saldrá tanta riqueza cuanta jamás se visto ni oído en estos reinos... que es cosa que jamás se vio en Potosí...
Ante tan buenas noticias, la corona dio órdenes para confiscar las minas, como paso previo a la expropiación que se preparaba, que no entró en vigor hasta la publicación de la Real Pragmática de 10 de Enero de 1559. Según la citada Pragmática, se incorporaba al Real Patrimonio las principales minas conocidas de entre las cuales la estrella, la explotación por excelencia, era la de Guadalcanal, que para entonces había dado la suficiente plata como para entrar en el campo de lo mitológico.
El documento de expropiación contemplaba la forma de indemnizar a Martín Delgado (7) y a los Fugger (8), éstos ya retirados de la explotación minera desde principios de 1556. El proceso fue largo y complejo, mediando recursos contra la decisión de la Hacienda Real, de los cuales tenemos noticias en el Archivo de la Real Chancillería de Granada. No era para menos, si tenemos en cuenta la respuesta de los distintos pozos, cuyos beneficios netos en favor de la Real Hacienda se presentan en el cuadro que sigue (9):
Años | Resultados netos en maravedíes |
1556-1559 | 550.000.000 |
1560 | 18.728.184 |
1561 | -6.659.739 |
1562 | 1.210.170 |
1563 | -9.322.403 |
1564 | 20.428.422 |
Resultados que, naturalmente, presentaron altibajos en función de la suerte, de la mayor o menor necesidad de invertir en infraestructuras y de la creciente dificultad que aparecía a medida que la explotación iba cogiendo profundidad. En la tabla que sigue se recogen datos sobre la extracción de mineral correspondiente a distintos períodos de los primeros años (10):
Años | Meses | Periodo | Cantidad en Kg. |
1557 | Noviembre | Semanal | 26.455 |
1557 | - | Diaria | 4.409 |
1559 | Enero | Mensual | 40.652 |
1559 | Marzo | “ | 14.660. |
1562 | Febrero | “ | 12.908 |
1562 | Marzo | “ | 25.154 |
1562 | Abril | “ | 26.036 |
1563 | Noviembre | “ | 7.903 |
1564 | Mayo | “ | 14.881 |
1564 | Junio | “ | 11.067 |
1564 | Agosto | “ | 6.029 |
El destino de los beneficios de las minas, una vez amonedada la plata en la Casa de la Contratación de Sevilla, estaba ya predeterminado: atender a las deudas más acuciantes del hacienda real, hacer efectiva la paga y pertrechos para los ejércitos del imperio allende los Pirineos y para financiar parte de la construcción del monasterio del Escorial, aparte de ayudar a reparar la torre de Santa María en Guadalcanal, comprar una campana para la parroquia de Santa Ana en esta misma villa y otras asignaciones anecdóticas o testimoniales.
Naturalmente, el requerimiento de manos de obra especializada fue en aumento, concurriendo en los momentos de mas actividad (Octubre de 1559) hasta 1.285 trabajadores relacionados directamente con la explotación (desde la extracción al afinamiento (11) y de origen muy diverso, aunque especialmente se trataban de vecinos de Guadalcanal y pueblos aledaños con antecedentes mineros (Azuaga, Berlanga, Llerena, Hornachos), moriscos del reino de Granada y un buen número de esclavos comprados en la feria de San Juan de Zafra. Aparte, hemos de contemplar al personal auxiliar, encargados de los aprovisionamientos, aventureros, amigos de lo ajeno, alcahuetas, pícaros, etc. No se incluye en la cifra anterior al personal no laboral, de los que sí se tiene relación pormenorizada en determinados momentos. Así, el año de mayor actividad (1558) aparecían registrados 4 oficiales de designación real (administrador general, contador, tesorero y veedor), 12 personas elegidas directamente por el administrador general y 34 más ocupadas en actividades auxiliares y de vigilancia (12). En definitiva, un poblado de nueva creación en término de Guadalcanal, pero sometido a la jurisdicción real por expreso deseo de la corona, que de esta manera eliminaba cualquier posible injerencia en los asuntos propios de la mina, tanto de las autoridades locales como de la propia Orden de Santiago.
Intencionadamente se ha obviado la participación de los guadalcanalenses en la explotación, que al parecer fue más escasa de lo deseado, entre otras circunstancias para limitar la intrusión del concejo en los asuntos mineros. En efecto, desde un primer momento se produjo un choque desigual entre las pretensiones del humilde concejo de Guadalcanal y los intereses del poderoso Consejo de Hacienda, quejándose la primera institución del desgaste de sus dehesas y baldíos, mermados a cuenta de la continua extracción de leña para las minas, el daño que el sobrepastoreo de los bueyes y mulas destinados a la explotación producía en las dehesas concejiles y el encarecimiento de los bienes de consumo generados en la zona (13). Ya en los primeros momentos (1557) la princesa gobernadora, residiendo Felipe II en Flandes, dio órdenes en este sentido:
...en cuanto a lo que decía que convenía que los oficiales y personas que andan en las fábricas sean forasteros y no naturales, para lo que toca al buen recaudo y seguridad, aunque se les acrecentasen algo más los salarios, proveerlos heis como mejor os pareciere...
Pero los buenos augurios duraron poco; justo el tiempo necesario para que los mejores ingenios tecnológicos conocidos en la época quedaran desbordados por la profundidad que iban adquiriendo las labores de extracción, siendo las inundaciones y la falta de ventilación las principales dificultades a salvar. Estas circunstancias, más la creciente merma en riqueza del mineral extraído, ya era crítica sobre 1570, acentuándose en 1576 a raíz del hundimiento generalizado de los pozos, tras las excesivas lluvias de la última primavera. En efecto, el día 16 de Mayo de 1576, después de veintiún años de explotación cesaron las labores y se despidió al personal, pasando estos últimos a las minas de mercurio de Almadén, junto con los ingenios y el resto del material elaborado expresamente para la explotación guadalcanalense.
Fuentes: Ver notas
(1)GONZÁLEZ, T. Noticia histórica documentada de las célebres minas de Guadalcanal, desde su descubrimiento en el año de 1555, hasta que dejaron de labrarse por cuenta de la Real Hacienda, Madrid, 1832
(2)SÁNCHEZ GÓMEZ, J. De Minería, metalúrgica y comercio de metales, Salamanca, 1990
(3)...a do dicen el Molinillo y destajos, linde con el arroyo Gaitero y con la senda del Moral...
(4) Eran, por esas fechas, los empresarios mineros más poderosos de la época, precisamente con estrechos lazos financieros con el dueño de la mitad de Europa, el emperador Carlos V. Estos empresarios habían establecido un asiento con la Real Hacienda por el que se les reservaban las explotaciones mineras descubiertas o por descubrir en una amplia zona de la Península, entre ellas los territorios bajo la jurisdicción de la Orden de Santiago. Se exceptuaban ciertas zonas periféricas a Guadalcanal, como las de la encomiendas de Reina y Azuaga, ya comprometidas anteriormente con otros asentistas.
(5) En realidad, fueron numerosos los guadalcanalenses que intentaron registrar distintos pozos en la misma zona, dando paso a múltiples pleitos que desbordaban la capacidad y preparación de los alcaldes ordinarios locales, responsables de la primera instancia e, incluso, las del gobernador de Llerena.
(6) Concretamente, Martín Delgado cedió en primera instancia 3/20 de su propiedad a cuatro personas; una de ellas, un cura de Hornachos, vendió 3/80 de su parte a tres vecinos de Llerena en 232.250 mrs. A su vez, de los 17/20 que seguían perteneciéndole, cedió 1/20 a otras dos personas, y de las 16/20 restantes vendió 1/30 a un vecino de Llerena. En definitiva, un extraordinario enredo administrativo y mercantil, que más adelante arreglaría la Real Hacienda de un plumazo.
(7) 33.000 ducados, más un juro de 109.000 ducados de principal, con unas rentas anuales equivalentes a 1.526 ducados.
(8) 34.000 ducados.
(9) SÁNCHEZ GÓMEZ, op. cit. p. 632
(10) Ibídem, p. 515.
(11) Administradores en sus distintas categorías, alguaciles, guardas, fundidores, horneros, acemileros, herreros, ensayadores, torneros, plomeros, carpinteros, encargados de los ingenios, albañiles, acarreadores, etc.
(12) SÁNCHEZ GÓMEZ, p. 453.
(13) Debe V. M. mandar al dicho concejo de Guadalcanal no encorralen, prendan ni penen los bueyes que en carretas y carros traen plomo, leña y carbón y otras cosas a esta fábrica... Ibídem, p. 596
Manuel Maldonado Fernández