Fernando VI y la nueva ley de impuestos Primera parte
En el año 1749 el Rey Fernando VI mediante el Real Decreto de 10 de octubre, puso en marcha el llamado Catastro del Marqués de la Ensenada, como paso previo a una reforma fiscal que sustituyera el complicado sistema de rentas, unificándolos en un solo impuesto llamado Única Contribución.
Este impuesto no se llegó
a implantar nunca, pero las indagaciones que se llevaron a cabo para su
articulación dejaron un importante volumen de documentación.
Gran parte de esta
información es el resultado de un interrogatorio de cuarenta
preguntas cuestionadas a las 13.000 localidades de la Corona de
Castilla.
Estos documentos están
repartidos en varios archivos. En el Archivo General de Simancas[1] se custodian las respuestas, entre
las que se encuentran las correspondientes a Guadalcanal.
De la lectura de este
interrogatorio con sus cuarenta respuestas, podemos vislumbrar el estado
económico desde los puntos de vista comercial, agrícola, artesanal e
industrial, así como de la política local y de la sociedad del Guadalcanal de
mediados del siglo XVIII.
He tratado de transcribir
literalmente el documento original respetando al máximo su morfología y
ortografía, tan solo he prescindido de poner las abreviaturas, que he
sustituido por palabras completas, para facilitar la lectura. En el documento
original solo aparecen las respuestas, las preguntas llegaron en un documento
distinto que también transcribo, pero intercalándolas al inicio de cada
respuesta (entre paréntesis y en negritas) para facilitar su lectura.
Los textos de las preguntas y respuestas han sido transcritos respetando el contexto original
“INTERROGATORIO a que han de satisfacer, bajo de Juramento, la Jufticias, y demàs Perfonas, que haràn comparecer los Intendentes en cada Pueblo.” (Sic)
“En la villa de Guadalcanal a treinta dias del mes de octubre de mil setecientos cincuenta y tres años: el Señor Don Juan de Santiago y Chinchilla cavallero del orden de Santiago, Coronel de Infantería, Governador y Superintendente de Rentas Reales de la Ciudad de Llerena, su partido y Tesorerías por S.M. y Subdelegado para el establecimiento y arreglo de la Real Unica Contribución en el departamiento de la villa de Verlanga, en que es comprendida esta otra villa, haviendo prezedido recado politico y citación, concurrieron a la sala capitular della el Licenziado Don Juan de Ortega Ponce de Leon del orden de Santiago Cura de la Iglesia Parrochial de Santa Maria la Mayor, el Doctor Don Manuel Gonzalez Trigueros Cura de la Parrochial de Santa Ana y Don Jose Bazquez como theniente del Lizenziado don Bartolome Diaz, Cura de la Parrochial de San Sebastian, Don Alonso Lopez y Don Antonio de Castilla Alcaldes ordinarios por uno y otro estado, Don Andres de Hortega y Diego Jiménez Cavallero Regidores perpetuos, Francisco Muñoz Duran escribano de Ayuntamiento, Miguel Alvarran, Cristhoval Remusgo Rico, Antonio Estevan y Francisco Luis y Juan de Espinola el mayor vezino y labradores de la villa, aquienes se han nombrado como personas de la mejor opinion e inteligenzia en el número y calidad de tierras que ay en este término, sus frutas y cultura, personas del pueblo, sus artes, comerzio, granjerias, ocupaciones y utilidades, de los quales, excepto los señores Parrocos rezivio su Señoria juramento que hizieron a Dios y una Cruz por ante mi el escribano y socargo de el ofrecieron decir verdad en lo que supieren y siendo preguntados por el Interrogatorio impreso dijeron lo siguiente..
1ª A la primera pregunta… (Como fe
llama la Poblacion)… dijeron: que esta poblacion se llama villa de
Guadalcanal por cuio nombre es conocida.
2ª A la segunda pregunta…(Si es de Realengo, ù de Señorìo: a quièn pertenece: què derechos percibe, y quanto producen)…dijeron: que este pueblo es de la Orden de Santiago y del Partido de la Ciudad de Llerena a cuia Justicia mayor toca el conocimiento en segunda instancia de las causas civiles y criminales, de que en la primera conocen a prevencion entre si los alcaldes desta villa y S.M.( Dios guarde) percive los derechos de alcabala, millones, cientos, y fiel medidor que todo importa cuarenta y ocho mil reales como tambien el servicio ordinario que importa dos mil novecientos cincuenta y ocho reales y veinte y dos maravedises[2] y el Hospital de la Sangre a extramuros de la ciudad de Sevilla seiscientos y onze reales del pedido del gran Maestre.
3ª A la terzera pregunta…(Què territorio ocupa el Termino, quanto de Levante a Poniente, y del Norte al Sùr: y quanto de circunferencia, por horas, y leguas: què linderos, ò confrontaciones; y que figura tiene, poniendola al margen.)…dijeron: que en el termino dezmatorio y jurisdiccional de esta villa se extiende dos leguas[3] de Levante a Poniente y otras dos de Norte a Sur y de circunferencia seis leguas, todas castellanas, que en andarse a buen paso ocupara cada una el tiempo de una ora, y todo el referido territorio a excepcion del que comprenden los egidos, dehesas, viñas, olivares, huertas y cercados por lo respectivo al pasto en el intermedio de las lavores que queda se pone en comun a los ganados de los vecinos desta villa, los de Reina, Casas de Reina, Trasierra, Fuente del Arco, Verlanga y Valverde y reciprocamente son comunes las tierras de las otras villas que no se incluyen en egidos, dehesas, huertas, y cercados a sus vecinos y los de esta otra villa, en cuias tierras comunes de uno y otros pueblos referidos tienen sus respectivas Juntas jurisdiccion ordinaria acumulativa y preventiva y en la tierras que no son comunes que comprenden en egidos y dehesas la ejercen privativamente cada Junta en el termino de su territorio dezmatorio[4]; esta villa confronta a Levante con el termino de la villa de Alanis, a poniente con el termino de la villa de Valverde, al Sur tierras de la villa de Cazalla y su figura es la del margen.
4ª A la quarta pregunta…(Què especies de Tierra fe hallan en el Termino; fi de Regadio, y de Secano, distinguiendo fi fon de Hortaliza, Sembradura, Viñas, Paftos, Bosques, Matorrales, Montes, y demàs, que pudiere haver, explicando fi hay algunas,que produzcan mas de una Cosecha al año, las que fructificaren fola una, y las que necefsitan de un año intermedio de defcanfo.)…dijeron: que en el termino dezmatorio desta villa ay tierra de regadio que se ortalizan y de secano de pasto y lavor y de plantio de viñas, olibos, zumaque y enzina y que en ellas no ay algunas que produzcan dos cosechas al año, y las de lavor de primera y segunda calidad cerradas producen todos los años sin interrupción de alguno y las que no lo citan ya sean de primera, segunda o terzera calidad necesitan de dos años de interrupción o descanso.
5ª A la quinta pregunta…(De quantas calidades de Tierra hay en cada una de las especies, que hayan declarado, fi de buena, mediana, e ìnferior)...dijeron: que la tierra de regadio que se hortaliza es cosa de buena lavor, los de verano de lavor que se siembra todos los años consistentes en cercados, son de buena y mediana calidad: los de secano de lavor que se siembran cada tres años son de buena, mediana e inferior calidad y en ellos ay algunos pedazos inútiles por naturaleza, los de pasto son tambien de buena, mediana e inferior calidad, igual el de viñas, olivares y zumaque y el de enzina es todo de buena calidad.
6ª A la sexta pregunta…(Si hay algún Plantio de Arboles en las Tierras, que han declarado, como Frutales, Moreras, Olivos, Higueras, Almendros, Parras, Algarrobos, &c.)…dijeron: que en la tierra que llevan declaradas ay plantio de frutales de hueso y sin el, de olivos, parras, zumaque y enzinas.
7ª A la septima pregunta…(En quales de las Tierras eftàn plantados los Arboles, que declararen)…dijeron que el plantio de frutales se halla en la tierra de regadio y tambien alguno en la de secano, el de olivos, viñas y zumaque en tierras de secano que solo se esquilman con el fruto respectivo de las tres referidas especies de plantio y el de las enzinas en la Dehesa Boyal de la villa.
8ª A la octava pregunta…(En què conformidad eftàn hechos los Plantios, fi extendidos en toda la tierra, ò a las margenes: en una, dos, tres hileras; ò en la forma que estuvieren)...dijeron: que los plantios explicados en las preguntas anteriores se hallan hechos en tierra de primera, segunda y tercera calidad a excepcion del de frutales que lo efta en la de primera y los que no tienen los arvoles correspondientes a su cavida se benefician con la lavor, y los que los tienen no pueden sembrarse por no dar mas fruto que el que da el arbol, como asi es practico en este pais, y se hallan hechos los plantios con regla y sin ella.
9ª A la novena pregunta…(De què medidas de Tierra fe ufa en aquel Pueblo: de quantos paffos,ò varas Castellanas en quadro fe compone: què cantidad de cada especie de Granos, de los que fe cogen en el Termino, fe siembra en cada una)…dijeron: que en esta villa se regula la fanega[5] de tierra por la cavida que haze de puño en sembradura y en lo que se siembra una fanega de trigo, se siembra una y media de zevada, tres quartillas de zenteno, una cuartilla de garbanzos, una fanega de abas, que son las semillas que se siembran en las tierras del termino.
10ª A la dezima pregunta…(Què numero de medidas de Tierra havrà en el Termino, diftinguiendo las de cada especie, y calidad: por ejemplo: Tantas fanegas, ò del nombre, que tuvieffe la medida de Tierra de sembradura, de la mejor calidad: tantas de mediana bondad, tantas de inferior; y lo propio, en las demàs especies, que huvieren declarado.)…dijeron que en este termino dezmatorio se contienen veinte y siete mil quinientos y diez fanegas y diez celemines[6] de trigo de puño en sembradura, que la componen sesenta y quatro fanegas y nueve celemines y medio de regadio de buena calidad que se hortalizan y riegan con agua de pie, en que se incluyen el plantio de frutales correspondiente a catorze fanegas y nueve celemines y medio de tierra; doscientas treze fanegas y cinco celemines de plantio de olivos; cincuenta y seis fanegas y seis celemines de buena calidad, ciento tres fanegas y onze celemines de mediana y cincuenta y seis fanegas de la inferior; ochocientas cinco fanegas y dos celemines de plantio de viña, quinze de buena calidad, quatrozientas cuarenta y ocho fanegas dos celemines y medio de mediana y trescientos cuarenta y una fanegas, onze celemines y medio de la inferior; trescientas cincuenta y quatro fanegas diez celemines y medio de plantio de zumaque, catorce fanegas y tres celemines de buena calidad, ciento cincuenta y ocho fanegas y tres celemines y medio de mediana, ciento ochenta y dos fanegas quatro celemines y medio de la inferior; ochocientas cinco fanegas y dos celemines de plantio de viña, quinze de buena calidad, quatrocientos quarenta y ocho fanegas dos celemines y medio de mediana y trescientos cuarenta y una fanegas, onze celemines y medio de la inferior; trescientos cincuenta y quatro fanegas diez celemines y medio de plantio de zumaque, ,catorze fanegas ,tres celemines de buena calidad, ciento cincuenta y ocho fanegas, tres celemines y medio de mediana, ciento ochenta y dos fanegas quatro celemines y medio de la inferior; veinte y tres fanegas y tres celemines de tierra de posio[7] que se contienen en los ejidos de la villa y aprovechan la tierra libremente los ganados de sus vecinos; siete de mediana calidad y diez y seis fanegas y tres celemines de la inferior; trece mil ochenta y nueve fanegas de tierra de posio que se contienen en dehesas y aprovechan de yerva; diez mil cinco y diez fanegas de buena calidad; mil trescientas quarenta y quatro fanegas de mediana y mil seiscientas treinta y cinco fanegas de la inferior; ciento veinte y tres fanegas y nueve celemines y medio de secano que se siembran todos los años de trigo o de zevada ; ciento tres fanegas tres celemines y medio de buena calidad y veinte fanegas y seis celemines de mediana; ocho mil ciento ochenta y una fanegas y medio celemin de siembra de secano de lavor que se siembra para grano cada tres años con intermedio de dos; parte de ellos se aban o garvanzan en los de buena y mediana calidad y levantado el fruto queda su pasto valdio y como tal lo aprovechan los ganados de vecinos desta villa y de los que en ella tienen comunidad de pastos; trescientas ochenta y tres fanegas y un celemin de buena calidad y dos mil nueve fanegas y nueve celemines de mediana; cinco mil setecientas ochenta y ocho fanegas dos celemines y medio de la inferior; dos mil ziento setenta fanegas en tierras valdias que no se siembran y aprovechan del pasto los ganados de los vecinos de la villa y demas que tienen comunidad; quinientas y veinte fanegas de mediana calidad y mil seiscientas y cincuenta fanegas de la inferior; tres mil cuatrocientas ochenta y cinco fanegas y seis celemines de tierra inútil por naturaleza.
11ª A la undécima pregunta…(Què especies de Frutos fe cogen en el Termino)…dijeron: que en este termino se cogen frutos de trigo, zevada, centeno, abas, garvanzos, azeitunas, ubas, zumaque, frutas de hueso y sin el, bellota en corta cantidad, miel y cera.
Notas.-
[1] El Archivo General de Simancas llevó a cabo en
los años 80 un proceso de microfilmación de estos fondos que posteriormente
fueron digitalizados entre los años 2004 y 2005 gracias a lo cual pueden
consultarse en el Portal de Archivos Españoles del Ministerio de Cultura.
[2] Maravedises o maravedíes: treinta y cuatro
maravedíes equivalían a un real de plata.
[3] Legua castellana: La legua era la longitud que
una persona o un caballo podían andar en una hora. La legua castellana se fijo
en el siglo XVI en 20.000 pies castellanos, es decir, entre 5.573
y 5914 metros.
[4] Dezmatorio: Sitio o lugar donde se recogía el
diezmo (diez por ciento de productos o frutos que se pagaban al Rey o a la
Iglesia)
[5] Fanega: Medida de capacidad para áridos. En
Castilla equivalía a 55,5 litros. Fanega de puño o de sembradura: Tierra
que permite sembrar una fanega de trigo. En Castilla equivalía a 4.192,4 m2.
[6] Celemines: una fanega se dividía en 12
celemines.
[7] Posio: Término que, aunque no aparece en el Real Diccionario de la Lengua Española, sigue usándose en algunas zonas de Extremadura y hace referencia a la tierra de labor que se deja descansar sin ser labrada.
Rafael Ángel Rivero del Castillo
Toledo, marzo de 2008