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lunes, 9 de julio de 2018

Guadalcanal en datos desde el Medievo

Situación de Guadalcanal
Extensión y Población desde su reconquista hasta la actualidad.

Extensión.-

Guadalcanal tiene actualmente una extensión de 274,97 km², una densidad de población de 10,61 hab/km² y una población de 2907 habitantes a finales del pasado siglo, esta extensión ha sufrido transformaciones desde el siglo XV a nuestros días por distintos factores que a continuación describimos.
Por una parte, Guadalcanal después de su reconquista por Rodrigo Iñiguez (XV maestre de la orden y comendador de Montalbán) y sus caballeros de la Orden de Santiago entre los que figuraban  don Lope Sánchez de Porras, trece de la Orden  y los comendadores don Rodrigo de Valverde, don Juan Muñiz de Gogoy, don Hernán Meléndez; don Rodrigo Yáñez y Albar Martínez de Aibar  entre otros, en el año del señor de  1421 a los invasores moros  donde pusieron sitio que acabó con la rendición y entrega de la villa por el gobernador de Axataf, caudillo de la ciudad de Sevilla, tomó relevancia en la zona y su población comenzó a crecer, con este motivo, don Enrique de Trastámara (Infante de Aragón), gran maestre de la Orden de Santiago y la ejecución de la orden de su secretario D. Gonzalo Ruíz, cedió  el 10 de Abril de 1428 a Guadalcanal, según un privilegio otorgado a la villa expedido en Tordesillas firmado por el citado parte del término de Azuaga, concretamente, la partida donde se encontraba el santuario de nuestra patrona y conocida como la Vega del Encinar y aledaños.
            Este hecho produjo grandes debates y contiendas entre los concejos de las dos villas santiaguistas, nombrando el gran maestre a varios jueces que finalmente dieron una sentencia aclaratoria a Guadalcanal, el día 20 de Noviembre de 1469, y, finalmente ratificada por los Reyes Católicos en 1494.
            Por otra parte, el Infante don Enrique concedió a Guadalcanal ésta presente merced, casi en las mismas fechas concedió a la villa otras tierras en perjuicio de Reina, Casas, Fuente del Arco, Berlanga, Valverde, Trasierra y Ahillones para ampliar su alfoz. Existe varios pleitos entre los concejos de Guadalcanal y de la que dependían las poblaciones limítrofes por las disputas de tierras y dehesas, casi siempre favorables a nuestra villa según actas de confirmación de pactos conciliatorios dadas por al maestre Cárdenas, en 5 de mayo de 1480, por los Reyes Católicos, en fecha 4 de junio de 1484, y por el Rey Carlos  V, el 6 de abril de 1527.
            Este término municipal más o menos identificado se mantuvo con pequeñas alteraciones debidas principalmente a las compras, ventas y adhesiones de dehesas de pastos y tierra de labor desde el siglo XV al XIX, que contaba la villa con una extensión de 301,17 km², situación que cambió en 1833 cuando con la nueva ordenación territorial de España hecha por Javier de Burgos por mandato de Isabel II, pasando Guadalcanal a la provincia de Sevilla  (Andalucía) y segregándose  la aldea de  Malcocinado que pasó a entidad propia en el partido judicial de Llerena y provincia de Badajoz (Extremadura).
            La segregación y cesión de tierras por parte de Guadalcanal fue de 26,20 km², por ello, quedó Guadalcanal con un término de 274,97 km²., situada en el puesto 17º de la provincia de Sevilla.

Flujo de población en Guadalcanal
Población.-  

  De la época del medievo y posterior hasta prácticamente finales del siglo XVIII, se tienen pocas referencias o confusas, hay que tener en cuenta que los censo o recuentos pueden deducir de los libros de Visitas de la Orden de Santiago, estos recuentos que se hacían cada cierto tiempo no son fiables, por una parte, se anotaban “los vecinos o unidades familiares”, estos recuentos habría que multiplicarlos por tres o cuatro para tener una cifra más o menos real, y estas cantidades se hacían a veces por redondeo o declaración del súbdito, eran considerados “vecinos” el cabeza de familia de los moradores de cada casa, cortijada o asentamiento, por otra parte, dependiendo de la fecha en la que se hiciera este recuentro o censo se incluían vecinos de derecho, es decir, transeúntes e individuos de otros pueblos que en la fecha de la visitas se encontraban en la villa. 
            La densidad de población a conocido tiempos mejores a los actuales, que no alcanzamos los 3.000 habitantes, a continuación vamos a ver el desarrollo de la curva de población desde que se tienen ciertos datos en el siglo XV, después de la reconquista empezó a aumentar la población según consta en una primera acta de los visitadores  de la Orden de Santiago en 1428 de 1082 vecinos o familias hasta el pico de población que se produjo en los años 30 del pasado siglo con 7.376 habitantes (según censos y padrones municipales) y una densidad de población de 28,44 hab/km².
            Durante el último tramo del siglo el siglo XV la situación privilegiada de la villa, camino franco entre Andalucía y la Provincia de León de Extremadura, el paso natural hacía el norte y el abundante trabajo en sus viñas y dehesas hizo que se asentaran individuos y familias de otras zonas, así consta en otra visita  en una visita de la Orden hay datos de 972 vecinos o familias en el recuento de 1467, esto equivale a 3.900 individuos.
            En el siguiente siglo ya en la edad moderna, es decir en el XVI,  hubo una fluctuación importante, partiendo de datos que se aproximaban a las 5.100 almas (1275 vecinos) en 1567, incluyendo las llamadas “cortijadas” como Malcocinado. El descubrimiento de las minas de Pozo Rico en 1555 por los hermanos Martín y Diego Delgado y en los siguientes años de esplendor de la dicha mina hicieron que se asentaran bastantes familias de otras localidades, esclavos y moriscos que trabajaban en la mina, (estos residían en su mayoría en el poblado construido a tal fin) y los llamados no laboral que si es establecieron en la población, ésta población migratoria compensaba la perdida de la misma por la emigración al nuevo mundo procedente de Guadalcanal, ya que se calcula que durante este siglo y la siguiente centuria emigraron más de 500 individuos, mermando la población nativa en un 10% aproximadamente.
            Del siglo XVII hay las mismas referencias, parece que la densidad de población se mantuvo o inclusive aumento en los primeros años segunda parte de la centuria, según los visitadores de La Orden a propuesta de la Corona de 1656 contabilizaron 1.370 vecinos (5.500 individuos aproximadamente), curiosamente en la visita de este mismo año en Llerena (cabeza de partido) se censaron 1.110 vecinos (4.450 individuos aproximadamente), durante los siguiente años hasta el final de la centuria la población de Guadalcanal parece que fue disminuyendo, llegando al final de la centuria a unos 3.000 habitantes, debido estos años de crisis, penurias y decadencia generalizada..
Llegamos al siglo XVIII, ya encontramos censos más fiables, por una parte existen censos del catastro de Ensenada, de Floriblanca y tal vez los datos más exactos de las respuestas al interrogatorio de la Real Audiencia de Extremadura, siguiendo el flujo de población finales del siglo anterior, en la segunda mitad de este siglo comienza la recuperación de habitantes de Guadalcanal y la zona, así encontramos en el año 1752 un Catastro de la Ensenada en el que constan 1.042 familias en Guadalcanal y 8 en la aldea de Malcocinado (4.248 individuos), cifras que variaron un poco al final de siglo, contabilizando en 1792 un menor número de familias en Guadalcanal 1.027 frente a las 1.051 del censo del 52, pero aumentando las familias de la aldea de Malcocinado (46), parece que la razón principal es que en este último censo se unen la población de varias cortijadas cercana al censo de la aldea.
Sí que está datado que durante estos dos últimos siglos los números de la población de derecho eran muy estables, no así la población de hecho que dependiendo de épocas aumentaba bastante, debido a la gran cantidad de comerciantes transeúntes que se establecían durante determinados periodos en la villa, del siglo XVII podemos tomar como testimonio el despacho de D. Juan de Silva y Pantoja (Intendente general de la provincia de  León de Extremadura) que en 1797 cifra la población de Guadalcanal en 3863 almas, curiosamente y no muy normal tal longevidad  para aquella época existían de 80 a 90 años un varón y tres hembras y de 90 a 100  un varón y una hembra y ninguno por encima de los 100 años.
            Durante el siglo XIX empezó la curva ascendente de la población de Guadalcanal, así en 1829 había 4110 almas, en 1843 el censo pasó a 5.446, el año 1854 el padrón registraba 5.506, el año 1877 se produjo el mayor número de habitantes 5.742 y el último año de este siglo 5.702.
            Pasamos al siglo XX, según el Instituto Nacional de Estadística la información demográfica de Guadalcanal es la siguiente:
AÑO
HOMBRES
MUJERES
TOTAL
1999
1.496
1.524
3.020
1998
1.516
1.551
3.067
1996
1.526
1.569
3.095
1995
1.547
1.577
3.124
1994
1.544
1.577
3.121
1993
1.552
1.582
3.134
1992
1.560
1.599
3.159
1991
1.556
1.588
3.144
1999
1.496
1.524
3.020
1998
1.516
1.551
3.067
1996
1.526
1.569
3.095
1995
1.547
1.577
3.124
1994
1.544
1.577
3.121
1993
1.552
1.582
3.134
1992
1.560
1.599
3.159
1991
1.556
1.588
3.144
1990
1.630
1.691
3.321
1989
1.642
1.694
3.336
1988
1.644
1.682
3.326
1987
1.635
1.668
3.303
1986
1.622
1.665
3.287
1981
sin datos
sin datos
3.261
1970
sin datos
sin datos
4.372
1960
sin datos
sin datos
6.075
1950
sin datos
sin datos
6.855
1940
sin datos
sin datos
6.931
1930
sin datos
sin datos
7.376
1920
sin datos
sin datos
6.714
1910
sin datos
sin datos
6.563
1900
sin datos
sin datos
5.786
          Como vemos, el mayor censo en Guadalcanal a través de la historia analizada  fue el año 1935 con 7.376 habitantes, durante las siguientes dos décadas fue disminuyendo poco a poco, en la década del 50 al 60 comenzó la población a disminuir con la emigración (estimándose en 240 familias y más de 800 almas), quedando la población de derecho en 6.075, pero la verdadera corriente migratoria fue en la década del 60 y primeros años de 70, cuando se perdieron más de 1.500  habitantes.
Según el cuaderno de anotaciones que me facilitó en su día Leopoldo Tena, del uno de Enero de  1961 al 31 de Diciembre de 1.971 fueron un total de 1.517 guadalcanalenses los que emigraron (entre los que se incluye mi familia), a gran parte del territorio nacional, las mayores cifras de recepción las encontramos a la zona de Cataluña, así en Barcelona y provincia, para la capital pidieron baja del censo 297 individuos, a San Baudilio de Llobregat, 97, Cornellá 57 y al resto de esta provincia casi de dos centenares, la siguiente provincia en recibir nuestros emigrantes fue Madrid, capital 172, Alcalá de Henares  47 y resto de pueblos  de la provincia medio centenar, a Sevilla capital 219 y pueblos 89, en otras zonas lejanas como Álava emigraron 23 a la capital y a pueblos como Luyando 35 o Maestu 27, algunas familias emigraron a zonas tan lejanas como Hontoria del Pinar (Burgos), Vergel (Alicante), La Llosa y Onda (Castellón), Logrosán (Cáceres)  con cuatro a cada uno de estos pueblos o Utrillas (Teruel) con un paisano.
Durante los siguientes años hasta llegar a final de siglo la población fue disminuyendo en menor medida, por una parte, la emigración ya fue testimonial, no obstante, hay que reseñar que por primera vez en cinco siglos se invirtió la curva de nacimiento<defunción, menos matrimonio y población más envejecida, hasta llegar a la cifra de 3.020 a final del siglo XX.
En el siglo actual la población sigue en descenso años tras años, ¿culpables?, hay muchos factores, la mecanización del campo con menos mano de obra o la autogestión familiar, y, sobre todo el cierre o traslado de empresas que ocupaban a un número importante de guadalcanalenses y empezaban a estabilizar la población.

Rafael Spínola R.
Guadalcanal 2018     


BIBLIOGRAFÍA.-

Instituto de Estadística y Cartografía de Andalucía, Red Patrimonial de Andalucía, Instituto Nacional de Estadística, Diccionario Geográfico-Estadístico Histórico de Andalucía, Éxodo a Indias en los siglos XVI y XVII de Extremadura, Interrogatorios Real Audiencia de Extremadura, Catastros de la Ensenada y Floridablanca y Censo del Ayuntamiento de Guadalcanal (datos extraídos por Leopoldo Tena)

domingo, 1 de julio de 2018

Comunidad de pastos entre encomiendas de Reina y Guadalcanal 1

Incidencia en el término de Guadalcanal 1

I.- INTRODUCCIÓN
Al principio, tras la rendición de la alcazaba de Reina, esta nueva villa santiaguista y cristiana constituía el núcleo defensivo más importan­te de su zona de influencia, ocupando el centro militar y adminis­tra­ti­vo de las tierras o alfoz que le asignó Fernando III. Los oficiales de su concejo (alcaldes ordinarios, regidores, alguaciles, sesmeros, escribanos, etc.), bajo la supervisión del comendador y por delegación de la Orden, ejercían su jurisdicción en la villa cabecera y en los nuevos asentamientos cristianos que progresiva­mente iban apareciendo en su amplio término, seguramente aprove­chando las infra­estructu­ras urbanas existentes bajo dominio musulmán.

Más adelante, una vez consoli­da­das las fronte­ras en la zona del bajo Guadal­quivir durante la segunda mitad del siglo XIII, la mejor situa­ción geográ­fi­ca de algunos de estos asentamientos, con tierras más productivas, fue determi­nante para que la villa cabecera perdiera término y jurisdicción en favor de Llerena, Usagre, Azuaga, Guadalca­nal, etc. Estas circunstancias determinaron que en las primitivas Tierras de Reyna y su encomien­da aparecieran cinco circunscrip­cio­nes administrativas:
- La villa maestral de Llerena, con los lugares de Cantalga­llo, Maguilla-Hornachuelo-Rubiales, La Higuera y Villagarcía[i].
- La Comunidad de Siete Villas de la encomienda de Reina, con dicha villa y los lugares de Ahillones-Disantos, Berlanga, Ca­sas de Reina, Fuente del Arco, Trasierra y Valverde.
- La encomienda de Azuaga, integrada por esta villa, el lugar de Granja y las aldeas de Cardenchosa y los Rubios.
- La encomienda de Usagre, en cuyo ámbito de influencia se localizaba Bienveni­da, más adelante encomienda.
- Y la encomienda de Guadalcanal, con la referida villa y el baldío y cortijada de Malcoci­na­do, más adelante aldea.
A cada una de las villas y lugares citados, de forma general y con indepen­dencia de la circunscripción administrativa a la que perteneciesen, ­la Orden de Santiago le delimitó un reducido término en el momento de su reconocimiento como entidad concejil. Estos términos estarían constituidos por lotes de tierras o suertes de población, que incluirían alcaceles, huertas, plantíos y tierras de labor concedidas en propiedad a los primeros y más significados repobladores con la finalidad de afianzar el asentamiento, y que en ningún caso representaban más del 5% del total del término que cada pueblo posee en la actualidad. Aparte incluían ciertos predios alrededor de la población (ejidos) y otras zonas adehesadas de las más productivas del entorno (dehesas privativas o concejiles), en ambos casos para el usufructo comunal, equitativo y exclusivo del vecindario presente y futuro; es decir, un término cerrado a forasteros y a sus ganados, pero abierto a quienes quisieran avecindarse.
Las tierras de peor calidad o de acceso más dificultoso y alejadas, quedaron sin distribuir como baldías, estableciéndose en ellas una intercomunicad general y supraconcejil, a cuyos apro­vecha­mientos (pastos, bellota, madera, leña, abrevaderos, caza, pesca y otros frutos y hierbas silvestres) podía acceder cualquier vasallo de la Orden en sus dominios extremeños. Sirva, como ejemplo, una de las conside­raciones incluida en la confir­ma­ción de privile­gios que el maestre Juan Osorez hizo a los concejos de Reina, Casas de Reina y Trasierra, ratificando decisiones previas de Pelay Pérez Correa en 1265:

“...en el año 1298, el Maestre Don Juan Osorez confir­mo sus privile­gios a los Concejos de Reyna, Las Casas y Trasierra, en la dehesa de Viar (como dehesa privativa y mancomunada para los tres concejos), con cierta carga (el derecho cedido al comendador de Reina para pastar con ochocientas borras de su propiedad) así como manda su fuero; (...) y se manda­ron guardar las dehe­sas (privativas de cada conce­jo); y que en lo demás (se refiere a los baldíos o tierras abiertas) hubiese comuni­dad entre los Vasa­llos de la Orden... [ii]

O este otro de 1297, cuando el mismo maestre confirmó a Llerena como concejo independiente de la villa de Reina, otorgándole el fuero de dicha villa cabecera. En uno de sus apartados dice:
“Otrosí vimos carta del maestre don Gonzalo Martel y del maestre don Pedro Muñiz, por la que les hacía merced a los vuestro ganados (del vecindario de Llerena) que anduviesen con los de Reyna y con los demás vecinos alrededor, pacien­do las yerbas, bebiendo las aguas (de los baldíos), así como los suyos mismos... [iii]”
En definitiva, el territo­rio santiaguista en la Extremadura Leonesa de finales del XIII estaría vertebrado por una serie de circunscripciones o unidades administrativas denominadas encomiendas. Dentro de éstas se diferenciaban pequeños términos aislados e inmersos en una extensa superficie de tierras abiertas o baldías, donde quedó establecida la intercomunidad general aludida. Después, durante el siglo XIV las tierras baldías se repartieron integrándolas en las distintas encomiendas, si bien persistían en el mismo uso comunal e interconcejil, con la salvedad de que sus usos y aprovechamientos progresivamente quedaban restringido al vecindario de encomiendas vecinas; es decir, de la intercomunidad general se pasó a una intercomunidad vecinal o de proximidad, como se deduce de uno de los establecimientos acordados durante el Capítulo General que la Orden celebró en Llerena (1383) bajo el maestrazgo de Pedro Fernández Cabeza de Vaca:
“Don Pedro Fernández Cabeza de Vaca por la Gracia de Dios maestre de la Orden de la Caballería de Santiago. A todos los comendadores, e vecinos, e Alcaldes, e Caballeros, e Escuderos, e dueñas, e Hombres buenos, de todas las villas e lugares, que nos en nuestra Orden habemos en las Vicarias de Santa María de Tudía e de Reyna, e de Mérida con Montán­chez (...) Bien sabedes como por parte de vosotros, algunos de vos los dichos vecinos, nos disteis en querella que lo pasábamos mal los unos con los otros, en razón de los términos e de las dehesas, por cuanto nos fue dicho, que los unos vecinos a los otros tenedes forzados los términos (...) Otrosí que las dehesas de tierras de la Orden sean guardadas en todos los otros lugares e que todos los vasa­llos, que labren e pasten e corten e pesquen e cacen de continuo con sus vecindades (en los baldíos), por que todos vivan avencinda­mente sin premia e sin bullicio ninguno... [iv]"
Para ello, la Orden forzó el establecimiento de concor­dias sobre los aprovechamientos de baldíos colindantes entre encomiendas limítrofes, tal como ocurrió entre las de Guadalcanal y Reina, entre las de Guadalcanal y Azuaga, entre Montemolín y Reina, entre Llerena y Reina, etc. Siguiendo esta norma, no se establecieron comunidades de pastos entre encomiendas o circunscripciones no colindantes, como, por ejemplo, entre Montemolín y Azuaga, entre Usagre y Guadalcanal, etc. Sin embargo, Llerena, que no era encomienda sino que constituía junto a Maguilla y La Higuera una circunscripción propia de la Mesa Maestral y en cuyos términos apenas existían baldíos, se saltaba dicha norma y, además de establecer comunidad de pastos en los baldíos de las circunscripciones vecinas (Reina, Azuaga, Montemolín, las otras cuatro encomiendas surgidas de esta última –Calzadilla, Fuente de Cantos, Medina y Monesterio- y Usagre), también forzó comunidad de pastos con Guadalcanal.
Resumiendo y centrándonos en lo que en esta ocasión nos ocupa, Guadalcanal inicialmente quedó incluido en la donación de Reina. Después, a medida que se repobla­ban y ex­pan­dían Llerena, Usagre, Azuaga y el propio Guadalca­nal, fue decre­ciendo la demarcación de las primitivas Tierras de Reyna y de su enco­mienda, quedando reducida a la Comunidad de Siete Villas de la Encomienda de Reina (Reina, Ahillones, Ber­lan­ga, Casas de Reina, Fuente del Arco, Trasierra y Valverde). En Guadalca­nal se aprovechó esta coyuntu­ra, como en Usagre y Azuaga, para consti­tuirse en villa y encomien­da indepen­diente, segregando su término de la primitiva donación de Reina, encomienda con la que estableció comunidad de pastos hasta finales del primer tercio del XIX.

II.- PLEITOS, SENTENCIAS Y CONCORDIAS ENTRE LAS ENCOMIENDAS DE GUADALCANAL Y REINA (1442-1671)
Entre ambas encomiendas existían diferencias notables. Así, la de Guadalcanal estaba constituida por un único concejo, el de Guadalcanal, pues la aldea de Malcocinado prácticamente representaba una especia de cortijada ubicada en el baldío del mismo nombre, no adquiriendo entidad como aldea hasta la segunda mitad del XVIII. Por lo contrario, en la encomienda de Reina se diferenciaron claramente ya desde finales del XIII un complejo conglomerado de entidades jurisdiccionales integrado por la villa de Reina y los lugares de Ahillones-Disantos, Berlanga, Casas de Reina, Fuente del Arco, Trasierra y Valverde, la mayoría de los cuales alcanzaron el rango de villa entre el XVI y el XVII. Además, incluso cuando eran lugares, cada uno de estos pueblos disponía de un pequeño término (ejidos, dehesas privativas y tierras particulares) inmersos en los baldíos propios de la encomienda, representados estos últimos aproximadamente el 60% del total de sus términos (en el caso de Guadalcanal sólo el 40%). Por último, por si eran pocas los enredos jurisdiccionales que se daban en esta encomienda de Reina, dicha villa, Casas de Reina, Trasierra y, en cierto modo, Fuente del Arco, disponían de un término mancomunado, insolidium y proindiviso.
Bajo este marco hemos de considerar las relaciones entre ambas encomiendas, como fiel reflejo de lo acontecido en el resto del territorio santiaguista de la Extremadura leonesa. En efecto, no transcurrió mucho tiempo, entendemos que el justo hasta que la repoblación de la zona alcanzó cierta entidad, cuando aparecieron las primeras discordias entre las distintas circunscripciones surgidas de la primitiva donación de Reina e, incluso, entre los pueblos y asentamientos de una misma demarcación o encomienda. Estas discordias debieron acentuarse en tiempos del maestre don Fernando, el Infante de Aragón. Por ello, primero en 1428 y con posteridad en 1442, el citado maestre mandó a sus visitadores con la misión de poner paz y orden ante los sucesivos conflictos que iban surgiendo [v], especialmente determinados por los deslindes entre términos y por los aprovechamientos de baldíos interconcejiles, tanto entre los distintos concejos de una misma encomienda como entre los de diferentes encomiendas. De todo ello tenemos suficientes muestras en el que posteriormente se llamó partido histórico de Llerena [vi], pero en esta ocasión, como ya se ha remarcado, nos centramos en las discordias surgidas entre las encomiendas de Guadalcanal y Reina, para lo cual nos apoyamos en el definitivo pleito de 1670 [vii], cuyo desarrollo y probanzas nos remiten a documentos correspondientes a 1442, concretamente a una sentencia de los visitadores del infante de Aragón, firmada en Arroyomolinos de León, el 13 de junio de dicho año.
La sentencia aludida, asumida en su totalidad por el maestre-infante, trataba de poner fin a las diferencias entre Guadalcanal y Reina por los aprovechamientos de unas dehesas y de ciertos predios de los baldíos interconcejiles, que hubo que describir y deslindar en el desarrollo del pleito.

[i] A principio del siglo XV, siendo maestre Lorenzo Suáre­z de Figueroa (1387-1409), Villagarcía se eximió de la jurisdicción santia­guis­ta, pasando a los herederos del maestre Garcí Fernández de Villagar­cía (1385-87).

[ii] CHAVES, B. Apuntamiento legal sobre el dominio solar de la Orden de Santiago en todos sus pueblos, Madrid, 1740, facsímil de Ediciones “el Albir”, Barcelona, 1975.
[iii] MALDONADO FERNÁNDEZ, M. “El fuero de Llerena y otros privilegios”, en Revista de Feria y Fiestas Patronales, Llerena, 2000.
[iv] AMLl, Leg. 573, carp. 4: Antiguos Privilegios de Llerena.
[v] Real Ejecutoria a favor de la ciudad de Llerena sobre el pleito seguido en la Real Audiencia de la villa de Cáceres contra las villas de Aillones, Casas, Reina y otras (Fuente del Arco y Trasierra), sobre comunidad de pastos. Año de 1793. Transcripción de HORACIO MOTA sobre un documento sin localizar.
[vi] MALDONADO FERNÁNDEZ, M. “La comunidad de pastos en las tierras santiaguistas del entorno de Llerena”, en Actas de las III Jornada de Historia de Llerena, Llerena, 2002.

[vii] Concordia entre las encomiendas de Reina y Guadalcanal. AMG, leg. 483.
  
Publicado en las revistas de Reina y Guadalcanal, 2007
Manuel Maldonado Fernández