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domingo, 16 de febrero de 2025

Guadalcanal 1833 1/2

 


INCORPORACIÓN DE GUADALCANAL A LA PROVINCIA DE SEVIILLA Y SEGREGACIÓN   DE MALCOCINADO COMO MUNICIPIO PERTENECIENTE A BADAJOZ.

 Primera parte

             Aún pervive entre las personas más añosas de Guadalcanal una especie que aquí tuvo antiguamente carta de naturaleza, según la cual, en determinado momento del siglo XIX, medio pueblo perteneció a Extremadura, mientras que la mitad sur de la población pasó a de depender en lo civil de la provincia de Sevilla. Aunque no se le puede llegar su viso de pintoresquismo, la cosa no pasa de ser una de las tantas patrañas que aquí, como en todos sitios siempre han transitado. Sin embargo, algo de eso hubo, como veremos a continuación.

            Tras los varios intentos que en España se siguieron en orden a una organización territorial durante la centuria que comentamos, en noviembre de 1833 quedó establecida la división del país en provincias, a frente de las cuales se pusieron una Jefatura política y una Diputación. Ni que decir tiene que, para efectos incorporativos, el asunto de­bió revestir una arbitrariedad meridiana. Y Guadalcanal, en el enclave de dos regiones ya de antiguo perfectamente demarcadas, si bien desde la pérdida de la autonomía municipal siempre había pertenecido en lo civil y en lo eclesiástico a Extremadura, a partir de este momento es incorporado a la provincia de Sevilla, y comienza a regirse conforme al recién creado sistema administrativo. Así, pues, de la noche a la mañana, pasamos de extremeños a andaluces...

            Al propio tiempo -no sabemos si a efectos de rotulación o por qué otro motivo- la antigua cortijada de Malcocinado, evolucionada en aldea sufragánea de esta villa, simultáneamente, se erigió en municipio independiente, adscribiéndosele a Badajoz. Así lo disponía un Real Decreto

de 12 de abril de 1842, por el que, además, se le concedía a la nueva población el nombre de Villanueva de la Victoria, que no prosperó pues que hasta oficialmente se le sigue conociendo por su antigua denominación de Malcocinado. También según el mencionado decreto, Guadalcanal hubo de ceder para término del nuevo municipio la faja de terreno comprendida entre los ríos Sotillo y Guaditoca, hasta el castillo de COMO MUNICIPIO Valjondo, calando entonces la leyenda que de él en este pueblo existía.  

            He aquí, pues, una vez más, si la última, el viejo fenómeno de las alteraciones en el alfoz local. Su configuración actual data, por consiguiente, de esa época.

            La villa de Malcocinado, eclesiásticamente, siguió perteneciendo a  Guadalcanal, pues consta por un boletín  del Obispado-Priorato de San Marcos de León de 1858 que la parroquia que en ella se creo era filial de Santa María de Guadalcanal. Y en esta dependencia estuvo hasta que, algún tiempo después, fueron abolidas las jurisdicciones exentas, con lo que esta villa pasó a la diócesis ordinaria de Sevilla y Malcocinado, a la de Badajoz.

            A los veinticinco años de vida como pueblo independiente, Malcocinado contaba con 870 vecinos, mientras que Guadalcanal tenía 6.366.

            Los terrenos adjudicados a Malcocinado pertenecieron a propios de este Municipio, según lo ordenado. Por una avenencia suscrita por ambos ayuntamientos -puesto que las propiedades concejiles se hallaban harto diseminadas por este término-, se acordó permutar los terrenos próximos y lindantes con Malcocinado con los que hubieran de corresponderle dentro del alfoz de esta villa, con lo que, además, se facilitaba la mejor demarcación de sus respectivas jurisdicciones.

            En sesión municipal celebrada en 11 de enero de 1852, presidida por el alcalde don Leandro López de Ayala y Montero de Espinosa, se acordó solicitar del Gobierno Civil de la provincia, se instalase en esta localidad una partida de la Guardia Civil, que garantizara la seguridad personal de este vecindario y protegiera los caminos que cruzan este término municipal. Ello fue a raíz de un asesinato cometido en la persona de Antonio Vázquez, de cuyo percance fue dada oportuna cuenta por el teniente de alcalde que entendía en las primeras diligencias a la primera autoridad provincial.

            Siendo éste un siglo especialmente caracterizado por una casi permanente penuria económica de las arcas municipales, sorprende que en 1854 el Ayuntamiento declare, en sesión de 30 de julio, disponer de ciertas cantidades. A propuesta del alcalde, don Miguel Ramos Lobo, dicho dinero fue consignado para los gastos de construcción de un cementerio municipal, de acuerdo con las modernas ordenanzas sanitarias. Como se sabe, hasta que se dispuso de los camposantos, y con carácter general, los enterramientos se practicaban en las mismas parroquias.

            Para ello, no se pensó en otro lugar que en el llamado Prado de San Francisco, sobre las ruinas del desaparecido convento francis­cano o de la Piedad, cuyo solar fue solicitado, tras la conveniente ex­posición a la autoridad eclesiástica con sede en Llerena.

            Al propio tiempo, y ante el mismo gobernador de Llerena, este Consistorio formuló petición para que se le cedieran las capillas de San Vicente y Los Milagros, "que son innecesarias para el culto -declaraba-no sólo en razón de su proximidad a las parroquias de Santa María y (de) San Sebastián, sino por los muchos templos que hay en la población", para construir en ellas las Casas Consistoriales -de las que ca­recía- y otras dependencias.

            Todo lo solicitado fue concedido a este Ayuntamiento; pero, no obstante, el edificio consistorial no llegó a construirse en las menciona­das capillas, sino sobre el palacio que los comendadores de Santiago que habitaron en esta villa, tras las gestiones que para ello realizara en Madrid don Ignacio Sánchez Martínez.

            He aquí de nuevo sobre la mesa consistorial, en pleno siglo XIX, la vieja polémica de los límites y pertenencias territoriales de esta villa con la de Azuaga, como ya ocurriera en la decimoquinta centuria en cuya ocasión hubo de intervenir -para zanjar las contiendas promo­vidas con este motivo- el propio maestre de Santiago.

            Sucedió que el Ayuntamiento, mediante un contrato verbal convenido con el vecino de Malcocinado Antonio Grueso, había dado a éste en arrendamiento la mitad de la suerte conocida -y ya menciona­da en ocasión de las disputas habidas en torno a su pertenencia- por La Reyerta. Para ello, previo expediente que esta Corporación instruyó, se sometió el susodicho contrato a la aprobación de la Diputación pro­vincial, que la concedió. Y, una vez más, es el Ayuntamiento de Azua­ga el que se opone a que este Municipio disponga libremente de los terrenos en cuestión.

            En su consecuencia, y con el propósito decidido de obviar tri­fulcas entre ambos pueblos, la primera autoridad de esta villa se dirigió por escrito, el 13 de marzo de 1855, al alcalde constituyente de Azuaga en el sentido de que, ''habiéndose querido por parte de la municipalidad que Vd. Dignamente preside no poner obstáculos al cumplimiento de aquel contrato, y aunque para evitar todo género de competencias y disgustos he practicado, como a Vd. Consta, diligencias extraoficiales y amistosas, éstas no han producido resultado algunos favorable".

Para hace valer y respetar los derechos que asistían a este pueblo en el disfrute y posesión de la mencionada hacienda, el alcalde de Guadalcanal presentó, a continuación, al de la villa de Azuaga una demostración circunstanciada, a la luz de los documentos que obraban en el Archivo Municipal, para lo que hubo de remontarse, nada menos, a la carta-privilegio del maestre de Santiago Don Enrique de Aragón, dada en el convento de Uclés el 10 de abril de 1428, juntamente con los debates que tras su promulgación se siguieron.

            Probablemente, con tan aplastante argumento, los de Azuaga suspenderían toda actuación contra el arrendatario Antonio Grueso, como ya tenía iniciada. Pero, en cualquier caso, de haber sucedido dos años después el relatado episodio, el magistrado cesante y alcalde de esta villa don Miguel Ramos Lobo no se hubiese podido valer del aludi­do recurso, toda vez que con fecha de 8 de enero de 1857 fueron en­viados a la Real Academia de la Historia, por su pedimento, todos los ordenamientos, cuadernos de Cortes y Fuero, que obraban en este Archivo. De rechazo, digamos en desmérito de aquella Corporación municipal, que nadie hubo que se molestara en copiar tan preciados documentos antes de remesarlos.

            Las noticias que anteceden dan buena cuenta de la eficiente alcaldía que desempeñara el mencionado Ramos Lobo. He aquí otros datos relativos a su gestión.      
            Este año de 1855 tienen lugar dos inauguraciones: el Paseo de la Cruz y el Cementerio Municipal, al que titularon de San Francisco en recordación del convento que allí existente con anterioridad.

            Comoquiera que el clero se hubiese apropiado del huerto lla­mado de El Palacio, el cual a la sazón lo tenía dado en arrendamiento al vecino José Sebastián Rivero, el alcalde presentó una reclamación en forma ante el administrador delegado de los bienes eclesiales, quien hubo de reconocer el derecho que asistía al reclamante, puesto que aquél era pertenencia del Municipio desde tiempo inmemorial.

            Mas no se hizo tardar la réplica por la parte afectada, ya que lo alegado por el alcalde en defensa de dicha propiedad municipal se aparecía irrefutable. Fue en ocasión de la sustitución de la campana del reloj de la Villa, que era muy pequeña, por otra parte, existía en la espadaña de la capilla del desamortizado convento del Espíritu Santo y que la municipalidad consideró apta para llenar la finalidad que se de­seaba. El cura de Santa Ana, don Mariano Martín de Arriba, a cuya collación pertenecía el referido convento, presentó una enérgica protes­ta, que no surtió el efecto apetecido, por lo cual llevó el caso al gober­nador eclesiástico de Llerena. Este pidió explicaciones a la primera autoridad local, quien, tras una larga exposición de sólidas argumenta­ciones a favor de su decisión, respondió que, "llevado (el cura) de un celo exagerado y obedeciendo a un rigorismo tan sólo loable cuando se fratase de defender un dogma o sostener una creencia, estuvo, en opción de la municipalidad, un tanto falto de tino y tacto político cuan­do versaba la cuestión sobre un asunto fútil y de escasa importancia..." Terminó prometiendo restituir la campana al sitio de origen así que el Ayuntamiento dispusiera de medios para adquirir una, y en esto acabó e asunto.

            En el libro-minutario de don Miguel Ramos Lobo existe un acuerdo fechado en 15 de octubre de 1855, que, a la letra, es como sigue:

            "Acordado por este Ayuntamiento el alistamiento de la Milicia nacional con arreglo a la instrucción, dispuso que con motivo de protestar a la entrega de las armas, se reorganizase aquélla, a fin de que estas se depositaran en personas que por sus antecedentes y cualida­des inspirasen plena confianza al orden y la situación. Al efecto se nombró una comisión que llevara a cabo los trabajos, los que fueron aprobados, dándoles nuevas facultades para seguir las operaciones necesarias

            Con arreglo a las mismas, se había resuelto proceder a la elección el domingo 14 del corriente, y manifestándose por mi así el domingo anterior a la milicia reunida en su cuartel, hallándose delante su jefe y capitán, don Leonardo Castelló.

            Esto, no obstante, el 12 de este mes le pasé un oficio partici­pándole para los efectos oportunos, y contestándole a otro que me habían dirigido relativo a una consulta que en su nombre y como capi­tán de la Milicia Nacional había hecho al Excmo. Sr. Subinspector so­bre elecciones, que, como era natural, nada preceptuaba ni resolvía.

            El domingo por la mañana, reunido el Ayuntamiento, y al terminar la sesión, suscitó don Leonardo Castelló, como alcalde segundo, la cuestión de si debían nombrarse todos o parte de los jefes, en cuya discusión, por lo avanzado de la hora y, sobre todo, por evitar conflictos que por prudencia y delicadeza propia debía rehuir el Leonardo, no quise se entrase.

            En esta situación, di orden al tambor de la milicia para que tocara llamada, y, al llegar batiendo la caja a la esquina de la calle San Bartolomé frente de la de Tres Cruces, salió el don Leonardo Castelló y, dirigiéndose al tambor, le quitó la caja, diciéndole que por que tocaba contra su orden; a lo que contestó éste que por que se lo había mandado el presidente del Ayuntamiento, y, dejándola en su poder fue a darme parte.

            Entre tanto, la milicia sin continuar la llamada, se reunía en el cuartel para verificar la elección, asistiendo toda, menos los enfermos y ausentes ocupados en el servicio de la conducción de unos presos que fueron destinados el día anterior por el mismo don Leonardo Castelló Y yo, conociendo la gravedad de las circunstancias, tomé las medidas convenientes para que el orden no se alterase en lo más mínimo, como se consiguió, habiéndose hecho la elección con la mayor calma, tranquilidad y legalidad, y casi por unanimidad, resultando reelectos tres de los antiguos jefes y dos nuevos, siendo el capitán elegido don Antonio Moreno Guerrero, rico propietario y teniente de caballería.

            He formado las diligencias oportunas sobre estos hechos, que remitiré a la autoridad competente, probando las ligerezas y desacato del don Leonardo, y sobre todo el empeño de que no se verificase a elección apetecida por toda la milicia, y queriendo él ser su capitán  y jugando personalmente en la cuestión, debió por toda clase de motivos y consideraciones rehusar y principalmente buscar otros medio ya oficiando, ya reclamando a la superioridad, pero nunca suscitando tan graves conflictos por el orden, que como autoridad tiene el deber primero de conservar".

            Y, en otro orden, tampoco el año se caracterizó por la tranquilad pública, como lo demuestra el hecho de que, como medida preventiva, el alcalde ordenase al comandante de la Milicia Nacional destaca­ra a un cabo y a cuatro soldados a la Capilla de la Concepción con motivo de la celebración del novenario de su Titular.

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