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domingo, 19 de marzo de 2023

Guadalcanal y la orden de Santiago siglos XIII al XVI (5 de 10)

PRIVILEGIOS MAESTRALES DE LA ORDEN MILITAR DE SANTIAGO.

Quinta parte

PROVINCIA DE LEÓN

Documentación que afecta a la villa de Guadalcanal.

 Capítulo de Uclés, 5 de noviembre de 1440

El Infante-maestre don Enrique de Aragón confirma al concejo de Uclés el privilegio de 1411 y su confirmación de 1420.

AHM de Uclés, pergamino 220/8. Pergamino original.

 on Enrique, Infante de Aragón e de Secilia, por la gracia de Dios, maestre de la Orden de la Cavallería de Santiago, vimos una nuestra carta de previllegio, escripta en pargamino de cuerpo e firmada de nuestro nonbre e sellada con nuestro sello de cera pendiente, fecha en esta guisa:

[inserta confirmación de 1420 de documento de 1411]

…E agora el dicho concejo e omes buenos de la dicha nuestra villa de Uclés, nuestros vasallos, embiáronnos pedir por merced que les confirmássemos la dicha carta de previllegio e las mercedes e gracias en ella contenidas.

E nos, el sobredicho Infante don Enrique, maestre general de la dicha Orden, con concejo e otorgamiento del amado nuestro don Juan Días de Coronado, prior de Uclés, por nos presidente e logarteniente, e de don Gabriel Manrique, comendador mayor de Castilla, emienda por él Álvaro de Horosco, e de don Lope Alvares, comendador mayor de León, e Garcí Lopes de Cárdenas, comendador de Caravaca e Johán Nunnes de Prado, comendador de la Presa, e Lope Alvares Osorio, comendador de Socovos, e don Ferrando de Portogal, comendador de Vesejate, e Alfonso Rodrigues Malaver, comendador de las Tiendas de Villamartín, emienda por él Luys de Carrança, e de mosén Luys de Manjarrés, comendador de Mérida, emienda por él Ferrand Gonçales, comendador de la Cámara, e de Rodrigo Manrique, comendador de Segura, emienda por él Ferrand Vasques de Parada, comendador de Santa Crus, e de Martín Pantoja, comendador del Corral, e de Lope d’Estúnniga, comendador de Guadalcanal, emienda por él Alfonso Días de Cornado, comendador de Villafranca e de mosén García [de Heredia], comendador de Ricote, e de Gomes Messía, comendador d’Estepa, emienda por él Johán Gutierres de Hinestrosa, comendador de Cieça, que son los trese de la dicha nuestra Orden, e de todos los otros comendadores, cavalleros e freyles e vicarios e clérigos que con nos se ayuntaron en el Cabildo general que nos fesimos e celebramos en el nuestro convento de la nuestra villa de Uclés, el anno de la data desta nuestra carta, por les faser bien e merced tovímoslo por bien y confirmámosles la dicha carta de previllegio e las mercedes e gracias en él contenydas. E mandamos que les vala e les sea guardada en todo, bien e complydamente, segund que en ella se contiene. E defendemos firmemente que ninguno nyn algunos non sean osados de les yr nyn passar contra ella nyn contra parte della por gela quebrantar o menguar, ca qualquier que lo fisiere, sy freyle fuesse, demandárgelo y emos con Dios y con Orden, y al seglar al cuerpo e a lo que oviese nos tornaríamos por ello. E desto les mandamos dar esta nuestra carta, sellada con nuestro sello e con el sello del dicho Cabildo e firmada del nombre del dicho prior, nuestro presidente, e de los dichos treses, e signada del signo de Ferrand Sanches, vicario de Santa María de Tudia e de Reyna, notario del dicho Cabildo. Dada en el nuestro convento de la nuestra villa de Uclés, a cinco días del mes de noviembre, anno del nascimiento de nuestro Sennor Jesuchristo de mill e quatrocientos e quarenta annos. [trece firmas] E yo Ferrand Sanches, vicario de Santa María de Tudia e de Reyna, notario del Capítulo, fuy presente a todo lo susodicho e por mandado de los dichos sennores prior presidente e comendadores mayores, treses e Capítulo esta carta fis escrebir en testimonio de lo qual fis aquí este mi signo.

Ferrandus Sancii vicarius.

 Capítulo de Uclés, 11 de mayo 1440

El Infante-maestre don Enrique de Aragón confirma al concejo de Santa Cruz de la Zarza, parafraseándola, una larga serie de privilegios recibidos desde época de don Pelayo Pérez Correa.

E. J.M. Avia Aranda, F, Caña, M. Quijada y M. Sánchez, Libro de privilegios de Santa Cruz de la Zarza (Toledo), DVD, ACAME, Santa Cruz de la Zarza, 2013, doc. 1.

Don Enrique, Infante de Aragón e Sicilia, por la gracia de Dios, maestre de la Orden de la Cavallería de Sanctiago, vimos un previllejo del maestre don Pelai Pérez, que Dios aya, que dice en esta guisa:

[inserta 20 privilegios, salvo el primero, todos en estilo indirecto, datados entre 1239 y 1440]

…E otrosí, que les confirmásemos todos los dichos previllejos e cartas e sentencias e mercedes e esenciones e libertades que ellos han e tienen de todos los otros maestres pasados, nuestros antecessores, e de nos, que de suso se haze minción, dados e confirmados por los dichos maestres pasados e por nos.

E nos, el sobredicho Infante don Enrique, maestre general de la dicha Orden, con consejo e otorgamiento del amado nuestro don Juan Díez de Cornado, nuestro prior de Uclés, por nos presidente e lugarteniente, de don Graviel Manrique, comendador mayor de Castilla, emmienda por él Álvaro de Horozco, e de don Lope Álvarez, comendador mayor de León, e Garci López de Cárdenas, comendador de Caravaca, e Juan Núnnez de Prado, comendador de la Presa, e Lope Álvarez Osorio, comendador de Socovos, e de don Fernando de Portogal, comendador de Besejate, e Alfonso Rodríguez Malaver, comendador de las Tiendas de Villa Martín, emmienda por él Luis de Carrança, e de mosén Luis de Manjarrés, comendador de Mérida, emmienda por él Fernán González, comendador de la Cámara, e de Rodrigo Man rique, comendador de Segura, emmienda por él Fernán Vázquez de Parada, comendador de Sancta Cruz, e de Martín Pantoja, comendador del Corral, e de Lope d’Estúnniga, comendador de Guadalcanal, emmienda por él Alfonso Díez de Cornado, comendador de Villafranca, e de mosén García de Heredia, comendador de Ricote, e de Gómez Mesía, comendador de Estepa, emmienda por él Juan Gutiérrez de Ynistrosa, comendador de Cieça, que son los treze de la dicha nuestra Orden, e de todos los otros comendadores, cavalleros e freyles e vicarios e clérigos que con nos se ayuntaron en el dicho nuestro Cabildo general, que nos hezimos e celebramos.

…E yo, Fernán Sánchez, vicario de Sancta María de Tudia e de Reyna, notario del Capítulo, fuy presente a todo lo suso dicho, e por mandado de los dichos sennores prior presidente e comendadores mayores trezes e Capítulo, esta carta fize screvir, en testimonio de lo qual fiz aquí este mi signo.

Fernandus Sancii vicarius. Registrada.

 Capítulo de Uclés, 5 de mayo de 1440

El Infante-maestre don Enrique de Aragón confirma la mayoría de los privilegios concedidos por él y por sus antecesores al concejo del Campo de Criptana.

Don Enrique, Ynfante de Aragón e de Secilia, [por la gracia de Dios, maestre de la Orden]de la Cavallería de Santiago, vimos una carta de previllejo, escripta em pargamino de cuero e firmada de nuestro nonbre e sellada con nuestro sello de cera pendiente, fecha en esta guisa:

[inserta documentos 1480/a y b].

E agora el dicho concejo e los omes buenos del dicho nuestro logar el Campo de Critana, enbiáronnos pedir por merced que les confirmásemos las dichas nuestras cartas de previllejo e carta confirmatoria e merced en ellas contenida. E nos, el sobredicho Ynfante don Enrique, maestre general de la dicha Orden, con consejo e otorgamiento del amado nuestro don Juan Díaz de Coronado, prior de Uclez, por nos, presidente e lugarteniente, e don Graviel Manrique, comendador mayor de Castilla, emienda por él Álvaro de Horosco, cavallero de la dicha Orden, e don Lope Alvares, comendador mayor de León, e de Garci Lopes de Cárdenas, comendador de Caravaca, e de Juan Martines de Prado, comendador de la Presa, e Lope Alvares Osorio, comendador de Socovos, e don Ferrando de Portugal, comendador de Vezejate, e Alfón Rodrigues Malaver, comendador de las Tiendas de Villa Martín, emienda por él Luys de Carrança, e de mosén Luys de Manjarrés, comendador de Mérida, emienda por él Fernand Gonçales, comendador de la Cámara, e de Rodrigo Manrique, comendador de Segura, emienda por el Ferrand Vázquez de Parada, comendador de Santa Cruz, e de Martín Pantoja, comendador del Corral, e de Lope d’Estúnniga, comendador de Guadalcanal, emienda por él Alonso Díaz de Coronado, comendador de Villafranca, e de mosén García de Heredia, comendador de Ricote, e de Gomes Mexía, comendador d’Estepa, emienda por él Juan Gutierres de Hinistrosa, comendador de Cieça, que son los treze de la dicha nuestra Orden, e de todos los otros comendadores e cavalleros e freyles e vicarios e clérigos que con nos se ayuntaron en el Cabildo general que nos fezimos e celebramos en el nuestro convento de la nuestra Villa de Uclez, el día de Santa María de setienbre del anno de la dacta desta nuestra carta, por les fazer bien e merced tovímoslo por bien e confirmámosles la dicha nuestra carta de previllejo e carta nuestra confirmatoria e las mercedes e gracias en ellas contenidas, e mandamos que les valan e sean guardadas en todo, bien e conplidamente, segunt que en ella se contiene e segunt que mejor e más conplidamente les valieron e fueron guardadas en los tienpos pasados, sy dellas gozaron, e defendemos firmemente que ninguno nin algunos non sean osados de les yr nin de les pasar contra ellas nin contra parte dellas, por gelas quebrantar o menguar, pues della gozaron, ca qualquier que lo fiziese, sy freyle fuese, demandárgelo y amos con Dios e con Orden, e al seglar al cuerpo e a lo que oviese nos tornaríamos por ello. E desto les mandamos dar esta nuestra carta, sellada con nuestro sello e con el sello del dicho Cabildo e firmado del dicho prior, nuestro presidente, e de los dichos trezes e signado del signo de Ferrand Sanches, vicario de Santa María de Tudia e de Reyna, notario del dicho Capítulo. Dada en el nuestro convento de la nuestra villa de Uclés, a cinco días del mes de novienbre, anno del nascimiento de nuestro Sennor Jesucristo de mill e quatrocientos e quarenta annos. Va escripto sobrerraydo o diz «ocho» e o diz «hornos» e o diz «sus» e o diz «fuese» e o diz «nuestro». Io, prior Uclenzis. García de Cárdenas. Don Ferrando. Lope Alvares. Juan Núnnez. Álvaro de Horozco. Martín Pantoja. Ferrand Gonçales. Luys de Carrança. Alfón Díaz. Otrosy va escryipto sobrerraydo o diz «pues della», non enpezca. Ferrandus Sancii, vicarius. García de Heredia. García Vázquez. E yo, Ferrand Sanches, vicario de Santa María de Tudia e de Reyna, notario del Capítulo, fuy presente a todo lo susodicho, e por mandado de los dichos sennores prior presidente e comendadores mayores e trezes e Capítulo, esta carta fize escrevir, en testimonio de lo qual fiz aquí este mío signo.

Fernandus Sancii vicarius

 Capítulo de Uclés,12 de noviembre 1440

El Infante-maestre don Enrique de Aragón concede al concejo de Uclés la dehesa de Albánchez, propia de la encomienda de la Cámara, contra el pago de censo perpetuo de 350 mrs. anuales que había de abonar a dicho comendador.

Por ende, nos, aprovando e aviendo por rato e firme el dicho encenso trasvasamiento que en el dicho nuestro Cabildo vos fue fecho y otorgado, nos, loando e aprovando e retificándolo vos damos e otorgamos la dicha defesa a vos, el dicho concejo que agora sodes e seredes de aquí adealante, con el dicho [censo], que seades y sean tenudos de dar a la dicha nuestra Orden y encomienda y comendador que agora es o será de aquí adelante los dichos tresientos e cinquenta mrs. en cada un anno, pagados por el día de Sant Myguel de setienbre de cada un anno, e que ayades e tengades e ayan e tengan la dicha defesa con el dicho tributo de encense e que la podades vender e enajenar e faser della e en ella lo que vos plazerá, por manera que por nos nyn por nuestros subcesores nyn por el dicho comendador que agora es o será de aquí adelante non vos pueda ser quitada nyn removida la dicha defesa, salvo que en todo tienpo vos sea firme e valedero el dicho contrato de encense, e por nos e nuestros subcesores, en nonbre de la dicha nuestra Orden, con consentimiento e otorgamiento del dicho don Juan Días de Coronado, prior de Uclés e nuestro presidente e lugarteniente en el dicho Capítulo, e de don Gabriel Manrique, comendador mayor de Castilla, emienda por él Álvaro de Horosco, e de Lope Alvares, comendador mayor de León, emienda por él Alfonso de Fuensalida, comendador de Montealegre, e de Garci Lopes de Cárdenas, comendador de Caravaca, e de Juan Martines de Prado, comendador de La Presa, y de Lope Alvares Osorio, comendador de Socovos, e de don Ferrando de Portogal, comendador de la Torre de Vesejate, e de Alfonso Rodrigues Malaver, comendador de las Tiendas de Villamartín, emienda por él Luys de Carrança, e de mosén Luys de Manxarés, comendador de Mérida, emienda por el Ferran Gonçales, comendador de la Cámara, e de Rodrigo Manrique, comendador de Segura, emienda por él Ferrand Vasques de Parada, comendador de Santa Crus, e de Martín Pantoja, comendador del Corral, e de Lope de Astúnniga, comendador de Guadalcanal, emienda por él Alfonso Días de Cornado, comendador de Villafranca, e de mosén García de Heredia, comendador de Ricote, y de Gomes Mexía, comendador de d’Estepa, emienda por él Juan Gutierres de Finestrosa, comendador de Cieça, que son los trese de la dicha nuestra Horden, e de todos los otros nuestros comendadores e cavalleros e freyres e vicarios e clérigos que con nos se ayuntaron en el dicho nuestro Cabildo general que nos hisimos y celebramos en el dicho convento de la dicha nuestra villa de Uclés el día de Santa María de setienbre del anno de la dacta desta nuestra carta, por firme estipulación prometemos e obligamos que nos e los nuestros subcesores ninel dicho comendador que agora [es] e será de aquí adelante non yremos nin vernemos nin consentiremos yr nin venir contra el dicho contrato y enagenamiento de defesa censualmente fecho. E defendemos firmemente que ninguna ni algunas personas no vos vayan ny pasen ny consientan yr nin pasar contra ello nin contra cosa alguna nin parte dello, que qualquier que lo fisiese, sy freyre fuere, demandárgelo hemos con Dios e con Orden, e, sy seglar al cuerpo y a lo que oviere nos tornaremos por ello. E desto vos mandamos dar esta nuestra carta, firmada del dicho don Juan Días prior, nuestro presidente e lugarteniente en el dicho Capítulo, e de los nonbres de los dichos treses, e sellada con nuestro sello y con el sello del dicho Capítulo, e signada del signo de Ferrand Sanches, vicario de Santa María de Tudia e de Reyna, notario del dicho Capítulo. Dada en el dicho nuestro convento, dose días del mes de novienbre, anno del nascimiento del nuestro Sennor Jesuchristo de mill e quatrocientos e quarenta annos. Loys de Carrança. Garci de Cárdenas. Álvaro de Horosco. Don Fernando. Lope Alvares. Jo. Prior uclensis. Juan Martines. García de Eredia. Martín Pantoja. Ferrand Vasques. Ferrand Gonçales. Alonso Días. Juan Gutiérrez. Alonso de Fuensalida. Yo, Ferrand Sanches, vicario de Santa María e de Reyna, notario del Capítulo, fuy presente a todo lo susodicho e por mandado de los dichos sennores prior presidente, e comendadores mayores e treses y Capítulo, esta carta fise escrevir en testimonio de lo qual fiz aquí este mío signo.

Ferrandus Sancii vicarius. [al dorso] Registrada.

 Capítulo de Uclés, 14 de noviembre 1440

El Infante-maestre don Enrique de Aragón contesta a las peticiones contenidas en 14 capítulos presentados por el concejo de Uclés al Cabildo general.

AHT, leg. 78.124.

AHM de Uclés, pergamino 221/1.

Don Enrique, Ynfante de Aragón y de Cecilia, por la gracia de Dios, maestre de la Orden de la Cavallería de Santiago, a vos [el nuestro amado] don Juan Díaz de Coronado, nuestro prior del convento de la nuestra villa de Uclés, e al comendador de la nuestra villa de Uclés y al comendador de la Cámara e soscomendadores de la dicha nuestra villa e al concejo, alcaldes, alguazil, cavalleros, escuderos, regidores y oficiales y omes buenos de la dicha nuestra villa de Uclés y su Común con Tarancón, y Arcipreste y clérigos de la dicha nuestra villa de Uclés y su Común, con el dicho lugar Tarancón, e a las aljamas de judíos y moros de la dicha nuestra villa y a los comendadores y concejos, alcaldes, alguaziles e otros oficiales qualesquier de las dichas nuestras villas de Segura, Alhanbra y Montiel y de Ruydera y Santiago y Montizón y a cada uno y qualquier de vos, asy a los que agora son como a los que serán de aquí adelante, a quien esta nuestra carta fuere mostrada o el traslado della sygnado de escribano público, sacada con autoridad de juez o de alcalde. Salud y gracia. Sepades que en el nuestro Capítulo que nos celebramos y mandamos celebrar en el dicho nuestro convento de la dicha nuestra villa de Uclés, que començó por el día de Santa María de setienbre deste presente anno de la data desta nuestra carta, ante vos, el dicho nuestro prior, presidente y nuestro lugarteniente en el dicho nuestro Capítulo, y ante don Graviel Manrique, comendador mayor de Castilla, emienda por él Álbaro de Orozco, y don Lope Álvarez, comendador mayor de tierra de León, emienda por él Alfonso de Fuensalida, comendador de Montalegre, y García López de Cárdenas, comendador de Caravaca, e Juan Martínez de Prado, comendador de La Presa, y Lope Álvarez Osorio, comendador de Socovos y don Hernando de Portugal, comendador de la Torre de Vejeçante, y Alfonso Rodríguez Malaver, comendador de las Tiendas de Villamartín, emienda por él [Luys de Carranza, y mosén Luys de Majarres, comendador de Mérida, emienda por él] Hernán Gonçales de la Cámara comendador, e Rodrígo Manrique, comendador de Sigura, hemienda por él Hernán Vázquez de Parada, comendador de Santa Cruz, e Martín Pantoja, comendador del Corral, y de Lope de Astúnniga, [comendador] de Guadalcanal, emienda por él Alfonso Díaz Coronado, comendador de Villafranca, e Gómez Mexía, comendador d’Estepa, emienda por él Juan Gutiérrez de Finistrosa, comendador de Cieça, y mosén García de Heredia, comendador de Ricote, y cavalleros y fleyres, bicarios y clérigos que con nos se ayuntaron en el dicho nuestro Capítulo, fue presentada y mostrada por vos, el dicho concejo de la dicha nuestra villa de Uclés, una petición de ciertos capítulos en ellos contenidos, la qual dicha petición fue vista y esaminada en el dicho nuestro Capítulo y fue probeydo por el dicho nuestro Capítulo y a cada uno de los dichos capítulos en la dicha petición contenida en esta manera que se sigue:

Primeramente, a lo que se contiene en el primero capítulo, en que dize que las quadrillas [de los] adarves de la dicha villa contenidos en el alanzel, asy del comendador de Uclés y del Arcipreste y clérigos de la dicha villa, que las hiziesen segund y en la manera que syenpre se acostunbró por el dicho alcanze e segund que nos y el dicho nuestro prior de la dicha nuestra villa y lugares de su Común lo hizimos y avemos fecho, por quanto las dichas quadrillas de los dichos adarves estaban derribados.

…E yo, Fernán Sánchez, bicario de Santa María de Tudia y de Reyna, notario del Capítulo, fuy presente a todo lo susodicho e por mandado de los dichos sennores prior presydente, comendadores mayores, trezes y Capítulo, esta carta hize escribir, en testimonio de lo qual fize aquí este myo signo.

Fernandus Sancii vicarius.

Fuentes.- Pedro Andrés Porras Arboledas

PRIVILEGIOS MAESTRALES DE LA ORDEN MILITAR DE SANTIAGO (SIGLOS XIII-XVI)

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