INCORPORACIÓN DE GUADALCANAL A LA PROVINCIA DE SEVIILLA Y SEGREGACIÓN DE MALCOCINADO COMO MUNICIPIO PERTENECIENTE A BADAJOZ.
Tras
los varios intentos que en España se siguieron en orden a una organización
territorial durante la centuria que comentamos, en noviembre de 1833 quedó
establecida la división del país en provincias, a frente de las cuales se
pusieron una Jefatura política y una Diputación. Ni que decir tiene que, para
efectos incorporativos, el asunto debió revestir una arbitrariedad meridiana.
Y Guadalcanal, en el enclave de dos regiones ya de antiguo perfectamente
demarcadas, si bien desde la pérdida de la autonomía municipal siempre había
pertenecido en lo civil y en lo eclesiástico a Extremadura, a partir de este
momento es incorporado a la provincia de Sevilla, y comienza a regirse conforme
al recién creado sistema administrativo. Así, pues, de la noche a la mañana,
pasamos de extremeños a andaluces...
Al
propio tiempo -no sabemos si a efectos de rotulación o por qué otro motivo-
la antigua cortijada de Malcocinado, evolucionada en aldea sufragánea de esta
villa, simultáneamente, se erigió en municipio independiente, adscribiéndosele
a Badajoz. Así lo disponía un Real Decreto
de 12 de abril de 1842, por el que, además,
se le concedía a la nueva población el nombre de Villanueva de la Victoria, que
no prosperó pues que hasta oficialmente se le sigue conociendo por su antigua denominación
de Malcocinado. También según el mencionado decreto, Guadalcanal hubo de ceder
para término del nuevo municipio la faja de terreno comprendida entre los ríos
Sotillo y Guaditoca, hasta el castillo de COMO MUNICIPIO Valjondo, calando
entonces la leyenda que de él en este pueblo existía.
He
aquí, pues, una vez más, si la última, el viejo fenómeno de las alteraciones en
el alfoz local. Su configuración actual data, por consiguiente, de esa época.
La
villa de Malcocinado, eclesiásticamente, siguió perteneciendo a Guadalcanal, pues consta por un boletín del Obispado-Priorato de San Marcos de León
de 1858 que la parroquia que en ella se creo era filial de Santa María de
Guadalcanal. Y en esta dependencia estuvo hasta que, algún tiempo después,
fueron abolidas las jurisdicciones exentas, con lo que esta villa pasó a la
diócesis ordinaria de Sevilla y Malcocinado, a la de Badajoz.
A
los veinticinco años de vida como pueblo independiente, Malcocinado contaba con
870 vecinos, mientras que Guadalcanal tenía 6.366.
Los
terrenos adjudicados a Malcocinado pertenecieron a propios de este Municipio,
según lo ordenado. Por una avenencia suscrita por ambos ayuntamientos -puesto
que las propiedades concejiles se hallaban harto diseminadas por este término-,
se acordó permutar los terrenos próximos y lindantes con Malcocinado con los
que hubieran de corresponderle dentro del alfoz de esta villa, con lo que, además,
se facilitaba la mejor demarcación de sus respectivas jurisdicciones.
En
sesión municipal celebrada en 11 de enero de 1852, presidida por el alcalde don
Leandro López de Ayala y Montero de Espinosa, se acordó solicitar del Gobierno
Civil de la provincia, se instalase en esta localidad una partida de la Guardia
Civil, que garantizara la seguridad personal de este vecindario y protegiera
los caminos que cruzan este término municipal. Ello fue a raíz de un asesinato
cometido en la persona de Antonio Vázquez, de cuyo percance fue dada oportuna
cuenta por el teniente de alcalde que entendía en las primeras diligencias a la
primera autoridad provincial.
Siendo
éste un siglo especialmente caracterizado por una casi permanente penuria
económica de las arcas municipales, sorprende que en 1854 el Ayuntamiento
declare, en sesión de 30 de julio, disponer de ciertas cantidades. A propuesta
del alcalde, don Miguel Ramos Lobo, dicho dinero fue consignado para los gastos
de construcción de un cementerio municipal, de acuerdo con las modernas
ordenanzas sanitarias. Como se sabe, hasta que se dispuso de los camposantos, y
con carácter general, los enterramientos se practicaban en las mismas
parroquias.
Para
ello, no se pensó en otro lugar que en el llamado Prado de San Francisco, sobre
las ruinas del desaparecido convento franciscano o de la Piedad, cuyo solar
fue solicitado, tras la conveniente exposición a la autoridad eclesiástica con
sede en Llerena.
Al
propio tiempo, y ante el mismo gobernador de Llerena, este Consistorio formuló
petición para que se le cedieran las capillas de San Vicente y Los Milagros,
"que son innecesarias para el culto -declaraba-no sólo en razón de su
proximidad a las parroquias de Santa María y (de) San Sebastián, sino por los
muchos templos que hay en la población", para construir en ellas las
Casas Consistoriales -de las que carecía- y otras dependencias.
Todo
lo solicitado fue concedido a este Ayuntamiento; pero, no obstante, el edificio
consistorial no llegó a construirse en las mencionadas capillas, sino sobre el
palacio que los comendadores de Santiago que habitaron en esta villa, tras las
gestiones que para ello realizara en Madrid don Ignacio Sánchez Martínez.
He
aquí de nuevo sobre la mesa consistorial, en pleno siglo XIX, la vieja polémica
de los límites y pertenencias territoriales de esta villa con la de Azuaga,
como ya ocurriera en la decimoquinta centuria en cuya ocasión hubo de
intervenir -para zanjar las contiendas promovidas con este motivo- el
propio maestre de Santiago.
Sucedió
que el Ayuntamiento, mediante un contrato verbal convenido con el vecino de
Malcocinado Antonio Grueso, había dado a éste en arrendamiento la mitad de la
suerte conocida -y ya mencionada en ocasión de las disputas habidas en
torno a su pertenencia- por La Reyerta. Para ello, previo expediente que
esta Corporación instruyó, se sometió el susodicho contrato a la aprobación de
la Diputación provincial, que la concedió. Y, una vez más, es el Ayuntamiento
de Azuaga el que se opone a que este Municipio disponga libremente de los
terrenos en cuestión.
En
su consecuencia, y con el propósito decidido de obviar trifulcas entre ambos
pueblos, la primera autoridad de esta villa se dirigió por escrito, el 13 de
marzo de 1855, al alcalde constituyente de Azuaga en el sentido de que, ''habiéndose
querido por parte de la municipalidad que Vd. Dignamente preside no poner
obstáculos al cumplimiento de aquel contrato, y aunque para evitar todo género
de competencias y disgustos he practicado, como a Vd. Consta, diligencias
extraoficiales y amistosas, éstas no han producido resultado algunos
favorable".
Para hace valer y respetar los derechos que
asistían a este pueblo en el disfrute y posesión de la mencionada hacienda, el
alcalde de Guadalcanal presentó, a continuación, al de la villa de Azuaga una
demostración circunstanciada, a la luz de los documentos que obraban en el
Archivo Municipal, para lo que hubo de remontarse, nada menos, a la
carta-privilegio del maestre de Santiago Don Enrique de Aragón, dada en el
convento de Uclés el 10 de abril de 1428, juntamente con los debates que tras
su promulgación se siguieron.
Probablemente,
con tan aplastante argumento, los de Azuaga suspenderían toda actuación contra
el arrendatario Antonio Grueso, como ya tenía iniciada. Pero, en cualquier
caso, de haber sucedido dos años después el relatado episodio, el magistrado
cesante y alcalde de esta villa don Miguel Ramos Lobo no se hubiese podido
valer del aludido recurso, toda vez que con fecha de 8 de enero de 1857 fueron
enviados a la Real Academia de la Historia, por su pedimento, todos los
ordenamientos, cuadernos de Cortes y Fuero, que obraban en este Archivo. De
rechazo, digamos en desmérito de aquella Corporación municipal, que nadie hubo
que se molestara en copiar tan preciados documentos antes de remesarlos.
Las
noticias que anteceden dan buena cuenta de la eficiente alcaldía que
desempeñara el mencionado Ramos Lobo. He aquí otros datos relativos a su
gestión.
Este año de 1855 tienen lugar
dos inauguraciones: el Paseo de la Cruz y el Cementerio Municipal, al que
titularon de San Francisco en recordación del convento que allí existente con
anterioridad.
Comoquiera
que el clero se hubiese apropiado del huerto llamado de El Palacio, el cual a
la sazón lo tenía dado en arrendamiento al vecino José Sebastián Rivero, el
alcalde presentó una reclamación en forma ante el administrador delegado de los
bienes eclesiales, quien hubo de reconocer el derecho que asistía al
reclamante, puesto que aquél era pertenencia del Municipio desde tiempo inmemorial.
Mas
no se hizo tardar la réplica por la parte afectada, ya que lo alegado por el
alcalde en defensa de dicha propiedad municipal se aparecía irrefutable. Fue en
ocasión de la sustitución de la campana del reloj de la Villa, que era muy
pequeña, por otra parte, existía en la espadaña de la capilla del desamortizado
convento del Espíritu Santo y que la municipalidad consideró apta para llenar
la finalidad que se deseaba. El cura de Santa Ana, don Mariano Martín de
Arriba, a cuya collación pertenecía el referido convento, presentó una enérgica
protesta, que no surtió el efecto apetecido, por lo cual llevó el caso al
gobernador eclesiástico de Llerena. Este pidió explicaciones a la primera
autoridad local, quien, tras una larga exposición de sólidas argumentaciones a
favor de su decisión, respondió que, "llevado (el cura) de un celo
exagerado y obedeciendo a un rigorismo tan sólo loable cuando se fratase de
defender un dogma o sostener una creencia, estuvo, en opción de la
municipalidad, un tanto falto de tino y tacto político cuando versaba la
cuestión sobre un asunto fútil y de escasa importancia..." Terminó
prometiendo restituir la campana al sitio de origen así que el Ayuntamiento
dispusiera de medios para adquirir una, y en esto acabó e asunto.
En
el libro-minutario de don Miguel Ramos Lobo existe un acuerdo fechado en 15 de
octubre de 1855, que, a la letra, es como sigue:
"Acordado
por este Ayuntamiento el alistamiento de la Milicia nacional con arreglo a la
instrucción, dispuso que con motivo de protestar a la entrega de las armas, se
reorganizase aquélla, a fin de que estas se depositaran en personas que por sus
antecedentes y cualidades inspirasen plena confianza al orden y la situación.
Al efecto se nombró una comisión que llevara a cabo los trabajos, los que
fueron aprobados, dándoles nuevas facultades para seguir las operaciones
necesarias
Con
arreglo a las mismas, se había resuelto proceder a la elección el domingo 14
del corriente, y manifestándose por mi así el domingo anterior a la milicia
reunida en su cuartel, hallándose delante su jefe y capitán, don Leonardo
Castelló.
Esto,
no obstante, el 12 de este mes le pasé un oficio participándole para los
efectos oportunos, y contestándole a otro que me habían dirigido relativo a una
consulta que en su nombre y como capitán de la Milicia Nacional había hecho al
Excmo. Sr. Subinspector sobre elecciones, que, como era natural, nada
preceptuaba ni resolvía.
El
domingo por la mañana, reunido el Ayuntamiento, y al terminar la sesión, suscitó
don Leonardo Castelló, como alcalde segundo, la cuestión de si debían nombrarse
todos o parte de los jefes, en cuya discusión, por lo avanzado de la hora y,
sobre todo, por evitar conflictos que por prudencia y delicadeza propia debía
rehuir el Leonardo, no quise se entrase.
En
esta situación, di orden al tambor de la milicia para que tocara llamada, y, al
llegar batiendo la caja a la esquina de la calle San Bartolomé frente de la de
Tres Cruces, salió el don Leonardo Castelló y, dirigiéndose al tambor, le quitó
la caja, diciéndole que por que tocaba contra su orden; a lo que contestó éste
que por que se lo había mandado el presidente del Ayuntamiento, y, dejándola en
su poder fue a darme parte.
Entre
tanto, la milicia sin continuar la llamada, se reunía en el cuartel para
verificar la elección, asistiendo toda, menos los enfermos y ausentes ocupados
en el servicio de la conducción de unos presos que fueron destinados el día
anterior por el mismo don Leonardo Castelló Y yo, conociendo la gravedad de las
circunstancias, tomé las medidas convenientes para que el orden no se alterase
en lo más mínimo, como se consiguió, habiéndose hecho la elección con la mayor
calma, tranquilidad y legalidad, y casi por unanimidad, resultando reelectos
tres de los antiguos jefes y dos nuevos, siendo el capitán elegido don Antonio
Moreno Guerrero, rico propietario y teniente de caballería.
He
formado las diligencias oportunas sobre estos hechos, que remitiré a la
autoridad competente, probando las ligerezas y desacato del don Leonardo, y
sobre todo el empeño de que no se verificase a elección apetecida por toda la
milicia, y queriendo él ser su capitán y
jugando personalmente en la cuestión, debió por toda clase de motivos y
consideraciones rehusar y principalmente buscar otros medio ya oficiando, ya
reclamando a la superioridad, pero nunca suscitando tan graves conflictos por
el orden, que como autoridad tiene el deber primero de conservar".
Y,
en otro orden, tampoco el año se caracterizó por la tranquilad pública, como lo
demuestra el hecho de que, como medida preventiva, el alcalde ordenase al
comandante de la Milicia Nacional destacara a un cabo y a cuatro soldados a la
Capilla de la Concepción con motivo de la celebración del novenario de su Titular.
Hemerotecas
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