https://guadalcanalpuntodeencuentro1.blogspot.com/

sábado, 3 de agosto de 2024

Guadalcanal dentro del organigrama de la Orden de Santiago

CONSTITUCION Y DATOS PARA LA EVOLUCION TERRITORIAL DE LA PROVINCIA DE LEÓN DE EXTREMADURA EN GUADALCANAL

             La donación de territorios conquistados a la Orden de Santiago de lo que posteriormente se denominaría Provincia de León se realiza de manera muy rápida. Mérida se concede en 1229; Montánchez en 1230; Alange en 1243; Hornachos en 1235; Montemolín en 1248, Reina en 1246 y Guadalcanal 1249. Siete cartas de donación, Lo que interesa en aquel momento es que en un plazo de veinte años se forma un gran dominio cohesionado y que no se dio por ninguna casualidad, sino de manera perfectamente pensada, de forma que la Orden contara con una só1ida base territorial, y, por supuesto, económica, con miras a la lucha contra el musulmán

            Los pleitos de Jerez con Sevilla se resuelven, o intentan resolver, siempre de manera pacífica y por medios judiciales, aunque los recursos y contra recursos sean abundantes y las partes no se den nunca por satisfechas. Bajando algo más al Sur, encomienda mayor, y por toda la frontera de Guadalcanal, se plantean problemas que dan lugar a enfrentamientos físicos, guerras locales en algún caso, entre los vednos de los lugares en litigio. En la Encomienda Mayor, la fricción se da entre Cala y Arroyomolinos, aunque indirectamente aparecen implicados el resto de las villas y lugares de la encomienda. Ambos pueblos tienen una comunidad de pastes que los de Arroyomolinos rompen, impidiendo entrar a los sevillanos y penetrando ellos en el contrario, incluso de forma violenta. Sevilla denunció el caso a la corte, y la reina, en carta de 29 de noviembre de 1511, delegó en un juez de términos que comprobó la razón sevillana y emplazó a los santiaguistas a respetar los límites sefialados. Cuando en junio de 1512 se presentó a Arroyomolinos el requerimiento, los vecinos de este lugar lo retienen, negándose a devolverlo, injurian a los alcaldes y regidores de Cala «he de hechos posyeran las manos en ellos sy no fuera por algunas personas que se pusyeron en medio», amenazando ademas que «sy vuestra merced (el mediador) enbiase a esecutar la pena en el mandamiento contenida que auian de arrastrar el alguacil o persona que vuestra merced enbiase». según Cala denuncia, los de Arroyomolinos les acusaban de «ser onbres de poca cortesya» ...

            La irreductibilidad de los vednos de la villa santiaguista se sigue manifestando en una serie de acciones lesivas para los intereses de Cala, como el robo y retención de una tinaja para vino, de 20 arrobas de capacidad, y otra de 10 arrobas para agua, esta última vacía. En las quejas del concejo sevillano se incluye una súplica de restitución. Es de considerar que, aparte de no resolverse el problema en su aspecto real, de aceptación de una sentencia formalmente dictada y jurídicamente valida, los vecinos de la tierra de Sevilla están en posición desventajosa con respecto a la Provincia de León, porque la pobreza de sus términos les obligaba a buscar labranzas en el Norte, como tratamos al hablar de economía agraria, e incluso a emigrar a esa zona, cosa igualmente expuesta en el capítulo inmediato de población. Quizás sea esa la causa de la arrogando de Arroyomolinos y de su desafío a la decisión judicial, al tener en sus manos la hacienda de los vecinos de la Sierra Norte. También en este caso se corta la serie documental. En realidad, Sevilla, como más adelante veremos, tiene poca capacidad de defensa de sus concejos excepto el recurso al rey, cuya actuación es impedida y sobrepasada por las circunstancias locales. Los más graves y aireados conflictos se dan entre Guadalcanal y los lugares de Alanís y Cazalla.

            En este caso se une a la simple disputa de trozos de término la rivalidad económica que los enfrenta, debida a su dedicación especial al cultivo de la viña y a la preferencia que los consumidores mostraban hacia el vino de Guadalcanal. Esto da lugar a subterfugios para impedir el buen desarrollo del comercio, por parte de los sevillanos, y a reacciones paralelas de los santiaguistas, como iremos analizando. El pleito territorial, que es el principio de todo, si bien quedara en segundo piano ante las batallas que produce, se plantea por la posesión de la Ribera de Benalixa. La fase crítica del conflicto abarca de 1452 a 1467 y desemboca en una verdadera guerra entre ambas jurisdicciones. La iniciativa parte de Alanís, que secuestra bienes a los de Guadalcanal, precisamente por pasar a pastar a la tierra en discordia.

            El alcalde mayor de la Provincia, Luis González de Sepúlveda, pide a Sevilla que se devuelvan, y esta ciudad así lo ordena a Alanís. En el 15 de septiembre de 1452 se produce una vista en la linde mutua, en donde se muestran las acciones sevillanas y las represalias de los de León. Así pasan de un lado a otro burros, mulos y caballos que habían sido confiscados por autoridad individual; simple cuatrerismo, por denominarlo con el término más adecuado. Al final se llega a un acuerdo. Se devuelven los animales y las materias consumidas, como las cargas que las recuas llevaban, o las no recuperadas, algún aparejo, mantas, etc., se satisfacen en dinero con arbitraje y tasa de las autoridades de ambos pueblos. La acción de Guadalcanal contra la oposición de Alanís y Cazalla a que ocupara los términos que consideraba propios se traduce en guerra comercial, impidiendo el paso de suministros a Sevilla: «los de Guadalcanal vedauan la saca de pan para Sevilla e carne e quesos e no dejaban pasar a los vesinos de Caçalla vino ni cerezas»: incluso, siguiendo el sistema habitual, robaban bestias con su carga.

            En 1461 se designa como mediador a Martin Fernández Portocarrero, veinticuatro de Sevilla, cuya actuación fue muy apresada por los concejos sevillanos. Portocarrero se entendió directamente con el gobernador de la Provincia y pudo resolver las ocupaciones de «tyerras de villas y pan en las vereaas, cafladas abrevaderos y pastos y pasajes de ganados de los términos e exidos de este lugar». aunque no se sabe cómo se resolvió el problema en términos reales. Los concejos recelaban que cuando Martin Fernández se marchara todo siguiera como antes, y así sucedió. En 1467, Guadalcanal siguió su compañía de intimidación: prohibición de sacas de pan por medios violentos: «an fecho una casa en termino de Cazalla para acoger guardas y salteadores que salen a tomar los mantenimientos que nos traen de otros términos e a vesinos nuestros los han tornado sobre lo qual ovo muchos ruydos e se esperan más», y los hubo.

            El mismo año, el 17 de octubre, dos veinticuatros de Sevilla intervienen en el asunto y denuncian el obstruccionismo de Guadalcanal en términos similares a los antes empleados: «tyenen guardas en todos los caminos estoruando e tomando los mantenimientos», acusándoles incluso de más graves delitos: «e son culpables de robos y muertes de onbres». Los lugares de Sevilla están totalmente desamparados: «no tenemos a quien quexar ni nos pueda remediar saluo Nuestra Señoría», pero la ciudad de Sevilla a la que se dirigen, poco más puede hacer que pedir que los jueces reales cumplan la ley y que asistir a la conculcación de ésta por los santiaguistas. En noviembre y diciembre se recrudecen los hechos. Los jueces no deciden, sigue el bloqueo de víveres; y de la importancia de la Provincia de León como proveedor había claro el que se diga que «ay por ello gran carestia en los mantenimientos e sobre todo en el pan». Las dos partes, Sevilla y visitadores de la Orden, intentaron por fin convencer a Alanís de que dejara Benalixa a Guadalcanal, pero el concejo se negó a este humillante sometimiento, con lo que se siguió la rueda de agravios; los santiaguistas amenazaron con quemar el pueblo cuando se fueran los representantes de Sevilla y seguían impidiendo el abastamiento. Hasta ahora só1o se había escuchado la voz de los pueblos de Sevilla.

            Guadalcanal había en carta al concejo sevillano el 12 de diciembre de 1467 y pide paz si sus comarcanos la aceptan, «sy Alanís quiere paz». Las cosas que contra ello se han vertido «no es más verdat que lo que fue levantado contra nuestro Señor, antes que nos fazen guerra como a enemigos de la fe e que han robado bueyes». Los que ellos habían «tomado» había sido en justicia, como prenda del pago de penas sobre la dehesa del Postigo, y entregados a aquellos vednos de Guadalcanal despojados de sus bestias, «que los de Alanís pasaron en Constantina». El comendador mayor de León, Alonso de Cárdenas, intervino en el problema, aunque el deterioro del documento impide conocer la forma de su actuación.

            La petición de paz de Guadalcanal no obtiene respuesta documentada por parte de Sevilla, pero puede pensarse que la mediación de Cárdenas tuvo éxito, porque no hay en los años posteriores demandas en este sentido. Benalixa quedó en tierra santiaguista, porque en los libros de visitas se cita como acensuado por el concejo. No se saben los medios empleados ni la forma o acuerdo de la resolución. Evidentemente, corno sucedía en la Encomienda Mayor, la Provincia de León estaba en situación ventajosa, pues la tierra de Sevilla dependía de ella en múltiples aspectos, lo que debe ser algo a considerar necesariamente para una exacta comprensión del conflicto y de su solución. De toda la banda oriental de la Extremadura santiaguista no hemos hallado un só1o testimonio. Es difícil imaginar causas para justificar la falta de información. Puede ser que simplemente no hubiera disputas.

            Si observamos un mapa de la zona, puede apreciarse la banda montaflosa continua que separa las dos jurisdicciones, a lo que se puede añadir la lejanía entre los núcleos habitados. La población, motor a menudo de estos pleitos cuando crece por encima de la relación óptima con la productividad, parece ser escasa, ademas de que la antigua dedicación ganadera de la Serena, con la Orden de Alcántara, pudo hacer que las demarcaciones se fijaran con exactitud para evitar pleitos. Esperamos, de todas formas, que la apertura del Archivo de la Mesta y la consulta de fondos nobiliarios, en donde no hemos profundizado por evidentes motivos de adecuación entre trabajo realizado y resultados a obtener; ofrezcan nuevas vías para la solución de lo ignoto.

            En conclusión, el territorio de la Orden de Santiago en Extremadura se constituyó de inmediato tras la conquista con tardías, aunque importantes, incorporaciones en el siglo xiv, procedentes del despojo de los Templarios. Sabemos poco de su conformación interna, só1o que el surgimiento de pueblos nuevos en el antiguo término del lugar de cabeza, dio lugar a abundantes comunidades de pastos y, por supuesto, a disputas internas, que en su mayor parte se resuelven con las visitas de finales del xv, época de calma con la Orden. En cuanto a la definitiva fijación de los limites externos, se plantean sobre todo pleitos en forma aguda con relación a Sevilla, cuya resolución no conocemos en la mayoría de los casos, aunque hacemos constar la agresividad y prepotencia con que los naturales de la tierra de León se comportan en semejante tesitura, contrastando con la indefensión de los pueblos sevillanos, lo que puede llevar a concluir en que, de grado o por fuerza, los santiaguistas consiguieron mantener o apoderarse de los territorios objeto de discordia.

EXCMA. DIPUTACION PROVINCIAL DE BADAJOZ

DANIEL RODRIGUEZ BLANCO       

No hay comentarios:

Publicar un comentario