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domingo, 18 de diciembre de 2022

Referencias bibliográficas y documentales de Guadalcanal

Documentos sobre Enrique IV de Castilla y su tiempo

 Documento 178

         1445, agosto, 31. Ávila, iglesia de Santiago del Arrabal. Capítulo de la Orden de Santiago celebrado para la elección de maestre, por encontrarse vacante el maestrazgo por la muerte de Enrique, infante [de Aragón], y recayendo la elección en Álvaro de Luna, condestable de Castilla, conde de San Esteban. Se hallan presentes: Juan Díaz de Cornado, prior de Uclés, lugarteniente de maestre; Gabriel Manrique, comendador mayor de Castilla; García López de Cárdenas, comendador mayor de León; Fernando de Portugal, comendador de Oreja; Lope de Stúñiga, comendador de Guadalcanal; mosén Luis de Majares, comendador de Azuaga; Martín Pantoja, comendador del Corral [de Almaguer]; Gómez Mejía, comendador de Vecejate; Lorenzo de Figueroa, comendador de Mohernando; Alfonso de Robredo, comendador de Montemolín; todos ellos “son del número de los trece de la dicha Orden”; “y otros cavalleros y freires clérigos y legos della juntos capitularmente”. El maestre difunto fue sepultado en el monasterio de San Pedro Mártir de la ciudad de Calatayud, en junio de este mismo año, y había dispuesto que se hiciera capítulo para elegir sucesor a su muerte, lo cual decidieron hacer el prior y los miembros del capítulo para el día 2 de septiembre de 1445, estando presentes como testigos: Vasco Alfonso, subprior de Uclés y Montalbán; Juan Hurtado; Juan García, vicario de Segura [de León]; y Alfonso García, todos ellos clérigos freires de la Orden. El 2 de septiembre de 1445 se celebró definitivamente el capítulo, estando presentes: Juan Díaz de Cornado, prior de Uclés; Alfonso Fernández, prior de San Marcos de León; y los sobredichos “treces”, freires y caballeros, “juntos capitularmente en el coro de la yglesia mayor de dicha cibdad”. Por hallarse ausentes algunos de “los trece”, imprescindibles para la elección, hubo determinadas representaciones: Fernán Vázquez de Parada, comendador de Santa Cruz, estuvo representado por Rodrigo Manrique, comendador de Segura; Mendo de Quesada, por Lope Álvarez Osorio, comendador de Socovos; Alfonso Díaz, comendador de Rivera, por mosén García de Heredia, comendador de Ricote; Luis de Carranza, comendador de Ventoso, por Alfonso García Malaver, comendador de Cieja. “Los trece” eligieron por maestre de la Orden a Álvaro de Luna, quien aceptó, y lo comunicaron al capítulo; a continuación, juró el cargo en presencia de todos, tomándole la palabra el prior de Uclés. Entre las condiciones que hubo de jurar, destaca la de mantener los conventos y enfermerías según ordena la Regla de la Orden y del modo en que estaban desde el maestrazgo de Lorenzo Suárez [de Figueroa], así como la de guardar los derechos de los comendadores y de las casas como se habían mantenido desde el maestrazgo de Pelay Pérez Correa. Después se le instituyó canónicamente como nuevo maestre, con los ritos propios. Ante Fernán Sánchez, vicario de Santa María de [Ten]tudía y de Reina, notario del capítulo, y el bachiller Alfonso Sánchez de Ávila, notario público por la autoridad apostólica, estando presentes los siguientes testigos: Juan Carrillo, adelantado de Cazorla; el relator Fernando Díaz de Toledo, [oidor, refrendario y secretario real]; Fernando de la Cámara; Juan García, vicario de Segura [de León]; Vasco Alfonso, subprior de Uclés y Montalbán; y Ruy González. 

RAH, col. Salazar, 9/816 (ant. M-9), fol. 301-303. Copia de un amanuense de Salazar, sacada del archivo ducal del Infantado. Reg. Índice, vol. 30, p. 69.

 Documento 1678

         1462, noviembre, 2. Toledo. Acuerdo del Ayuntamiento de Toledo, sobre la prisión del comendador [de Guadalcanal, en la Orden de Santiago], Lope de Zúñiga, sobre haber forzado las puertas del convento de monjas de Santo Domingo, y quebrantado su clausura, para sacar a la fuerza a María de Guzmán, su mujer, que estaba depositada en dicho convento. 

RAH, col. Salazar, 9/1087 (ant. O-6), fol. 171-172v. Copia de letra del siglo XVII, obtenida del archivo de los condes de Villaverde. Reg. Índice, vol. 40, p. 468 

 Documento 1772

         1463, agosto, 25. Tendilla. Escritura de fundación del monasterio de Santa Ana de Tendilla, de la Orden de San Jerónimo, que otorgó Íñigo López de Mendoza, [I] conde de Tendilla, señor de Sangarrén, donando para ello su iglesia y ermita de Santa Ana a favor de fray Juan Melgarejo, como prior y en nombre de la comunidad de San Isidoro [del Campo, Santiponce], cerca de la ciudad de Sevilla, con el fin de realizar dicha fundación con monjes de este cenobio. También se recoge la toma de posesión de la ermita por el citado religioso, junto con fray Vasco de Guadalcanal y fray Gonzalo de Valderrama, profesos igualmente de San Isidoro del Campo, dejando al cargo del lugar a Juan González, trapero vecino de Tendilla, hasta que llegaran los monjes fundadores. Ante Juan Páez de Peñalver, notario público por las autoridades apostólica, real y arzobispal de Toledo, y los siguientes testigos: Diego González de Guadalajara, contador del conde de Tendilla; Alfonso Fernández Ballestero y Alfonso Martínez Mingote, escribanos reales; Martín García de Nicolás. 

RAH, col. Salazar, 9/808 (ant. M-1), fol. 128-128v. Copia simple de letra del siglo XVII. Reg. Índice, vol. 28, p. 262. RAH, col. Salazar, 9/808 (ant. M-1), fol. 129-131. Reg. Índice, vol. 28, p. 262 .

 Documento 1787

         1463, noviembre, 30. Llerena. Testamento otorgado por Juan Alfonso de Novoa, comendador [de los bastimentos de la provincia de León], en la Orden de Santiago, realizado ante Francisco Sánchez de Córdoba, escribano y notario público, y en el que dispone mandas sobre diversos bienes y rentas, algunos de ellos en Fuente de Cantos y Llerena [actual provincia de Badajoz], Guadalcanal [Huelva], Jaén y Los Hinojosos [Cuenca], para las siguientes personas: criados y criadas; su escudero Pedro de Arana; Catalina de Arana, quien le había atendido en sus enfermedades; su hija Inés; su nieta Teresa, hija de Juan de Mendoza y de su hija Isabel; su hija Teresa; su mujer María de Lara; su hija Isabel, esposa de Juan de Mendoza. Previamente, había renunciado a su encomienda a favor de su hijo Juan de Montealegre. Nombra como albaceas: el licenciado Miguel Ruiz de Talavera, su consuegro; el comendador Juan de Montealegre, su hijo; su nieto Fernando, hijo de Juan de Montealegre. 

RAH, col. Salazar, 9/808 (ant. M-1), fol. 216-217. Copia autógrafa de Salazar. Reg. Índice, vol. 28, p. 194.

 Documento 1789

         1463, noviembre, 30. Llerena. Extracto del testamento del comendador Juan Alfonso de Novoa: Enterramiento en la iglesia de Santa María. Celebración de misas por su alma y la de sus padres. Diversas mandas a sus criados. A su escudero Pedro de Arana, las primicias de Fuente de Cantos. Encarga a su hijo, el comendador Juan de Montealegre, y al licenciado, su consuegro, que cumplan con todas sus disposiciones y que acudan a Catalina de Arana con las primicias de Guadalcanal, a quien además otorga todos sus muebles. Se guarde la venta que hizo a dicho licenciado de sus bienes en los Finojosos, lugar de la Orden de Santiago, y en el Finojosal de Belmonte, lugar de Juan Pacheco, marqués de Villena. A doña Teresa, su nieta, hija de Juan de Mendoza y de su hija Isabel, cierta cantidad de dinero, joyas y plata que él dejó en poder de doña María Álvarez de Lara, su mujer, cuando salió de Socovos. A su hija Teresa ciertas cantidades de ajuar. Constituye heredera universal a su hija Isabel, mujer de Juan de Mendoza. 10) A su nieta Inés las casas de Jaén. Francisco Sánchez de Córdoba, escribano del rey y notario público de Llerena. 

RAH, Col. Diplomática de España, 11/9089, doc. 49. Sacado de Salazar, Historia de la Casa de Lara, tomo 4, pág. 616 .

 Documento 2033

         1465, junio, 20. Carrión. Carta de Juan Manrique, vicario general perpetuo en las vicarías de Santa María de Tudia y Reina, nombrando a Ferrand Matheos, clérigo de la iglesia de Señora de Santa María, de la villa de Guadalcanal, juez y vicario en dicha villa, perteneciente a la jurisdicción de sus vicarías. 

RAH, Col. Diplomática de España, 11/9089, doc. 104. Sacado de Bularium Ordinis Militaris Sancti Jacobi, p. 428.

 Documento 2247

         1466, agosto, 30. Toledo. Escritura de fundación del patronato del monasterio de Santa Catalina, de Toledo, por Lope de Zúñiga, comendador de Guadalcanal, en la Orden de Santiago. 

RAH, col. Salazar, 9/1087 (ant. O-6), fol. 173. Copia de letra del siglo XVII, obtenida del archivo de los conde de Villaverde. Reg. Índice, vol. 40, p. 468.

 Documento 2275

         1466. s.l. Noticia del patronato de Lope Ortiz de Zúñiga, comendador de Guadalcanal, de la Orden de Santiago, sobre el convento de Santa Catalina de Toledo. 

RAH, Col. Diplomática de España, 11/9089, doc. 150. Sacado de Maldonado, Bibliotheca del Marqués de Montealegre, fol. 134; en el Índice de los 14 tomos de Privilegios, tomo 6.

Documento 2713

         1469, octubre, 20. Los Santos. Noticia de la confirmación por el maestre [de la Orden de Santiago] Juan Pacheco de los privilegios, mercedes, franquezas, buenos usos, costumbres, fueros y sentencias de visitadores a favor de la villa de Llerena realizada en el Capítulo General. Añade la noticia de su confirmación por los Reyes Católicos en Tordesillas, el 6 de junio de 1494, según consta en los privilegios de dicha ciudad, que se encuentran en su archivo, con seis testimonios dados por Juan Joseph Murillo: el primero de la dehesa del Canchal; el segundo de la dehesa del Encinar; el tercero de los privilegios de la alcaidía y comunidad de pastos con Reina y Guadalcanal, y aprovechamiento en Maguilla; el cuarto, confirmación de todos los privilegios de Llerena por el maestre Juan Pacheco; el quinto, confirmación por los Reyes Católicos en 1494; el sexto, la sentencia sobre el ensanche y señalamiento de la dehesa para Llerena. 

RAH, Col. Diplomática de España, 11/9090, doc. 216. Sacado de Chaves, Apuntamiento legal, fol. 174v.

 Documento 3088

         1471, diciembre, 28. Toledo. Carta de desafío enviada por Lope Ortiz de Stúñiga, [comendador de Guadalcanal], por medio de Alonso Valiente, su trompeta y oficial de armas, a Pedro López de Ayala, conde de Fuensalida, [señor de la villa de Casarrubios], permitiéndole que escoja el lugar que quiera para el combate en sus propios lugares y tierras, e indicando que sólo llevará dos servidores que le armen y administren sus cosas. BN, Ms.res. nº 226-27. Original en una hoja en folio. Firma del otorgante. Carta partida por A, B, C. Reg. Índice, vol. 1, p. 462. RAH, col. Salazar, 9/440 (ant. F-34), fol. 30-33v. Copia manuscrita simple del siglo XVI. El original era una carta partida por A, B, C. Reg. Índice, vol. 20, p. 273- 

Documento 3091

        1471, diciembre, 29. Guadamur. Respuesta de Pedro López de Ayala, conde de Fuensalida, señor de la villa de Casarrubios, a Lope Ortiz de Stúñiga, comendador de Guadalcanal, quien le había mandado una carta de desafío por medio de Alonso Valiente, trompeta y oficial de armas del segundo, y que acepta. Firmada por el conde, con su sello y partida por A, B, C. 

RAH, col. Salazar, 9/440 (ant. F-34), fol. 33v-34v. Copia manuscrita simple del siglo XVI. El original era una carta partida por A, B, C. Reg. Índice, vol. 20, p. 273.

 Documento 3094

         1471, diciembre, 31. Guadamur. Segunda respuesta de Pedro López de Ayala, conde de Fuensalida, señor de Casarrubios, a Lope Ortiz de Stúñiga, comendador mayor de Guadalcanal. 

RAH, col. Salazar, 9/440 (ant. F-34), fol. 37-38. Copia manuscrita simple del siglo XVI. Reg. Índice, vol. 20, p. 273

Documento 3102

         1472, enero, 17. Toledo. Nueva réplica de Lope Ortiz de Stúñiga, comendador de Guadalcanal, a Pedro López de Ayala, conde de Fuensalida, señor de Casarrubios. Le acusa de rehuir el desafío de enfrentarse personalmente entre ellos, a pesar de haberle ofrecido que lo hiciesen en las tierras del conde. Dice que él [el comendador], sin embargo, ha demostrado su valentía en catorce desafíos con otros caballeros, de los que acudieron doce, y de ellos diez lo hicieron en paso de Órbigo, y los otros dos en Segovia y Roa, habiendo salido vencedor en todos los casos. Le dice que si finalmente se decide a entrar en combate con él y le mata [el conde al comendador], le dejará por universal heredero de todos sus bienes, en premio de caballería; si por el contrario, vence el comendador, se dará por contento simplemente con el galardón de la venganza y victoria; y se compromete a cumplirlo. 

RAH, col. Salazar, 9/440 (ant. F-34), fol. 38-40v. Copia manuscrita simple del siglo XVI. El original era una carta partida por A, B, C. Reg. Índice, vol. 20, p. 273.

 Documento 3901

         s.a., septiembre, 20. Villaverde. Carta de Juan II a Lope Álvarez de Henestrosa, comendador mayor de León [en la Orden de Santiago], “como aquél de quien mucho fío”, respondiéndole a la que le envió por medio de Manuel García, su criado, y ordenándole que se entreviste con el condestable [Álvaro de Luna] para tratar del servicio al monarca, además de hacerle merced de los bienes del comendador de Guadalcanal. Firmas del rey y del doctor Fernando Díaz de Toledo, oidor, refrendario y secretario real.

RAH, col. Salazar, 9/808 (ant. M-1), fol. 235-235v. Copia simple de letra del siglo XVII, obtenida del original en el Archivo de Écija y del traslado autorizado en el archivo del marqués de Peñaflor. Reg. Índice, vol. 28, pp. 268-269.

Nota.- Curiosamente en el documento 1787 en Llerena, a 30 de Noviembre de  1463, consta Guadalcanal como provincia de Huelva, consultado a la Universidad Carlos III, manifiestan que así consta en el documento que obra en su poder.

UNIVERSIDAD CARLOS III DE MADRID

COMITÉ ESPAÑOL DE CIENCIAS HISTÓRICAS 

domingo, 11 de diciembre de 2022

GUADALCANAL EN EL CATASTRO DEL MARQUES DE LA ENSENADA/4

Fernando VI y la nueva ley de impuestos

                                                     Cuarta parte

          Los textos de las preguntas y respuestas han sido transcritos respetando el contexto original.

 

28ª   A la vigesima octava pregunta…(Si hay algun Empleo, Alcabalas; ù otras Rentas enagenadas: à quien : fi fue por Servicio Pecuniario, ù otro motivo: de quanto fuè, y lo que produce cada uno al año, de que fe deberàn pedir los Titulos, y quedarfe con Copia)…dijeron: que en esta villa no ay rentas algunas enagenadas de la Real Corona y si no la de un ofizio de Alferez mayor perpetuo con voz y boto de regidor y asiento preeminente en el ayuntamiento desta villa que actualmente sirve Don Nicolas de Hortega y Toledo, y veinte y dos oficios de regidores tambien perpetuos desta villa; que los treze de ellos actualmente sirven en virtud de reales titulos por Don Francisco de Castilla y Miranda; Don Andres de Hortega Ponze de Leon; Don Ignacio de Hortega; Don Pedro de Hortega Inarte; Cristóbal Gonzalez Zancada; Cristóbal Jiménez Cavallero; Diego Jiménez Cavallero; Don Francisco de Castilla y Monsalve; Don Agustin Javier de Morales; Don Diego Maeda del Hoyo; Pedro de Heredia; Don Francisco Beneno y Alonso Lopez y los nueve restantes que no se sirven pertenecen a Don Juan Jiménez Canalo, presbitero; a Don Diego de Castilla, clerigo de menores; a Don Cristóbal de Arana Sotomayor; a Don Francisco de Fuentes Freire; a Don Alonso Yanes de la Calva, presbitero; a Don Diego de Galvez Rubio; a Don Melchor de Ayala y Sotomayor; a Don Luis Hidalgo, clerigo de menores y a Don Melchor de Cabrera, presbitero por cuios oficios no ay destinado salario alguno y todos se enagenaron por servicio pecuario, como tambien el ofizio de veedor y obrero mayor de casas, fuertes y castillos en las encomiendas desta provincia de Leon, que tiene de salario al año dos mil novecientos cuarenta y un reales y seis maravedises y pertenece a Don Melchor de Ayala Sotomayor, y tambien se halla enagenada de la Real Corona la renta de la mohina[11] que pertenece a esta villa en virtud del Real Privilegio de S.M., como tambien la facultad de hazer la eyecciones de los oficios de Justicia desta villa, y asi mismo que se hallan enagenados de la Real Corona la escribanías publicas y del ayuntamiento desta villa; que en virtud de Real Privilegio pertenecen y juntamente la facultad de percivir la mitad del diezmo de las especies de trigo, zevada y vino del hospital de la Sangre, extramuros de la Ciudad de Sevilla y que se persuaden a que todo se habra enagenado por algun servicio pecuniario. 

29ª  A la vigesima nona pregunta…(Quantas Tabernas, Mefones, Tiendas, Panaderias, Carnicerias, Puentes, Barcas fobre Rios, Mercados, Ferias, &c. hay en la Población, y Termino: à quien pertenecen, y què utilidad fe regula puede dar al año cada uno)…dijeron: que en esta villa ay tres tavernas, puertos o ventas publicas, una de vino al cargo de Joachin Jiménez que conforme a su postura y remate paga de adeala[12] a esta referida villa quatro mil cuatrocientos reales y le queda de utilidad al año seiscientos reales; y otra de aguardiente que administra en esta referida villa por cuios productos paga a S.M. (que Dios guarde) quatro mil setenta y seis reales y no le deja utilidad alguna; el abastecedor del jabon le tiene arendado a Don Antonio Morillo Casaus, vezino de la Ciudad de Llerena que paga seis mil reales a esta referida villa y cincuenta reales a Joseph del Barco su vendedor le deja de utilidad mil reales; el del bacalado que corre a cargo de Juan Lozano y paga cuatrocientos reales a esta referida villa, le deja de utilidad al año ciento y cincuenta reales; una carniceria publica en casa propia del conzejo de esta referida villa en que se vende por obligación carne de baca, de macho carnero y cabra, según los tiempos, cuio abasto esta al cargo de Antonio Marquez , en que se incluye el ramo de carne del puerco fresco, que paga de productos de esta referida villa mil y cien reales, le deja de utilidad al año quinientos y cincuenta reales. Asi mismo esta arrendada la Alcavala del Viento[13] a Pedro Lopez Palomo en seis mil reales que paga en esta referida villa y le queda de utilidad al año seiscientos reales; los pesos y medidas estan arrendados a Juan Carrion en trescientos y noventa reales que paga a esta referida villa y le queda de utilidad al año trescientos reales; la romana[14] esta arrendada a Christoval Espino Carrascal en mil doscientos y treinta reales que paga a esta referida villa y le queda de utilidad al año cien reales; la medida en que miden el vino que llaman la Mohina esta arrendada a Clemente Miguel en mil y diez reales que paga a esta referida villa y le queda de utilidad al año cincuenta reales; tres mesones propios, dos del Combento de Religiosas del Espiritu Santo desta villa, cuio arriendamiento annual de cada uno le vale ciento cuarenta y tres reales y el otro de Don Rodrigo de Castilla y Monsalve vezino desta referida villa cuio arrendamiento annual le vale ciento sesenta y cinco reales; ay doze tiendas de sedas, lanas , lienzos y especias que estan al cargo de Don Bernardo Perez, Don Felix Martinez, Don Juan del Marmol, Luis Francisco Pinto; Antonio Diaz, Narciso del Mármol, Don Joseph Chirstoval, Francisco Rodríguez Merino, Baltasar Gonzalez y Silvestre Christoval; Ay una feria en el termino desta villa y sitio de Nuestra Señora de Guaditoca que dista de su población legua y media y que se celebra en los dias de Pascua del Espiritu Santo[15] cuio producto de sus adealas y cientos que se arriendan con la alcabala del viento y regularmente en el de dos mil y doscientos reales; y no ay puente alguno, ni barcas sobre rios ni arroyos. 

30ª   A la trigesima pregunta…(Si Hay hospitales, de què calidad, què Renta tienen, y de que fe mantienen)…dijeron: que ay un hospital que llaman de la Caridad que sirve para curar a enfermos pobres a consta de sus rentas y algunas limosnas que se piden; otro llamado de Santiago que sirve para hospedaje de pobres mendigos pasajeros cuias rentas de uno y otro constaron en las relaciones de sus respectivos administradores a que se remiten. 

31ª   A la trigesima prima pregunta…(Si hay algun Cambista, Mercader de por mayor, ò quien beneficie fu caudal, por mano de Corredor, ù otra perfona, con lucro, è interès; y que utilidad fe confidera le puede refultar à cada uno al año)…dijeron: que en esta villa no ay algun cambista, mercader de por mayor o quien beneficia su caudal por medio de corredor, ni otra persona con lucro o interes.

 Notas.-

[11] Mohina: medida de vino

[12] Adeala: Adehala: Lo que se da de gracia o se fija  como obligatorio sobre el precio de una cosa.

[13] Alcabala del Viento: impuesto que se pagaba de todas las cosas vendidas que entran de fuera en un lugar donde se cobra.

[14] Romana: instrumento para pesar.

[15] Pascua del Espíritu Santo o Pentecostés: Festividad del Espíritu Santo que celebra la Iglesia el domingo, quincuagésimo día que sigue al de Pascua de Resurrección, contando ambos y fluctúa entre el  10 de mayo y el 13 de junio

 Rafael Ángel Rivero del Castillo

Toledo, marzo de 2008

domingo, 4 de diciembre de 2022

El campanero de Guadalcanal

Una historia llena de historias

Redacción

    Marcan las horas del reloj, a las en punto, a las y cuarto, y a las y media también. Cada Domingo de Ramos nuestro corazón repiquetea a su ritmo. ¿Están doblando? ¿Quién ha muerto? Es nuestro día a día, con lo que nos hemos criado, lo que hemos aprendido. No es otra cosa que el lenguaje de las campanas.

    Aunque nadie haya caído en ello, es este un medio de comunicación. Nos informan, nos hacen saber distintos acontecimientos. todo su esplendor se mecaniza, sino que conserva esa parte auténtica, entrañable y única que supone tocar las campanas a mano.

    Miguel Nieto, conocido por sus bellas fotografías en nuestra localidad quiso realizar un testimonio gráfico desde el mismo campanario. Por eso acompañó en uno de esos días marcados en el calendario a Cayetano, quien se ocupa de este noble arte de las campanas. Pero más que un testimonio gráfico se trajo una bonita historia que hoy nos relata en Guadalcanal información.

    Antiguamente era normal que en los pueblos y ciudades existiera la figura del Campanero en las Iglesias, hoy ya todo ha cambiado, con una aplicación informática o unos botones en la sacristía ya se programan.
    Pero aquí en Guadalcanal tenemos la suerte de tener a uno, cosa que mucha gente lo desconoce totalmente.

    Cayetano es un hombre afable y cordial que invitó a Miguel a subir un par de veces a la torre de Santa María. Lo hizo el sábado de feria y el día de la procesión del viernes de romería de septiembre de este año para que pudiera hacer lo que más le gusta, un reportaje fotográfico a su quehacer y un vídeo.

    A sus 71 años cumplidos Cayetano sigue tocando manualmente las campanas de la torre. Él mismo se ha preparado un “estaribé” de escaleras, tablones y ladrillos atado con cuerdas aquí y allá para subirse y así poder pasarse por la espalda las sogas. De esta manera puede maniobrar con ambos brazos el repiqueteo de las campanas al unísono. Todo esto lo hace con el cuerpo casi al aire frente a los huecos del campanario. Ni que decir tiene que es un espectáculo verlo en acción. Cuenta Cayetano que un hombre, “Larita”, cantaba las misas y un tal Morente tocaba el órgano. A Cayetano le daban unas “pesetillas” hasta que se fue al campo con 12 años, y así ha seguido hasta nuestros días. Salía de los escolares antes del mediodía para tocar el Ángelus. Hoy únicamente toca en Domingo de Ramos, procesiones de Guaditoca y el Corpus Christi.

    Quizás sea el único campanero en muchos kilómetros a la redonda y a lo mejor será el último en Guadalcanal. Un oficio casi perdido como muchos otros. Lejos queda ya cuando siendo monaguillo y cura D. Félix, un tal "Sanani" (sobrino de un sastre), pocos años antes de jubilarse le enseñara para siempre el curioso y misterioso repique de campanas que todos conocemos y que del cual no se sabe si tiene nombre ni autor. Podría tener más de un siglo de antigüedad esa melodía.

    Cayetano merece todo un reconocimiento por su labor despreocupada porque él disfruta haciéndolo… mientras pueda claro, el Campanero de Guadalcanal.

Fotografías y experiencia: Miguel Ángel Nieto

Guadalcanal Información. Año VI número 277
Lunes, 17 de octubre de 2022

    Desde la semana pasada el toque manual de campanas español forma parte desde hoy de la Lista Representativa de Patrimonio Cultural Inmaterial de la Humanidad de la UNESCO. La decisión ha sido adoptada por el Comité del Patrimonio Cultural Inmaterial de la UNESCO reunido en Rabat (Marruecos).

domingo, 27 de noviembre de 2022

GUADALCANAL EN EL CATASTRO DEL MARQUES DE LA ENSENADA/3

Fernando VI y la nueva ley de impuestos

                                                                Tercera parte

          Los textos de las preguntas y respuestas han sido transcritos respetando el contexto original.  

18ª   A la dezima octava pregunta…(Si hay algun efquilmo en el Termino, à quien pertenece, què numero de Ganado viene al Esquileo à èl, y que unidad fe regula dà à fu Dueño cada año)…dijeron: que el producto de ganados se regula de la forma siguiente: a cada siete ovejas finas una arrova de lana, que unos años con otros vale cuarenta y dos reales; tres crias por no hacerse queso que cada una vale a los seis meses ocho reales al año, doze a los dos; Diez y ocho la hembra de que no para y a los tres el carnero vale veinte y quatro reales; cada nueve obejas vastas producen una arrova de lana que regularmente vale veinte y quatro reales, tres crias que a los seis meses vale cada una a seis reales a el año, onze a los dos ,la hembra quinze la que no para y el carnero o borro diez y seis; y a los tres el carnero veinte y dos; cada cinco carneros finos regulan una arrova de lana que vale el referido precio y cada siete daran otras arrova; a cada puerca de cria se le consideran al año quatro lechones que a los seis meses vale cada uno quinze reales al año, treinta a los dos, setenta a los tres; si se queda para casta setenta y cinco y si se engorda puede producir ocho arrovas de carne, que a quinze reales vale ciento veinte; una baca cada dos años, una cria que vale a el año noventa reales, a los dos ciento cincuenta, a los tres siendo embra doscientos y veinte reales y el macho doscientos sesenta y quatro; la yegua cada dos años una cria, que al año vale cien reales, a los dos ciento noventa, al os tres el potro doscientos cinquenta y la potranca trescientos; por la trilla cada yegua, quatro fanegas de trigo y dos de zevada; de cada cabra de año una cria que a los seis meses vale diez reales, a el año quinze, a los dos veinte y dos de que no para ; el macho a los tres treinta reales; de leche a la cabra tres reales a el año; una juncia de bueyes se le regula por sementeras y varvechera, si se arrendaran doscientos reales y a la de bacas ciento; y que los que hay en esta villa solo sirven a la lavor de sus dueños; cada cavalleria mayor regulan en cada año trescientos y veinte reales y a la menor ciento y sesenta , a ezepcion de los labradores, que estos solo estan designados para ala asistencia de la lavor; que una hembra produce cada dos años una cria que a el año vale seis ducados y a los dos diez, a los tres doze; que no ay esquileo alguno, pues cada individuo lo practica en su casa. 

19ª   A la dezima nona pregunta…(Si hay Colmenas en el Termino, quantas, y à quien pertenecen)…dijeron: que en todo el referido termino ay setecientas sesenta y dos colmenas que pertenecen veinte a Don Pedro Caveza, clerigo de menores; cinquenta y una a Don Joseph Cabrera, presbitero; quinze a Don Agustin de carvajal, vezino de la Ciudad de Llerena; sesenta y seis a Don Jeronimo Morales, vezino Della; diez y nueve a Don Pedro Zevallo, presbitero vezino de dicha Ciudad; diez y seis a Don Fernando Cabrera; treinta y quatro a Juan Yanes Cañizares; veinte a Don Pedro Chacon; catorze a Don Joseph Yanes Camacho, presbitero vezino de Madrid; sesenta y seis a Juan Francisco Colmenar, vezino de Valverde; cuarenta y dos a don Juan Gonzalez Ramos, presbitero, vezino desta villa; tres a Don Manuel Zevollo Ramos, presbitero de la villa de Valverde; cuarenta y ocho a  Don Manuel Gomez Trigueros, presbitero; seis a Don Miguel Calado, clerigo de menores; veinte a Don Joseph de la Rocha, presbitero; tres a Don Juan Ignacio de Burgos; presbitero; veinte y cinco a Manuel Garcia; veinte y tres a Miguel Jerónimo Escutia; cinquenta y seis a Don Rodrigo Yanes, Presbitero; siete a Don Ignacio de Burgos Presbitero; Quatro a Antonio Espino; veinte a Don Francisco de Castilla; doze a Don Francisco Calderon Presbitero; Nueve a Don Joseph Bazquez, presbitero; ocho a don Miguel Gonzalez Trigueros, Vezino de Madrid; quatro a Don Jerónimo de la Fuente, presbitero; diez y ocho a la Cofradia de Nuestra Señora de la Consolacion ; Cinquenta y siete a Francisco Navarro, presbitero vezino de la Ciudad de Llerena; treze a Don Francisco de Fuentes; veinte y tres a Sebastián Muñoz; catorze a Sebastián Rodríguez y cada una  regula unos años con otros, en miel, cera, enjambre deja el producto diez reales al año. 

20ª     A la vigesima pregunta…( De què especies de Ganado hay en el Pueblo, y Termino, excluyendo las Mulas de Coche y Cavallos de Regalo; y fi algun Vecino tiene Cabaña, ò Yeguada, que pafta fuera del Termino. Donde, y de què numero de Cabezas, explicando el nombre del Dueño)…dijeron: que en esta villa y su termino ay ganado lanar, bacuno, de zerdo, cabrio, yeguar, mular y asnal que pasta en las dehesas que comprende y demas terminos en que tiene comunidades de pastos, y fuera de el no ay cavaña, ni yeguada alguna que pertenezca a vecinos desta villa. 

21ª    A la vigesima prima pregunta…( De qué numero de Vecinos fe compone la Población, y quantos en las Cafas de Campo, ò Alquerias)…dijeron: que el numero de vecinos de que se compone la población desta villa asciende a el de mil y cincuenta, en que se incluyen ocho que avitan en el cortijo de Malcocinado, que no ay mas casas de campo o alquerias. 

22ª    A la vigesima segunda pregunta…( Quantas cafas havrà en el Pueblo, que numero de inhabitables, quantas arruinadas; y fi es de Señorio, explicar fi tienen cada una alguna carga, que pague al Dueño, por el establecimiento del fuelo, y quanto)…dijeron: que esta villa tendra setecientas trece casas, en cuio numero se incluyen onze arrimadas y seis consistentes en el sitio de Malcocinado, que todas a excepcion de la arruinadas actualmente se avitan. 

23ª    A la vigesima terzia pregunta…(Que Propios tiene el Comun, y à què afciende fu producto al año, de que fe deberà pedir justificante)…dijeron: que los Propios desta villa consisten en las casas consistoriales situadas en la plaza publica della y una de sus piezas sirve de Carcel Real ; otra casa en la calle de Santa Clara que sirve de carnicería publica; otra casa a la calle de la plaza que sirve de matadero, cuias tres alajas no dejan otro producto que el de sus respectivos ministerios y la ultima esta gravada con un zenso redimible de noventa y seis reales de redito annual, que se paga a la fabrica de la Iglesia de Santa Maria la Mayor desta villa y con otro tambien redimible de ciento treinta y un reales que se paga al hospital de la Caridad desta villa; otra en la calle de la plaza que sirve de panera para entrojar el trigo al posito que es el producto que deja; una dehesa de pasto de cavida de Diez mil ochocientas y veinte fanegas de trigo de puño en sembradura u de ella doscientas pobladas de monte hueco de enzina conocida por el sitio del enzinar y tiene la carga del ganado  Yeguar del comun vecinal desta villa, que la pastan y aprovechan libremente, y las yerbas sobrantes con el fruto de bellota de sus montes, en los cinco ultimos invernaderos que tubieron principio desde San Miguel del año de mil setecientos cincuenta y dos inclusive, han importado según sus arredamientos setenta mil reales; otra dehesa de pasto llamada de la Vega de cavida de ziento y treinta fanegas de trigo de puño en sembradura cuio producto en el ultimo quinquenio, según sus arrendamientos ha sido el de seiscientos reales; otra dehesa de pasto llamada del Postigo de cavida de trescientas fanegas de trigo de puño en sembradura, cuio producto en el ultimo quinquenio según sus arrendamientos ha sido el de trescientos y onze reales; otra dehesa de pasto llamada de Estevan Yañez de cavida de ciento veinte fanegas de trigo de puño en sembradura cuio producto en el ultimo quinquenio, según su arrendamiento ha sido el de cuatrocientos y veinte reales; otra dehesa llamada la Zarza, de pasto, de cavida de ciento y ochenta fanegas de trigo de puño en sembradura, cuio producto en el ultimo quinquenio según su arrendamiento ha sido el de dos mil cuarenta y dos reales; otra dehesa de pasto llamada Santa Marina de cavida de ciento ochenta fanegas de trigo de puño en sembradura, cuio producto en el ultimo quinquenio ha sido el de doscientas y cuarenta reales; otra dehesa de pasto llamada Plasenzuela de cavida de ciento y cinco fanegas de trigo de puño en sembradura, cuio producto en el ultimo quinquenio según sus arrendamientos ha sido el de tres mil quinientos y diez y seis reales; otra dehesa de pasto llamada de Monforte de cavida  de mil y cuarenta fanegas de trigo de puño en sembradura cuios terrazgos y diezmo entres años del ultimo quinquenio han producido ochocientos treinta y nueve reales y en los otros dos que se vendieron sus yerbas trescientos reales; estan gravados los referidos propios con un zenso redimible de siete mil quinientos y veinte y cuatro reales de redito annual que se paga al combento de religiosas del Espiritu Santo desta villa con otro tambien redimible de mil sesenta y nueve reales y catorze maravedíes que de redito annual se paga al referido combento y con otro tambien redimible de ochocientos ochenta y dos reales y doze maravedises de redito annual que se paga a otro combento. Asi mismo tiene por propios de la otra villa la renta de la Mohina que en el ultimo quinquenio ha producido onze mil setecientos y treinta reales; por la renta del peso de la lana que en los quatro ultimos años ha producido setecientos ochenta y quatro reales; la de pesos u medidas que en el ultimo quinquenio ha producido mil seiscientos cuarenta y dos reales; las rentas de la romana que en el ultimo quinquenio ha producido seis mil setecientos y cinco reales cuios propìos regulados por el ultimo quinquenio que comprenden los años de mil setecientos cuarenta y ocho, mil setecientos cuarenta y nueve, mil setecientos cinquenta, mil setecientos cinquenta y uno y mil setecientos cinquenta y dos, ascienden a ciento diez y seis mil sesenta y seis reales cuia cantidad repartida entre los referidos cinco años sale cada uno con veinte y tres mil doscientos y treze reales, seis maravedises y quatro quintos de otro.

 

24ª   A la vigesima quarta pregunta…( Si el Comun disfruta algun Arbitrio, Siffa[9] u otra cofa, de que debera pedir la concefsion, quedandofe con Copia, que acompañe estas Diligencias: què cantidad produce cada uno al año: a que fin fe concediò, fobre que especies, para conocer fi es temporal, o perpetuo, y fi la producto cubre , o excede de fu aplicación)…dijeron: que esta villa  no disfruta de arbitrios, sisa , ni cozesion alguna. 

25ª   A la vigesima quinta pregunta…(Qué gastos debe satisfacer el Comun, como Salario de Justicia, y Regidores, Fiestas de Corpus, ù otras: Empedrado, Fuentes, Sirvientes, &c. de que fe deberà pedir Relacion authetica)…dijeron: que los salarios que el conzejo desta villa annualmente paga y gastos ordinarios y extraordinarios que regularmente haze son los siguientes: al predicador de cuaresma en remuneración de su trabajo trescientos reales; al organista de la Iglesia Parrochial de Santa Maria la Mayor trescientos y cincuenta reales; a la colecturia[10]de Santa Maria la Mayor por la asistencia  a las funciones de Iglesia de San Gregorio, San Atanasio, San Roque y desagravios que en ella  celebra la villa, cincuenta y seis reales; a la persona que govierna el reloj por su salario azeite necesario doscientos y seis reales; a los escribanos de Ayuntamiento, mil y cien reales; a los ministros ordinarios seiscientos reales; al peon publico ciento treinta y dos reales; en papel sellado, veredas y otros gastos setecientos cincuenta y seis reales; a la fabrica de la Parrochia de Santa Maria la Mayor de la villa, de redito de un zenso noventa y seis reales; al hospital de la Caridad de la villa de redito de un zenso ciento treinta y un reales y doze maravedises ; al combento de religiosas del Espiritu Santo desta villa de reditos de tres zensos ocho mil quinientos setenta y cinco reales y veinte y cinco maravedises; del quatro por ciento y mitad de arvitrios, trescientos setenta y tres reales; por la alcavala de las yerbas de sus dehesas quinientos y cuarenta y dos reales; a la Audiencia de Mesta cuatrocientos setenta reales y veinte y quatro maravedises. 

26ª   A la vigesima sexta pregunta…(Què cargos de Justicia tiene el Comun; como Cenfos, que respondan, u otros, fu importe, por què motivo, y à quien, de que fe debera pedir puntual noticia)…dijeron: que los propios de la villa como tienen declarado, respondiendo al articulo o pregunta veinte y tres, estan gravados con tres censos redimibles que se pagan al Combento del Espiritu Santo desta villa; el uno de siete mil quinientos veinte y quatro reales de redito; el otro de mil sesenta y nueve reales  y catorze maravedises de redito y el otro de ochocientos ochenta y dos reales y doze maravedises de redito; y con otros dos zensos redimibles uno de noventa y seis reales de redito annual que se paga a la fabrica de la Iglesia parrochial de Santa Maria la Mayor desta villa y otro de ciento treinta  y un real y doze maravedises de redito annual que se paga al hospital de la Caridad desta villa. 



27ª A la vigesima septima pregunta…(Si efta cargado de Servicio Ordinario, y Extraordinario, ù otros, de que igualmente fe dèbe pedir individual razon)… dijeron: que el comun de vecinos desta villa con los dos mil novecientos cincuenta y ocho reales y veinte y dos maravedises que se pagan al año de servicio ordinario y extraordinario, no esta cargado pues no les consta haya havido queja ni recurso sobre su minorazion.

Notas.-

[9] Siffa: Sissa: Sisa: Gravamen sobre ciertos productos alimenticios consistente en la rebaja de los pesos y medidas empleados.

[10] Colecturía: oficio de colector de las limosnas de la misas.

 Rafael Ángel Rivero del Castillo

Toledo, marzo de 2008 

domingo, 20 de noviembre de 2022

Una prensa de Guadalcanal de finales del siglo XIX o principios del XX.

 


Utilizada en El Banco Español de Crédito
  


    Mi natural curiosidad e interés por los museos etnográficos, (que espero que si el Ayuntamiento de Guadalcanal nos cede un edificio apropiado sea una realidad en nuestro pueblo) me hizo visitar hace un tiempo el MUSEO HISTÓRICO-ETNOGRÁFICO de Villafranca de los Barros (Badajoz). El edificio que ocupa el Museo, desde marzo de 2013, data del siglo XVIII, es un claro ejemplo de una casa solariega de la zona sur de Extremadura. Albergó el Ayuntamiento en sus últimos cincuenta años.
    Encontré una pieza rotulada con el nombre de procedencia de Guadalcanal, que naturalmente me llamó la atención. Se trata de una prensa de hierro fundido y madera procedente de la colección Pinilla-Montero, que la han cedido al museo y cuyo propietario original es Fernando Hernández. que la rescató de una vieja oficina de Banesto de Guadalcanal (Sevilla). Por el tipo de prensa, material utilizado y modelo de la misma, se calcula que la fecha de fabricación fue a finales del siglo XIX o principios del XX.
    Estas prensas llamadas copiadoras de cartas y documentos, fue la antecesora de las actuales fotocopiadoras. Las prensas copiadoras, estaban hechas en hierro fundido y madera. Su estructura la formaban dos cuerpos, una base plana y fija, y la cubierta móvil que empujada por un husillo baja al girar una manija para presionar el Libro Copiador. Por su peso, iban colocadas sobre mesas o plataformas a las que se atornillaban, en el caso de la del museo de Villafranca, parece que está montada sobre una sencilla mesita de noche, no sabemos si es la mesa original que estaba en el banco de Gudalcanal, o en su caso, fue montada para su exposición.
    Estas prensas tuvieron un gran auge a partir de 1929, ya que según disponía el Código Mercantil, las empresas debían tener, entre sus libros oficiales de contabilidad con un Copiador de Cartas y Telegramas, en el cual se debían calcarse en sus páginas, legalmente selladas y numeradas, todo este tipo de correspondencia de forma cronológica, no pudiendo utilizarse las hojas intermedias que, por error, hubiesen quedado en blanco. Este libro debía ser custodiado por el administrador de la empresa y el caso de las entidades bancarias, por su director y presentado al ser requerido por la administración pública.
    Al final de cada jornada laboral los ordenanzas o subalternos colocaban sobre las páginas del libro que correspondiesen las copias de tales escritos, de finísimo papel cebolla, escritas a máquina mediante papel carbón. Tras ello, se cubrían con un fino paño blanco ligeramente humedecido, se cerraba el libro, se introducía en la prensa y se le sometía a la máxima presión posible hasta el siguiente día en que, a primera hora, se aflojaba el torniquete, se sacaba el libro, se retiraban las copias y se comprobaba si el texto había quedado perfectamente estampado en su página correspondiente; para proceder a un nuevo proceso de copiado, al finalizar esa jornada. No siempre el resultado era el más óptimo, pues la dificultad de manejo de la prensa y si esfuerzo requerido en el proceso no era el adecuado, producía emborronamientos, dificultando la lectura de algunos documentos.
    Fermín Estrella Gutiérrez, escritor almeriense, nacido en 1900, recordaba en su libro Memorias de un niño de Almería, la manera de utilizar la Prensa y los Libros Copiadores, en la oficina de su padre “Me gustaba mucho ver al empleado de papá mojar con la amplia y chata brocha el papel de seda del libro copiador, colocar, luego, debajo, la hoja escrita a máquina o manuscrita y poner luego sobre la hoja húmeda del copiador el secante rosado y la tela absorbente, para prensar por último el copiador en la prensa de hierro.” La popularización del papel de calco en las primeras décadas del XX, fue haciendo obsoleta esta técnica de copia.
    Hasta 1973 no se exoneró a las empresas de la llevanza del Libro Copiador de Cartas y Telegramas; por lo que desde entonces las prensas como estas fueron relegadas de sus funciones, pasando a ser piezas curiosas de la arqueología industrial y comercial.
    El Banco Español de Crédito de Guadalcanal fue una referencia durante 85 años la localidad, hay algunos datos explorados que recordamos:
    Como curiosidad, decir que, durante la Guerra Civil, el Banco Español de Crédito en Guadalcanal se desalojó y permaneció cerrado durante algo más de un año. En su interior tan solo quedó esta prensa y la caja fuerte con una peseta en su interior, para que sirviera como asiento contable inicial al reanudarse las operaciones bancarias.
En la calle Del Costalero nº 2, que en tiempos de la dictadura se la conocía como General Mola y anteriormente San Bartolomé, estuvo instalada la oficina bancaría de Banesto durante décadas, pero anteriormente fue sede del Banco Agrícola de Labradores de Guadalcanal, entidad pionera con carácter local promovida por el médico D. José Torrico y López Calero. Existe un acta entre la documentación conservada por el patronato de la “Fundación Banco Agrícola de Labradores de Guadalcanal” datada el 5 de Julio de 1924 firmada por los administradores interinos D. Marciano Mirón y Villagrán, D. Tomás Ramos y Fernández y D. Pascual Castillón de la Rosa, en ella, entre otras cosas dice: Se contabiliza un arqueo de la caja principal de 627 pesetas y cincuenta y cinco céntimos”, igualmente se describe: en cuanto al mobiliario existe un despacho de madera de nogal compuesto por una mesa, un sillón y cuatro sillas del mismo material, un armario donde están depositados los libros contables, un utensilio destinado a duplicar documentos y otros muebles y enseres de menor valor. Este utensilio de duplicar documentos bien podría tratarse de la prensa que nos ocupa.
Empleados del Banesto en su primera ubicación. En el centro "El Chato" que tenía el bar cerca del banco y a la derecha (con sombrero) Francisco Martínez
    A continuación, tomando los datos del blog de Ignacio Gómez Galván y copiado posteriormente en otro blog llamado “Yo trabaje en Banesto”, reproducimos algunos datos de interés de la trayectoria de esta entidad bancaria en Guadalcanal:
    -El 18 de diciembre de 1931, la prensa se hacía eco de la siguiente noticia: …el Banco Español de Crédito tiene ya sucursales, agencias, interés y delegaciones sembradas por el suelo patrio, actualmente se une a esta idea y compromiso de trabajo la agencia abierta en Guadalcanal (Sevilla)… Por aquellas fechas, Guadalcanal tenía 7500 habitantes” ´.
- El banco cambió varias veces su ubicación. De esta primera que aparece en la fotografía, pasó a la casa de Paco Urbano en la calle Mesones y después cuando Víctor Jaurrieta hizo la obra en el antiguo taller de los Núñez, volvió otra vez a la calle Costaleros, pasando hace poco más de un año a la calle San Sebastián.
    Continuaba mi amigo Ignacio relatando sus recuerdos:
   “Recuerdo a Emilio Aranda como uno de los primeros directores que conocí, siempre con su periódico ABC en la mano y asomándose de vez en cuando para ver el trabajo de los empleados. Sí, digo empleados, aunque en los últimos años sólo encontrábamos a uno para atender a los clientes, a mi amigo Rafael Martínez (Pai).”
    “Cuando empecé a trabajar con Pepe Chaves, iba al banco dos o tres veces cada día, ya que me encargaba del cobro de letras de cambios del Banco Hispano Americano, del que Chaves era corresponsal. Allí encontraba cada día además de al director, a Lorenzo Blanco, que entonces era apoderado y después fue también director. Estaba Jesús Amigo (Jesuli, padre de Vicente Amigo), Manuel Madrid, Arroyo, Pepe Checa… y como no, Francisco Martínez, más conocido por Paco el del banco, con su latiguillo cada dos por tres de: “Eh nene... Eh nene”.
Por otra parte, Ignacio José Rivero Gallardo, nos comenta en su blog “Yo trabajé en el Banesto:
Yo soy nacido en mi Guadalcanal, pueblo al que jamás renuncio, aunque salí de allí con 5/6. años. Recuerdo a Paco el del Banco, era amigo de su hijo Rafa, que vivían en la esquina de la Iglesia de la Concepción, yo vivía en la calle Guaditoca. Recuerdo la tienda que tenía la mujer de Paco, que quiero recordar que se llamaba Elena, la tienda de Elena la del Cantillo, por cierto, que vendía un buen café en grano. Por todo ello reitero los comentarios de todos, Juanjo Villa, buen compañero, yo también pertenecí durante 40 años a la gran familia Banesto, y mejor amigo, aun seguimos compartiendo ratos de copas y comida,”

Fuentes. – Asociación Cultural Benalixa, MUSEO HISTÓRICO-ETNOGRÁFICO de Villafranca de los Barros, Blog ,Yo Trabajé en el Banesto y Hemerotecas.
Fotos. - Ignacio Gómez y Autor.

domingo, 13 de noviembre de 2022

GUADALCANAL EN EL CATASTRO DEL MARQUES DE LA ENSENADA/2

 


Fernando VI y la nueva ley de impuestos

                                                 Segunda parte

      Los textos de las preguntas y respuestas han sido transcritos respetando el contexto original.

12ª  A  la duodécima pregunta…(Què cantidad de Frutos de cada genero, unos años con otros, produce, con una ordinaria cultura, una medida de la Tierra de cada efpecie, y calidad de las que huviere en el Termino, fin comprender el producto de los Arboles, que huvieffe)…dijeron: que una fanega de tierra de trigo de puño en sembradura de primera calidad, con una ordinaria cultura regulados unos años con otros y todas las semillas que en ella se siembran asciende al valor de siete fanegas de trigo; la de segunda calidad con la misma regulación y computo a cinco fanegas  y la de terzera calidad a tres fanegas y que el modo de terrazgar las rentas de las tierras tanto de las obras pias y monasterios como de la de seglares en la que dista un quarto de legua de la población de cada seis fanegas queda de fruto una y la que dista media legua de cada ocho fanegas una y de las demas de diez una; y que la fanega se siembra de puño de la primera calidad que es de la que tan solo ay; en este termino la huerta de hortaliza produze annualmente trescientos reales y se arrienda en ziento veinte reales al año. 

13ª  A la dezima tercia pregunta…(Què producto fe regula daràn por medida de Tierra los Arboles que tuviere, fegun la forma, en que eftuvieffen hecho el Plantio, cada uno en fu especie)…dijeron: que el plantio de frutales correspondiente a una fanega de trigo de puño en sembradura, que se ha regulado a sesenta arvoles fructiferos, producira annualmente trescientos reales y se arrienda en ciento y veinte reales, esto es de la primera calidad que es de la que hay; la plantada de olivos en igual numero de pies de la primera calidad regulando unos años con otros de cada uno produze quinze arrovas de azeite y cada pie vuelto tres reales y veinte y cinco maravedises y medio; la de segunda produce doze arrovas y a cada pie vuelto tres reales, las de terzera nueve y cada pie vuelto dos reales y cuartillo, y no ay ejemplos de que se arrienden, por lo que no pueden decir lo que valoran de renta; la fanega de tierra de trigo de puño plantada en viña en numero de dos mil cepas, reguladas unos años con otros, la de primera calidad produce en cada uno diez y ocho arrovas de vino, la segunda quinze y la terzera doze, y que no se arriendan; la fanega de tierra de trigo de puño plantada de zumaque en numero de dos mil zepas, regulados unos años con otros, la de primera calidad produce en cada uno diez y ocho arrovas de zumaque, la segunda quinze y la terzera doze y que tampoco se arriendan; y el plantio de enzina correspondiente  a una fanega de tierra de trigo de puño computados veinte pies por fanega y tiene el provecho de quinze reales al año.

 14ª  A la dezima quarta pregunta…(Què valor tiene ordinariamente un año con otro los Frutos, que producen las Tierras del Termino, cada calidad de ellos)…dijeron: que los frutos que llevan declarados se cogen en el termino de la villa computados unos con otros, se venden la fanega de trigo a quinze reales, la de zevada a ocho, la de zenteno a diez reales, la de abas a doze reales, la de garbanzos a veinte y quatro, la arrova de azeite a quince reales, la arrova de vino a tres, la arrova de zumaque a tres, el cuartillo de miel a dos reales, la libra de zera en rama a tres reales y la hecha panel a cinco reales la libra; la bellota no se vende cogida de la enzina sino existente en ella, por cuia razon no se le saca precio a la medida. 

15ª  A la dezima quinta pregunta…(Què derechos fe hallan impuestos sobre la Tierras del Termino, como Diezmo, Primicia, Tercio-Diezmo, ù otros; y à quien pertenecen )…dijeron: que sobre la tierra del termino de esta villa no hay impuestos mas derechos que los del diezmo y primicia; que esta pertenece a la encomienmda de Bastimentos una de la Orden de Santiago, a excepción de la dezima parte que pertenece al Real Convento de San Marcos de León; y aquel por lo respectivo a las especies de trigo, zevada y vino pertenece por mitad al hospital de la Sangre a extramuros de la Ciudad de Sevilla por compra que hizo a S.M. en virtud de bulas apostolicas y a la encomienda de esta villa; y acerca el diezmo de las demas especies y generos que se paga todo en la forma ordinaria de diez medidas, una de diez cabezas; y de todos los diezmos que se pagan a la encomienda de la villa pertenece la dezima parte al Real Convento de San Marcos de Leon y el dinero de una casa cummunmente llamada Cañama pertenece por entero a las fabricas de las tres Iglesias Parrochiales de esta villa. Y ademas los labradores, que siembran las referidas tierras pagan a la Santa Iglesia de Santiago en la forma prevenida en la instrucción para su cobranza, el derecho al Boto. 

16ª   A la dezima sexta pregunta…(A què cantidad de Frutos fuelen montar los referidos derechos de cada especie; ò à què precio fuelen arrendarfe un año con otro)…dijeron: que el producto de diezmo y primicia hecho computo de unos años con otros ascendera en cada uno por lo respectivo:  a trigo a seiscientas cuarenta y nueve fanegas, quatro celemines y dos quartillos ; por lo tocante a zevada a seiscientas cuarenta y nueve fanegas, cinco celemines, un cuartillo y siete dezimas de otro; por lo tocante a abas, ocho fanegas y tres cuartillos; el valor de los productos del diezmo de los ganados y minucias por igual computaron en cada año a diez y ocho mil setecientos setenta y cinco reales, veinte y seis maravedises y tres quintos de otro; y la renta del Boto de Santiago por la misma regulación de años asciende  en cada uno a cincuenta y siete fanegas de trigo, ocho celemines, un cuartillo y tres quintos de  otro. 

17ª  A la dezima septima pregunta…(Si hay algunas Minas, Salinas, Molinos harineros, ù de Papel, Batanes, ù otros Artefactos en el Termino, distinguiendo de que Metales, y de que ufo, explicando fus Dueños, y lo que fe regula produce cada uno de utilidad al año)…dijeron: que en el termino desta villa ay una mina de Plata consistente al sitio del molinillo, conocida por el Pozo Rico y dista de la población media legua y pertenece a S.M. (que Dios guarde)  a la que no puede regular utilidad alguna por hacer mucho tiempo que no se travaja en ella, y en su circuito se hallan construidas diez y ocho casas que sirven para el recogimiento de los operarios y herramientas. Asi mismo hay una tahona arinera propia de Don Diego Jiménez Cavallero, situada en las casas de su morada calle de San Bartolomé a la que se regulan de utilidad por el tipo que muele, ocho fanegas de trigo; Quince molinos arrieros uno de Juan Guerrero, el mayor y Pablo Palomo situado en el Arroyo de los Molinos y sitio del Puente de Sevilla, distante de la población media legua con dos paradas al que regulan por su inferior calidad por las temporada de invierno que muele veinte fanegas de trigo al año; otro de Juan Yanes Alvarez, en el referido arroyo que por tener una parada le regulan de utilidad una temporada de invierno, que muele diez fanegas de trigo; otro del referido Juan Guerrero, el mayor en el referido arroyo al que regulan por otra temporada de invierno que muele ,con una parada, doze fanegas de trigo; otro en dicho arroyo de Doña Maria Miranda Coftilla con dos paradas al que regulan treinta fanegas de trigo; otro de don Antonio de Castilla y la obra pia que fundo Diego García de la Rubia de por mitad en dicho arroyo, al que regulan veinte y quatro fanegas de trigo; otro en dicho arroyo de Don Melchor de Ayala con una parada al que regulan doze fanegas de trigo; otro en dicho arroyo con dos paradas de Nicolas de Toledo, al que regulan veinte y quatro fanegas de trigo; otro en dicho arroyo con una parada de Andres Sayazo al que regulan ocho fanegas de trigo; otro en el mismo arroyo con dos paradas de Doña Maria Cervantes al que regulan veinte y quatro fanegas de trigo; otro en dicho arroyo con una parada de Pedro de los Rios al que regulan quatro fanegas de trigo; otro en dicho arroyo con una parada de Don Francisco Abarranca, presbitero, al que regulan doze fanegas de trigo; otro en el referido arroyo con una parada de la obra pia que fundo Don Diego García de la Rubia al que regulan doze fanegas de trigo; otro en el Arroyo del Moro con una parada de Francisco Cantillo vezino de Fuente del Arco al que regulan quatro fanegas de trigo; otro de Doña Agustina Clara, religiosa en el convento de Santa Clara y de Don Thomas Moreno, presbitero, vezino de la Ciudad de Llerena, consistente en el Arroyo Molinos con una parada al que regulan diez fanegas de trigo; y otro consistente en el arroyo del Donario con una parada propio de Don Joseph Manuel Esquivel gobernador de la Ciudad de Vitoria al que regulan doze fanegas de trigo; hay  diez y nueve molinos de zumaque consistentes en casas que sus dueños tienen en esta villa, y fuera della; uno de Don Francisco Navarro, presbitero, vezino de la Ciudad de Llerena al que regulan de utilidad por el tipo que muele sesenta reales al año; otro de Cristóbal Agustin de Galbez al que regulan en la misma conformidad treinta reales; otro de Don Francisco Abarranca, presbitero al que regulan sesenta reales; otro de Diego de Galvez Rubio al que regulan cien reales; otro de Don Alonso de la Pava, presbitero al que regulan cien reales; otro de Don Joseph  Yanes ,presbitero, y Joseph Yanes Camacho, al que regulan sesenta reales; otro de Don Miguel Rodríguez Calado al que regulan ciento y cinquenta reales; otro de Francisco García al que regulan quinze reales; otro de Chritobal Gonzalez Zancada al que regulan treinta reales; otro de don Ignacio de Hortera al que regulan cincuenta reales; otro de Cristóbal Jiménez Cavallero al que regulan cien reales; otro de Don Pedro de Ortega y Arjona al que regulan cien reales; otro de Pedro Inarte al que regulan cuarenta reales; otro de Don Diego Jiménez Cavallero, al que regulan cinquenta reales; otro de Don Joseph Alaja Cavallero al que regulan de utilidad sesenta reales; otro de Francisco Ugia al que regulan cien reales; otro de Don Joseph Velez Moro al que regulan cien reales; otros se hallan en casas dentro de la población; otro de Don Jeronimo de Morales vezino de la Ciudad de Llerena, consistente en el sitio de San Julian al que consideran de utilidad treinta reales; otro de Francisco Rivera consistente al sitio de la Atalaya al que consideran treinta reales. Asi mismo ay quatro molinos o lagares de azeite , uno de Don Cristóbal Ramos, presbitero consistente en casa suya propia en la calle de Luengo al que consideran de utilidad por la temporada que muele seiscientos reales; otro de Don Francisco de Fuentes, al que consideran de utilidad trescientos reales; otro de Don Alonso Maeso, presbitero, de la Ciudad de Llerena consistente al sitio del Rincón al que consideran de utilidad trescientos reales y otro de Don Jeronimo de Morales, vezino de la Ciudad de Llerena consistente al sitio de San Julian al que consideran de utilidad seiscientos reales. Asi mismo ay dos lagares de zera uno de Don Francisco Navarro, presbitero, vezino de la Ciudad de Llerena al que consideran de utilidad doscientos reales y otro de Don Francisco de Fuentes al que consideran de utilidad treinta reales y ambos se hallan construidos dentro de la población desta villa. Asimismo ay dos Tenerias[8] una de Don Joseph Velez Moro consistente en la calle Santa Clara a la que consideran de utilidad al año doscientos reales; y otra de Manuel Fernandez Recuerda consistente en la calle de Jurado, a la que consideran de utilidad al año ciento cincuenta reales: Tambien ay siete hornos de cozer tejas y ladrillos los seis primeros y el ultimo de cozer ollas; uno de Juan Balvilla consistente al sitio de la Moreria distante cincuenta pasos de la población al que consideran de utilidad al año cincuenta reales; otro de Juan Antonio del Rio consistente en otro sitio al que consideran de utilidad al año cincuenta reales; otros dos de Don Pedro Alonso Gomez, presbitero consistente al sitio del Puerto de Llerena, distante cien pasos de la población que cada uno consideran de utilidad al año treinta reales; otros de Don Alvaro de Ayala consistentes al sitio del Corso distante  ochenta pasos de la poblacion que a cada uno consideran de utilidad al año cincuenta reales y otro de Sebastián Rosales consistente en su casa de la Calle de la Dehesa al que consideran de utilidad treinta reales. 

Notas.-

[8] Tenerías: lugar en el que se realizan las operaciones de curtido y trabajo de las pieles.

 Rafael Ángel Rivero del Castillo

Toledo, marzo de 2008