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lunes, 9 de enero de 2023

GUADALCANAL EN EL CATASTRO DEL MARQUES DE LA ENSENADA y 6

 

Fernando VI y la nueva ley de impuestos

Última parte

          Los textos de las preguntas y respuestas han sido transcritos respetando el contexto original. 

33ª A La trigesima terzia pregunta…(Què ocupaciones de Artes mecanicos hay en el Pueblo, con diftincion, como Albañiles, Cantero, Albeytares, Herreros, Sogueros, Zapateros, Sastres, Perayres, Texedores, Sombrereros, Manguiteros, y Guanteros,&c. explicando en cada Oficio de los que huviere el numero que haya de Maestros, Oficiales, y Aprendices; y que utilidad le puede resultar, trabajando meramente de fa Oficio, al dia à cada uno)…dijeron que en esta villa ay dos pintores y doradores que lo son Joseph Rodríguez Mendoza Y Francisco Rivera que ganan seis reales en cada un dia de los que travajan al año; Ay un escultor que lo es Francisco Rivera Antunez que gana en cada un dia de los que travaja al año seis reales; Ay cinco erreros que lo son Francisco Hernandez, Francisco Savido, Pedro Bernabé,  Francisco Fajardo y Manuel Velasquez que ganan quatro reales en cada dia de los que travajan al año; Ay dos zerrajeros que lo son Matheo Cavallaro y Pedro Cordero que gana cuatro reales en cada dia de los que travajan al año; Un  oficial de zerrajero y lo es Juan Cordero que gana en cada un dia dos reales; Onze carpinteros que lo son Juan Cavallero Neira, Luis Fernandez Abulagas, Diego Joseph Robledo, Sebastián Rodríguez, Andres Espino de la Peña, Juan de Dios, Santiago Antonio Robledo, Agustin Santiago Guerrero, Pedro de Lara, Joseph Nuñez y Geronimo de la Peña que ganan en cada un dia de los que travajan cinco reales; Dos caldereros y lo son Manuel Picon y Manuel Bonilla que ganan en cada un dia de los que travajan cinco reales; seis erradores y lo son Joseph Miguel, Juan de Dios Fonseca , Miguel Ortiz, Andres Jiménez, Juan Rodríguez Renquilla y Diego Martin Luengo que ganan en cada un dia de los que travajan cinco reales; Onze alarifes[24]y lo son Antonio Martin Fornarino, Domingo de Aposta, Juan Picon, Julian Domínguez, Manuel Yanes, Domingo Rodriguez, Juan Alonso, Juan Boceta, Juan Yanes Alvarez, Manuel Cordero y Joseph Serrano que ganan en cada un dia de los que travajan quatro reales; Veinte y dos sastres que lo son Antonio Rodríguez, Antonio Marquez, Christoval Robledo, Joseph Robledo, Diego Rodríguez, Diego Ruiz; Eusebio Ugia. Francisco Robledo, Francisco Narciso Alvarez. Francisco Ponze. Joachin Robledo, Joseph del Castillo, Juan Garcia Robledo, Nicolas Alvarez, Pedro Veloso Rios, Pedro Robledo, Miguel Fernandez, Bartolomé Moreno, Joseph Ugia, Juan Ponze, Joachin Ponze y Antonio Vizente, que ganan en cada un dia de los que travajan quatro reales; Treinta y un tejedores de lienzos y lo son Antonio Rodríguez, Alonso Marquez, Pedro Marquez, Alfonso Marquez, Fernando Burgos, Juan de Echaves, Francisco Chaves, Juan Garnica, Juan Bazquez, Jerónimo Echaves Vera, Joachin de Arcos, Pedro Fernandez, Pedro Lopez Palomo, Cristóbal Joachin Robledo, Cristóbal Carrascal Espino, Nicolas Arenas, Francisco Marquez, Sevastian Sanchez, Lucas Garnica, Antonio Victorino, Juan Martinez Luengo, Pedro Burgos, Bartolomé Arcos, Valentin Arcos, Miguel Francisco de la Parra, Miguel Clavijo, Francisco Nieves, Joseph Rodríguez, Pedro de Lara, Vizente Yanes y Joseph de la Peña que ganan en cada dia un dia de los que travajan quatro reales; Un ollero y lo es Sebastián Rosales que gana en cada un dia de los que trabaja quatro reales; Un cazador y lo es Francisco Garcia que gana en cada un dia de los que trabaja tres reales; tres odreros y lo son Nicolas de Leon, Bernardo Guerrero y Joseph de Leon que ganan en cada un dia de los que trabajan quatro reales; Treinta y quatro zapateros y lo son Antonio Agudo, Joseph Sanchez, Juan Gordillo, Miguel Sanchez, Vizente Morente, Joseph Moneo, Manuel de la Peña Sevillano, Pedro Diaz, Bartolomé Sanchez Manso, Vizente Pulgarin, Francisco Aposta, Cristóbal Huerta, Diego Trigos, Diego Garcia, Fernando Alvarez, Francisco Perez, Francisco Zendon, Francisco Crespo, Francisco Iglesias, Joseph Ortiz, Joseph Roman, Joseph del Barco Ortiz, Miguel Rodríguez, Nicolas Suarez, Pedro Montan, Pedro de Ortega, Antonio Sanchez, Pedro de Fuentes, Alonso Jiménez, Alonso Cavera, Andres Jiménez, Alonso del Olmo. Miguel Jiménez, Vizente Garcia y Cristóbal Garcia que ganan en cada un dia de los que travajan quatro reales; Seis oficiales de zapateros y lo son Francisco Rodríguez, Joseph Trigo, Juan Sanchez, Fernando Valentin, Antonio Guerrero y Joseph Jiménez que ganan en cada un dia de los que travajan tres reales y quatro curtidores que son Joseph Valcazeres, Manuel Fernández Recuerda, Martin Delgado y Juan Antonio Alvarez y ganan en cada un dia de los que travajan quatro reales.

 

34ª  A la trigesima quarta pregunta…(Si hay entre los Artistas alguno, que teniendo caudal, haga prevencion de Materiales correspondientes a fù propio Oficio, ò à otros, para vender a los demas, ò hicieron algun otro Comercio, ò entraffede Arrendamientos; explicar quienes, y la utilidad, que confideren le puede quedar al año à cada uno de los que huvieffe)…dijeron; que en esta villa no ay de los referidos artistas, alguno que haga prevencion de materiales correspondientes a su propio oficio, salvo para vender a los demas, o que tenga algun otro comerzio o arrendamiento que los expresados. 

35ª   A la trigesima quinta pregunta…(Què numero de Jornaleros Havrà en el Pueblo, y à como fe paga el jornal diario a cada uno)…dijeron: que en esta villa ay veinte y cinco mayorales de ganado lanar; quatro de ganado bacuno, diez y seis de ganado cabrio en que se incluyen los mismos dueños que les guardan; quatro de ganado yeguar y ocho de ganado de zerda que por lo regular ganan todos los referidos mayorales en salario, manutención y demas ovenciones setecientos reales; Ay treinta y dos manaderos o zagales de ganado lanar, quinze de ganado vacuno, veinte y cinco de ganado cabrio, en que se incluyen los mismos dueños que le guardan y nueve de ganado de zerda, cuia soldada regular de todos los referidos zagales, en todas ovenciones quinientos reales por año; Ay un Barquero del conzejo, cuio empleo o ejercicio le dejara libre por año novecientos reales; Ay diez y seis aperadores[25]en que se incluyen sirvientes de igual soldada que la regulan, que ganan en salario, manutención y demas ovenciones, ochocientos reales al año; Ay ciento y diez y seis mozos de lavor, gañanes y sirvientes de igual soldada que la regulan, que ganan inclusas ovenciones en setecientos y setenta reales por año; Ay cincuenta labradores que por sus personas travajan a quienes regulan como meramente jornaleros y como a tales tres reales de utilidad en cada un dia de los que se emplean en el referido ministerio; Ay quinientos sesenta y dos jornaleros, brazeros en que se comprenden nueve soldados milicianos sirvientes de igual soldada a quienes regulan tres reales al dia de los que travajan al año. 

36ª   A la trigesima sexta pregunta…(Quantos Pobres de Solemnidad havrà en la Población)…dijeron: que en esta villa ay treinta y dos pobres, hombres y mugeres. 

37ª   A la trigesima septima pregunta…(Si hay algunos Individuos, que tengan Embarcaciones, que naveguen en la Mar, ò Rios, fu porte, ò para pefcar: quantas, à quien pertenecen, y que utilidad fe confidera dà cada una a fu adueño al año)…dijeron: que en ella no ay individuo alguno que tenga embarcaciones que naveguen en mar o rio. 

38ª   A la trigesima octava pregunta…(Quantos Clerigos hay en el Pueblo)…dijeron: que en esta villa avecindados diez y siete sacerdotes, incluso tres parrochos, quatro diaconos, dos  subdiaconos y treinta y seis clerigos de menores beneficiados. 

39ª   A la trigesima nona pregunta…(Si hay algunos Conventos, de que Religiones, y fexo, y que numero de cada uno)…dijeron: que en esta villa ay un combento de Religiosos franziscos observantes, cuia comunidad se compone de veinte y cinco sacerdotes, tres coristas[26], siete legos[27]y cinco donados[28]; Otro combento de Religiosa franciscanas de la advocacion  de Nuestra Señora de la Concepción, cuia comunidad se compone de veinte y tres religiosas profesas; Otro combento de religiosas del orden de Santa Clara de la advocación de San Joseph, cuia comunidad se compone de veinte y dos religiosas profesas y una novicia y otro combento de Religiosas del orden de Santa Clara de la advocación del Espiritu Santo, cuia comunidad se compone de veinte y quatro religiosas profesas y dos novicias; Un hospicio de monjes Basilios llamados del Tardon, que se compone de dos sacerdotes y un donado. 

40ª   A la quadragesima pregunta…(Si el Rey tiene en el termino.ò Pueblo alguna Finca,ò Renta, que no corresponda à las Generales, ni a la Provinciales, que deben extinguirfe: quales fon, còmo fe administran y, quanto producen)…dijeron: que el Rey no tiene en esta villa y su termino mas rentas de las que no deben extinguirse con el establecimiento de la Unica Contribución, que la del subsidio y excusado, lanzas y medias lanzas correspondientes a los efectos y ramos que en esta villa y su termino pertenecen a la encomienda de la villa y a la de bastimentos, previniendo que por lo  tanto la  respectiva  la obtenga el Serenisimo Señor Infante Cardenal Arzobispo de Toledo y Sevilla, esta exento su A.A. a pagar las expresadas cargas en virtud del derecho de veinte y siete de abril de mil setecientos treinta y siete. 

         Todo lo cual dijeron es la verdad, según su leal saber y entender y la razon que pueden dar sobre las referidas atiendas por que han sido interrogados y asi lo declaran socargo de su juramento, en que reafirmaron y ratificaron y con su Señoria el Governador lo firmaron los que supieron según doy fe: Don Juan de Santiago y Chinchilla, Alonso Lopez de la Vera, Don Antonio de Castilla, Don Andres de Ortega, Diego Jiménez Cavallero, Antonio Esteban, Miguel Alvarran, Cristóbal Rico, Francisco Muñoz Duran, Francisco Luis Larios; Ante mi Alonso Antonio Casado.

 Notas

[24] Alarife: Albañil

[25] Aperador: el que apera, construye o compone carros y aperos de labranza.

[26] Corista: religioso destinado al coro desde que profesa hasta que se ordena sacerdote.

[27] Lego: religioso con votos simples y sin ordenación sagrada, que cumple funciones de servicios y administración.

[28] Donado: persona que entra como sirviente en una orden religiosa y asiste a ella con una especie de hábito, pero sin hacer profesión.

 Rafael Ángel Rivero del Castillo

Toledo, marzo de 2008 

domingo, 1 de enero de 2023

Guadalcanal, paraíso natural, destino turístico y zona Starlight

Un refugio en los confines del Parque Natural Sierra Norte

    Esta población, que marca el fin de Andalucía y el comienzo de Extremadura, cuenta con numerosos encantos para el visitante. 

    La zona norte de la provincia de Sevilla es una zona privilegiada desde el punto de vista natural, ya que está dotada de magníficos paisajes, tranquilos pueblecitos y muchas opciones para disfrutar de turismo rural de calidad. Al margen de las localidades más conocidas, como pueden ser Cazalla de la Sierra, El Pedroso o Constantina, hay otros lugares más desconocidos que terminan convirtiéndose en una magnífica opción para una pequeña escapada o para disfrutar de unas tranquilas vacaciones en cualquier época del año.

    Es el caso del municipio de Guadalcanal, situado en el extremo septentrional de la provincia de Sevilla, en el interior del Parque Natural Sierra Norte –que está declarado por la UNESCO como reserva de la biosfera- y que se encuentra prácticamente entre la frontera marcada por los hombres que divide a dos tierras hermanas como son Andalucía y Extremadura. Guadalcanal se encuentra a algo más de un centenar de kilómetros de la capital sevillana 


      Nos situamos en bellos paisajes de media montaña, donde podemos disfrutar de las vistas de dehesas y de otras zonas en las que vamos a encontrar bosques poblados por encinas, castaños, pinos, olmos y olivos. Un lugar donde habitan numerosas especies animales como el jabalí, la nutria, el gato montés, el ciervo o el conejo. Todo ello muy cerca del conocido como Cerro de la Capitana, que con sus 959 metros se convierte en el lugar que más se acerca al cielo de la provincia de Sevilla.

    Como dato curioso, existe en el suroeste del océano Pacífico una isla que lleva el nombre de Guadalcanal, y que durante la Segunda Guerra Mundial se hizo tristemente famosa por ser escenario de una cruenta batalla. Esta isla, cuyo nombre nativo es Isatabu, fue descubierta en 1568 durante la expedición que comandaba Álvaro de Mendaña, quien por orden de Felipe II buscaba la ‘” Terra Australis Incognita”'. En su expedición viajaba el explorador Pedro de Ortega Valencia, quien era natural de Guadacanal y le puso el nombre de su pueblo natal a la isla, dándole así para siempre proyección internacional a esta población sevillana.  


 En la actualidad Guadacanal es un tranquilo pueblo, en el que se puede disfrutar al máximo un agradable paseo por sus calles. Lo mejor será vagar sin rumbo fijo por las calles principales de esta localidad sevillana, en la que podemos visitar rincones como las iglesias de Santa Ana, de Santa María de la Asunción, la ermita de San Benito o el castillo de La Ventosilla. Entre estos hitos cabe destacar como curiosidad el edificio conocido como “La Almona”, que se trata de una construcción erigida en 1307, considerado como el edificio civil más antiguo de toda la comarca y que en sus orígenes fue la casa del Maestre de la Orden de Santiago. 

    Contemplar las estrellas, son muchas las formas en las que se puede disfrutar de un destino tan atractivo como Guadacanal, que se convierte también en un lugar ideal para los amantes y aficionados a la Astronomía. Y es que Sierra Morena, la región a la que pertenece esta localidad sevillana, está certificada por la UNESCO como Reserva y Destino Turístico Starlight, lo que significa que nos encontramos en uno de los mejores lugares de Europa para observar el cielo. Una zona en la que apenas hay contaminación lumínica, y donde tumbarse a observar galaxias, estrellas y planetas, puede llegar a ser una experiencia completamente inolvidable.       


Unas tierras que no sólo han sido históricamente ricas en posibilidades de observaciones astronómicas, ya que no podemos olvidar que nos movemos muy cerca de las Minas de Pozo Rico, que fueron la primera reserva minera de España en el siglo XVI, siendo muy ricas en la extracción de plata. Como dato interesante, fue en estas minas donde el español Jerónimo de Ayanz y Beaumont sentó las bases de la primera máquina de vapor, que posteriormente fue inventada y patentada por James Watt

    Es también Guadalcanaluna zona privilegiada para disfrutar practicando deportes que tengan como escenario la naturaleza, entre los que destacan el senderismo, la equitación o la bicicleta de montaña. Todo el término municipal de esta población sevillana está repleto de caminos y senderos que descubren sus encantos naturales y en los que existen rutas indicadas para deportistas de todas las edades y niveles. En estos lares se celebra una de las pruebas de bicicleta de montaña más emblemática de Andalucía, célebre por su dureza y que todos los años concentra a cientos de ciclistas. Se trata del 'Maratón BTT La Capitana”', que recorre algunos de los parajes más bonitos de Guadalcanal, entre ellos, como no podía ser de otra manera, el citado cerro de la Capitana.

    Al igual que ocurre en todos los pueblos de la Sierra Norte sevillana, la gastronomía en Guadalcanal ha alcanzado el grado de prácticamente una disciplina artística. Los exquisitos productos que se pueden encontrar en esta zona –que son famosos en toda la región-, combinados con recetas que se han ido transmitiendo de generación en generación, permiten que en la actualidad comer en Guadalcanal sea todo un deleite para los sentidos.

Los productos más emblemáticos que se encuentran en Guadalcanal son sin lugar a dudas el aceite de oliva, las carnes de caza, las carnes ibéricas, así como las chacinas y embutidos que se elaboran de una manera completamente artesanal. El visitante no puede dejar la oportunidad de probar las migas con chorizo, las calderetas, el gazpacho majado a la antigua usanza, las setas, los espárragos y terminar la comida con un inmejorable sabor de boca, con postres como los famosos roscos, hojaldres y gañotes de Guadalcanal.

    Para disfrutar de manera tranquila y sosegada de todo lo bueno que tiene Guadalcanal para ofrecer al visitante, lo mejor es dedicarle a la comarca un fin de semana completo y alojarse en alguno de los numerosos establecimientos hosteleros con los que cuenta la localidad. El turismo rural aparece como una magnífica opción ya que existe una extensa red de alojamientos rurales.

    Así, completamos una intensa visita a una localidad que se encuentra entre dos tierras hermanas, en las que podremos ver las estrellas como nunca, visitar bonitos monumentos, disfrutar de una inolvidable ruta en bicicleta o degustar exquisitos productos naturales que ofrece esta bendita tierra.

 ALBERTO FLORES

Guadalcanal

domingo, 25 de diciembre de 2022

GUADALCANAL EN EL CATASTRO DEL MARQUES DE LA ENSENADA/5

Fernando VI y la nueva ley de impuestos 

Quinta parte

Los textos de las preguntas y respuestas han sido transcritos respetando el contexto original.

 32ª   A la trigesima segunda pregunta…(Si en el Pueblo hay algun Tendero de Paños, Ropas de Oro, Plata, y Seda, Lienzos, Efpeceria, ù otras Mercadurias, Medicos, Cirujanos, Boticarios, Efcrivanos, Arrieros, &c. y què ganancia fe regula puede tener cada uno al año)…dijeron: què cada alcalde ordinario tiene emolumentos de firmes derechos y viajes que hazen en benefizio desta villa hasta trescientos reales; cada regidor cien reales; el alguacil Mayor cien reales; el mayordomo del Conzejo, que haze vezes de sindico provincial, ciento y cincuenta reales; a Francisco Villegas y Juan Belloso, alguaciles ordinarios por sus diligencias y hacer de alcaldes, les consideran incluso el salario de seiscientos reales que les da la villa, seiscientos reales a cada uno; dos escribanos publicos y del ayuntamiento desta villa que lo son Miguel Jerónimo Escutia y Francisco Muñoz Duran, a quienes vajados[16]mil y quinientos  reales que paga por la escribania publica y del juzgado al hospital de la Sangre de la ciudad de Sevilla e incluso el salario de mil y cien reales que le da la villa, le consideran de utilidad en todas obenciones[17]al año mil y cincuenta reales a cada uno; otro escribano que lo es de la Ronda del Tavaco llamado Juan Estevan Fernandez y tiene de salario en cada año cuatro mil cuatrocientos reales; de abogados de los Reales Consejos que lo son Don Cristóbal García Calvo de la Banda, presbitero, a que regulan de utilidad al año quinientos y cincuenta reales y Don Juan Francisco de Valencia, clerigo de menores, a que regulan mil y cien reales de utilidad al año; tres medicos que lo son Don Cristóbal Moreno, presbitero, a que incluso el salario annual de doscientos reales que le da el Combento de religiosas del Espiritu Santo desta villa, le regulan de utilidad al año mil y trescientos reales; Don Pedro Joseph de Cote, presbitero, a que regulan de utilidad al año trescientos reales; Don Francisco Espejo a que regulan de utilidad al año dos mil reales; Ay tres Notarios Apostolicos que lo son Don Juan Ignacio de Burgos, presbitero al que regulan de utilidad al año sesenta reales; Don Francisco Morales Zejula presbitero, al que regulan de utilidad al año sesenta reales y Diego Medina a quien regulan de utilidad al año doscientos reales; Ay siete sacristanes que lo son de la Iglesia de Santa Maria la Mayor, Don Francisco Santiago Rodríguez, presbitero y Don Sebastián Sanchez, presbitero, que a cada uno con todas obenciones le regulan de utilidad al año setecientos y cincuenta reales; de la iglesia Parrochial de Señora Santa Ana, Don Juan Sanchez, presbitero, Don Lorenzo de Alva, clerigo de menores que a cada uno le regulan en todas obenciones de utilidad al año cuatrocientos y cincuenta reales y Juan Delgado hijo de Pedro Delgado a quien en la misma conformidad le regulan de utilidad al año ciento y cincuenta reales; y de la Iglesia Parrochial de Señor San Sevastian Don Cristóbal Prieto, presbitero y Don Joseph Ruiz, clerigo de menores, a quienes regulan en todas obenciones de utilidad al año mil reales por mitad; Ay siete acolitos que lo son de la Iglesia Parrochial de Santa Maria la Mayor, Rodrigo Yanes, hijo de Juan Yanes de Galvez, Francisco Cavallero , hijo de Juan Cavallero y Pedro Nuñez, hijo de Manuel Nuñez y a cada uno le regulan de utilidad al año en todas obenciones cien reales; de la Iglesia Parrochial de Señora Santa Ana, Andres Alvarez, hijo de Manuel Alvarez y Francisco Guzman Hijo de Ana Muñoz la Sancha , viuda y a cada uno le regulan de utilidad en todas obenciones al año cien reales; de la Iglesia Parrochial de San Sebastián, Alvaro Galvez, hijo de Joseph de Galvez y Bartolomé Bazquez, hijo de Joseph Bazquez a quien regulan en la misma conformidad de utilidad al año cien reales; Ay tres organistas que lo son Don Francisco Medina y Zejuelo, presbitero de la Iglesia Parrochial de Santa Maria la Mayor, a quien incluso el salario de trescientos y cincuenta reales que le da la villa le regulan de utilidad al año en todas obenciones, setecientos y cincuenta reales; Francisco de Alva, hijo de Cristoval de Alva de la Iglesia Parrochial de Señora Santa Ana a quien regulan de utilidad al año en todas obenciones cuatrocientos y cuarenta reales y Don Agustin Medina Aguilar y Zejuelo, presbitero de la Iglesia Parrochial de San Sevastian a quien inclusa la rentas que produce la obra pia de las Chirimías regulan de utilidad en todas obenciones al año mil y cien reales ; Ay un preceptor de gramatica que lo es el referido Don Agustin Medina de Aguilar y Zejuelo, presbitero, a quien regulan de utilidad en toda obenciones al año mil y cien reales; Ay un fiscal de vara del estado que lo es Joseph del Castillo a quien regula de utilidad al año ciento y cincuenta reales; Ay dos maestros de primeras letras que lo son Cristóbal Jiménez del Castillo y Fernando Alva y a cada uno le regulan de utilidad al año seiscientos reales; a Don Joseph de Cabrera y Maldonado, presbitero, por administrador del combento de religiosas de la Concepción, les regulan de utilidad al año mil y cien reales que tiene de salario; al mismo Don Joseph Cabrera por administrador de la obra pia que fundo Diego García de la Rubia Parra regulan de utilidad al año ciento y cincuenta reales que tiene de salario; A don Juan Perez Carrasco, presbitero por administrador de la obra pia que fundo Diego Garcia de la Rubia regulan de utilidad al año ciento y sesenta reales; Al mismo Don Juan Perez por administrador de la obra que fundo Juan Gonzalez Rubio, veinte y nueve reales que tiene de salario; Don Cristóbal de Castilla Jorgazo por administrador de la obra pia que fundo Doña Isabel de Jorgazo regulan de utilidad al año cien reales; a Don Juan Gomez Trigeros, presbitero, vezino de Madrid por administrador  de la obra pia que fundo Juan Lopez regulan de utilidad al año ziento cuarenta y dos reales que tiene de salario; A Don Cristóbal Gonzalez Zancada por administrador  de la obra pia que fundo Antón Lucas regulan de utilidad al año noventa y quatro reales que tiene de salario; A Francisco Muñoz Duran por administrador de la obra pia que fundaron los señores Freyre regulan de utilidad al año quinientos y cincuenta reales que tiene de salario; A Don Pedro Lopez Palomo por administrador del Combento de religiosas de Santa Clara desta villa regulan de utilidad al año trescientos reales que tiene de salario; A Francisco Robledo por administrador del Combento de religiosas del Espiritu Santo desta villa regulan de utilidad al año trescientos reales que tiene de salario; A Don Francisco Bolaños por administrador de la Encomienda desta villa regulan de utilidad al año tres mil trescientos reales; A Don Antonio Murillo Casaus por administrador del hospital de la Sangre de la ciudad de Sevilla regulan de utilidad al año mil y cien reales que tiene de salario; A Don Juan Antonio García del Regato por administrador de la Ronda del Tabaco regulan de utilidad al año tres mil trescientos reales que tiene de salario; A Diego Ruiz por tercenista[18] regulan de utilidad al año mil y cien reales que tienen de salario; A Pedro Sanchez Maroto por fiel del estanquillo[19]regulan de utilidad al año mil y cien reales que tiene de salario; A Pedro Lopez Palomo por arrendador del derecho del boto de Santiago[20] regulan de utilidad al año trescientos reales; A Don Francisco Bolaños por cojedor de diezmos pertenecientes a la encomienda de la villa regulan de utilidad al año mil y quatro cientos y cincuenta reales; A Don Antonio Murillo Casaus por cojedor de diezmos pertenecientes al hospital de la Sangre de la ciudad de Sevilla, considera de utilidad al año ochocientos reales; A Juan de Burgos por cojedor de la primicia perteneciente a la encomienda de Bastimentos consideran de utilidad al año doscientos reales; A Don Melchor de Ayala y Sotomayor por veedor y obrero mayor de los castillos, fortalezas y casas fuertes de las encomiendas desta provincia de Leon, consideran de utilidad al año dos mil novecientos y cuarenta y un reales y seis maravedises que tiene de salario; A Bartolomé Rodríguez por arrendador de la veintena regulan de utilidad al año pagados del arrendamiento cuatrocientos reales, a la encomienda de la villa doscientos reales; A Miguel Parron Piñero por arrendador de las minucias[21] consideran de utilidad al año seiscientos reales; a Don Antonio de Castilla por comerciar con vino y aguardiente consideran de utilidad al año mil y quinientos reales; A Don Nicolas de Toledo por la misma razon tres mil reales; a Don Juan de Castilla y Miranda por esta razon dos mil y quinientos reales; a la marquesa de San Antonio por igual razon mil reales; a Doña Maria Cervantes por igual razon mil y cien reales; A don Francisco de Castilla, Freyre y Monroy por igual razon trescientos reales; A Don Agustin Javier de Morales por comerciar en vino, zumaque, machos cabrios y carneros regulan dos mil reales; A Pedro Heredia por comerciar en vino y zumaque tres mil reales; A Juan Sanchez por comerciar en aguardiente seiscientos reales; A Pedro García por comerciar en zumaque trescientos reales; A Francisco García por igual razon que el antezedente cien reales; A Juan Calado por igual razon cien reales; A Don Francisco Medina y Zejuela, presbitero, por comerciar en vino y aguardiente seiscientos reales; A Don Thomas Vizente Escutia, presbitero, por comerciar en aguardiente setecientos reales; Don Francisco Morales Zejuela, presbitero por comerciar en aguardiente setecientos reales; A Don Francisco Jiménez Lucas Raquelo, clerigo de menores por comerciar en vino y aguardiente cien reales; A Don Luis Hidalgo, clerigo de menores, por comerziar en vino y aguardiente quinientos reales; A Don Antonio de Hortega y Robes, presbitero, por capellan del Combento de religiosas de la Concepcion consideran de utilidad al año doscientos y sesenta reales que tiene de salario; A Don  Cristóbal Riaño Calvo de la Vanda, presbitero por capellan del combento de religiosas del Espirito Santo desta villa consideran de utilidad al año cien reales que tiene de salario; Ay dos boticarios que lo son Don Antonio Andres Montero, presbitero, a quien consideran de utilidad al año dos mil y doscientos reales y Miguel Guzman a quien consideran de utilidad al año tres mil reales; Ay dos manzevos de botica que lo son Alonso de Montemayor y Larza y Joachin Pineda que a cada uno consideran de utilidad al año cuatrocientos y cincuenta reales; Ay dos zirujanos que lo son Antonio Diaz a quien regulan de utilidad al año trescientos reales, y Fernando de Vargas a quien consideran de utilidad al año cuatrocientos reales; Ay nueve barberos y sangradores que lo son el referido Fernando de Vargas a quien regulan de utilidad al año seiscientos reales; Pedro Bazquez a quien regulan seiscientos reales; Miguel Bazquez a quien regulan seiscientos reales; Joseph Pizarro a quien regulan seiscientos reales; Manuel Nuñez a quien regulan seiscientos reales; Joseph Bazquez a quien regulan trescientos reales; Sebastián Delgado a quien regulan trescientos reales; Juan Bernal a quien regulan trescientos reales y Thomas Ruiz a quien regulan trescientos reales; Ay un truquero[22] que administra la mesa de trucos de la cofradia del Santisimo a quien regula de utilidad al año mil trescientos y veinte reales que tiene de salario; A Don Bernardo Perez por el trato de mercader consideran de utilidad al año seis mil reales; A Phelix Martin por igual razon consideran de utilidad al año quatro mil reales; A Francisco Rodriguez por el mismo trato consideran mil y cien reales; A Francisco de Sevilla Recio por el mismo trato consideran mil y cien reales; A Luis Francisco Pinto consideran de utilidad al año por el mismo trato trescientos reales; A Bartholome Rodríguez por cajero de Don Bernardo Perez consideran de utilidad al año ochocientos reales; A Fernando Suarez por cajero de Phelix Martin consideran de utilidad al año ochocientos reales; A Juan del Marmol por el trato de merceria que tienen consideran de utilidad al año mil y cien reales; A Antonio Diaz por el mismo trato consideran de utilidad al año mil reales; A Narziso del Marmol por el mismo trato consideran ochocientos reales ; A Joseph Christoval por igual trato consideran mil y cien reales; A Francisco Rodriguez Merino por igual trato consideran de utilidad al año quinientos reales; A Balthasar Gonzalez por igual trato quinientos reales; A Silvestre Christoval por igual trato consideran de utilidad al año quinientos reales; A Pedro Lopez Manero por el trato de recatonero[23] que tiene le consideran de utilidad al año mil y doscientos reales; A Francisco Narziso Alvarez por igual trato consideran de utilidad al año doscientos reales; A Magdalena Rodriguez, viuda, por igual trato consideran de utilidad al año cien reales; A Pheliciana Martinez por igual trato consideran de utilidad al año doscientos  reales; A Juan Baptista por igual trato consideran de utilidad trescientos reales; A Jazinto Gonzalez por igual trato consideran de utilidad al año doscientos reales; A Andres Gonzalez por igual trato consideran de utilidad al año trescientos y treinta reales; A Juan Cairon, Miguel Lozano, Manuel Alphonso, y Joseph Ramos por igual trato de recatoneros consideran a cada uno  de utilidad al año doscientos reales; A Bartholome Jimenez por igual trato de recatonero consideran de utilidad al año quatrocientos reales y a Francisco Gomez por igual trato consideran de utilidad al año trescientos reales; A Miguel Lozano Galvez por medidor de vino consideran de utilidad al año trescientos reales; A Juan del Mármol por guarda de las rentas generales consideran de utilidad al año seiscientos y cincuenta  reales que tiene de salario; A Lucas Garcia por regir el reloj consideran de utilidad al año ciento y cinquenta reales que le da el conzejo de la villa; A Santiago Dominguez por mandadero del combento de religiosas de Santa Clara consideran de utilidad al año trescientos y cinquenta reales; A Juan de Toro por mandadero del combento de religiosas del Espiritu Santo consideran de utilidad al año cuatrocientos y cincuenta reales; A Don Fernando Alvarez por el trato de mesonero regulan de utilidad al año mil y cien reales; A Joseph Garcia por igual trato regulan de utilidad al año ochocientos reales; A Manuel Garcia  por igual trato regulan de utilidad al año setecientos reales; A Pedro Romero por ser arriero con una cavalleria maior y dos menores consideran de utilidad al año mil ciento cincuenta reales; A Sevastian Falcon por ser arriero con una cavalleria mayor y cinco menores consideran de utilidad al año mil setecientos y cinquenta reales; A Thomas Arroyo por ser arriero con una cavalleria mayor y cuatro menores regulan de utilidad al año mil y quinientos y cinquenta reales;  A Agustin Moya por ser arriero con tres cavallerias menores regulan de utilidad al año mil y cien reales; A Diego Ruiz por ser arriero con una cavalleria mayor y seis menores regulan de utilidad al año mil novecientos y cinquenta reales; A Diego Garcia con una cavalleria mayor y quatro menores regulan de utilidad al año por el ejercicio de la arrieria mil quinientos y cinquenta reales; A Pedro Bazeta por ser arriero con una cavalleria mayor y cinco menores regulan de utilidad al año mil setecientos y cinquenta reales; A Pedro Fermin por ser arriero con una cavalleria mayor y tres cavallerias menores regulan de utilidad al año mil y cien reales; A Rodrigo Alvarez por ser arriero con dos cavallerias mayores y cinco menores regulan de utilidad al año dos mil reales; A Diego Ortiz Pinto por ser arriero con una cavalleria mayor y tres menores regulan de utilidad al año mil trescientos y cinquenta reales; A Francisco Espino por ser arriero con una cavalleria mayor y cinco menores regulan de utilidad al año mil setecientos y cinquenta reales; A Francisco Gonzalez por ser arriero con una cavalleria mayor y seis menores regulan de utilidad al año mil novecientos y cinquenta reales; A Joseph Romero por ser arriero con dos cavallerias mayores y cuatro menores regulan de utilidad al año mil y ochocientos reales; A Juan Ortiz por ser arriero con una cavalleria mayor y dos menores regulan de utilidad al año mil y cinquenta reales; A Juan Gomez por ser arriero con una cavalleria mayor y tres menores regulan de utilidad al año mil setecientos y cinquenta reales; A Juan Mathias por ser arriero con una cavalleria mayor y tres menores regulan de utilidad al año mil trescientos y cinquenta reales; A Miguel Alvarez por ser arriero con tres cavallerias mayores y cinco menores regulan de utilidad al año dos mil doscientos y cinquenta reales; A Pedro Rodríguez por ser arriero con tres cavallerias menores regulan de utilidad al año mil y cien reales; A Pedro Garcia por ser arriero con una cavalleria mayor y cinco menores regulan de utilidad al año mil setecientos y cinquenta reales; A Cristóbal de Burgos por ser arriero con una cavalleria mayor y cinco menores regulan de utilidad al año mil setecientos y cinquenta reales; A Christoval Villate por ser arriero con una cavalleria mayor y dos menores regulan de utilidad al año mil ciento y cinquenta reales; A Juan Calado por ser arriero con dos cavallerias mayores y cinco menores regulan de utilidad al año dos mil reales; A Salvador Viejo por ser arriero con cinco cavallerias menores regulan de utilidad al año mil y quinientos reales; A Christoval Muñoz por ser arriero con tres cavallerias mayores y cuatro menores regulan de utilidad al año dos mil y cinquenta reales; A Christoval Pinelo por ser arriero con dos cavallerias menores regulan de utilidad al año novecientos reales; A Cayetano de Heredia por ser arriero con cinco cavallerias menores regulan de utilidad al año mil y quinientos reales; A Diego Alvarez por ser arriero con una cavalleria mayor y siete menores regulan de utilidad al año dos ciento y cinquenta reales; A Francisco Cantero por ser arriero con  tres cavallerias menores regulan de utilidad al año mil y cien reales; A Francisco Silvestre Villate por ser arriero con seis cavallerias  menores regulan de utilidad al año mil setecientos reales; A Joseph Gutierrez Guindanda por ser arriero con una cavalleria mayor y cinco menores regulan de utilidad al año mil setecientos y cinquenta reales; A Antonio Zerezo por ser arriero con una cavalleria mayor y cinco menores regulan de utilidad al año mil setecientos y cinquenta reales; A Francisco Sayazo por ser arriero con cuatro  cavallerias menores regulan de utilidad al año mil y trescientos  reales; A Francisco Utrion por ser arriero con dos cavallerias mayores y siete menores regulan de utilidad al año dos mil y cuatrocientos reales; A Francisco Lozano por ser arriero con dos cavallerias menores regulan de utilidad al año novecientos  reales; A Gregorio Ruiz por ser arriero con una cavalleria mayor regulan de utilidad al año setecientos y cinquenta reales; A Francisco Alvarez por ser arriero con dos cavallerias mayores y cinco menores regulan de utilidad al año dos mil reales; A Joachin Gomez por ser arriero con una cavalleria mayor y cuatro menores regulan de utilidad al año mil quinientos y cinquenta reales; A Joseph del Rey por ser arriero con una cavalleria mayor y seis menores regulan de utilidad al año mil novecientos y cinquenta reales; A Pedro Lopez Manero por ser arriero con tres cavallerias menores regulan de utilidad al año mil y cien reales; A Luis Rodríguez por ser arriero con una cavalleria mayor y cinco menores regulan de utilidad al año mil setecientos y cinquenta reales; A Don Joseph Marquez por ser arriero con cuatro cavallerias  menores regulan de utilidad al año mil trescientos reales; A Joseph de Espinola por ser arriero con dos cavallerias mayores y cinco menores regulan de utilidad al año dos mil reales; A Juan Lozano con una cavalleria mayor y cinco menores regula de utilidad al año mil setecientos y cincuenta reales reales; Cristóbal Alva es arriero por medio de un hijo con una caballería mayor y tres menores, regulan de utilidad al año mil trescientos y cincuenta reales; A Don Francisco de Castilla y Monsalve por comerciar en el ejercicio de la arrieria por medio de un criado con dos cavallerias mayores y cuatro menores le regulan de utilidad al año mil trescientos  reales; A Joseph Bazquez por ser arriero por medio de un criado o un hijo con una cavalleria mayor y quatro menores le regula de utilidad al año mil y cincuenta reales; A Isabel Ortiz, viuda, por comerziar en el ejercicio de la arrieria por medio de un hijo con seis cavallerias menores regulan de utilidad al año mil setecientos reales; A Barbara Chavez, viuda, por comerciar en la arrieria por medio de un hijo con una caballería mayor y tres menores regula de utilidad al año mil trescientos y cincuenta reales; A Ana Robledo, viuda, por comerciar en el ejercicio de la arrieria por medio de un hijo con una cavalleria mayor y cinco menores regulan de utilidad al año mil setecientos y cincuenta reales; A Domingo Sanchez por peon publico incluso el salario de ziento treinta y dos reales que le da el conzejo desta villa, regula de utilidad al año quinientos reales; A Pablo de Bejar por contador de carne regulan de utilidad al año mil y doscientos reales; igual cantidad a Blas de Bejar por la misma razon.

Notas.-

 [16] Vajados: rebajados: descontados.

[17] Obenciones: obvenciones: retribución fija o eventual, además del sueldo que se disfruta.

[18] Tercenista: persona encargada de la tercena, almacén del Estado para vender al por mayor tabaco y otros efectos

[19] Fiel del estanquillo: persona encargada de vender los objetos cuya elaboración y venta se reserva al estado en exclusiva.

[20] Voto de Santiago: impuesto eclesiástico.

[21] Minucia: Diezmo de las frutas y producciones de poca importancia.

[22] Truquero: el que administraba una mesa de trucos, juego de destreza y habilidad, parecido al billar

[23] Recatonero: Regatonero: que compra al por mayor para revender al por menor.

 Rafael Ángel Rivero del Castillo

Toledo, marzo de 2008

 

domingo, 18 de diciembre de 2022

Referencias bibliográficas y documentales de Guadalcanal

Documentos sobre Enrique IV de Castilla y su tiempo

 Documento 178

         1445, agosto, 31. Ávila, iglesia de Santiago del Arrabal. Capítulo de la Orden de Santiago celebrado para la elección de maestre, por encontrarse vacante el maestrazgo por la muerte de Enrique, infante [de Aragón], y recayendo la elección en Álvaro de Luna, condestable de Castilla, conde de San Esteban. Se hallan presentes: Juan Díaz de Cornado, prior de Uclés, lugarteniente de maestre; Gabriel Manrique, comendador mayor de Castilla; García López de Cárdenas, comendador mayor de León; Fernando de Portugal, comendador de Oreja; Lope de Stúñiga, comendador de Guadalcanal; mosén Luis de Majares, comendador de Azuaga; Martín Pantoja, comendador del Corral [de Almaguer]; Gómez Mejía, comendador de Vecejate; Lorenzo de Figueroa, comendador de Mohernando; Alfonso de Robredo, comendador de Montemolín; todos ellos “son del número de los trece de la dicha Orden”; “y otros cavalleros y freires clérigos y legos della juntos capitularmente”. El maestre difunto fue sepultado en el monasterio de San Pedro Mártir de la ciudad de Calatayud, en junio de este mismo año, y había dispuesto que se hiciera capítulo para elegir sucesor a su muerte, lo cual decidieron hacer el prior y los miembros del capítulo para el día 2 de septiembre de 1445, estando presentes como testigos: Vasco Alfonso, subprior de Uclés y Montalbán; Juan Hurtado; Juan García, vicario de Segura [de León]; y Alfonso García, todos ellos clérigos freires de la Orden. El 2 de septiembre de 1445 se celebró definitivamente el capítulo, estando presentes: Juan Díaz de Cornado, prior de Uclés; Alfonso Fernández, prior de San Marcos de León; y los sobredichos “treces”, freires y caballeros, “juntos capitularmente en el coro de la yglesia mayor de dicha cibdad”. Por hallarse ausentes algunos de “los trece”, imprescindibles para la elección, hubo determinadas representaciones: Fernán Vázquez de Parada, comendador de Santa Cruz, estuvo representado por Rodrigo Manrique, comendador de Segura; Mendo de Quesada, por Lope Álvarez Osorio, comendador de Socovos; Alfonso Díaz, comendador de Rivera, por mosén García de Heredia, comendador de Ricote; Luis de Carranza, comendador de Ventoso, por Alfonso García Malaver, comendador de Cieja. “Los trece” eligieron por maestre de la Orden a Álvaro de Luna, quien aceptó, y lo comunicaron al capítulo; a continuación, juró el cargo en presencia de todos, tomándole la palabra el prior de Uclés. Entre las condiciones que hubo de jurar, destaca la de mantener los conventos y enfermerías según ordena la Regla de la Orden y del modo en que estaban desde el maestrazgo de Lorenzo Suárez [de Figueroa], así como la de guardar los derechos de los comendadores y de las casas como se habían mantenido desde el maestrazgo de Pelay Pérez Correa. Después se le instituyó canónicamente como nuevo maestre, con los ritos propios. Ante Fernán Sánchez, vicario de Santa María de [Ten]tudía y de Reina, notario del capítulo, y el bachiller Alfonso Sánchez de Ávila, notario público por la autoridad apostólica, estando presentes los siguientes testigos: Juan Carrillo, adelantado de Cazorla; el relator Fernando Díaz de Toledo, [oidor, refrendario y secretario real]; Fernando de la Cámara; Juan García, vicario de Segura [de León]; Vasco Alfonso, subprior de Uclés y Montalbán; y Ruy González. 

RAH, col. Salazar, 9/816 (ant. M-9), fol. 301-303. Copia de un amanuense de Salazar, sacada del archivo ducal del Infantado. Reg. Índice, vol. 30, p. 69.

 Documento 1678

         1462, noviembre, 2. Toledo. Acuerdo del Ayuntamiento de Toledo, sobre la prisión del comendador [de Guadalcanal, en la Orden de Santiago], Lope de Zúñiga, sobre haber forzado las puertas del convento de monjas de Santo Domingo, y quebrantado su clausura, para sacar a la fuerza a María de Guzmán, su mujer, que estaba depositada en dicho convento. 

RAH, col. Salazar, 9/1087 (ant. O-6), fol. 171-172v. Copia de letra del siglo XVII, obtenida del archivo de los condes de Villaverde. Reg. Índice, vol. 40, p. 468 

 Documento 1772

         1463, agosto, 25. Tendilla. Escritura de fundación del monasterio de Santa Ana de Tendilla, de la Orden de San Jerónimo, que otorgó Íñigo López de Mendoza, [I] conde de Tendilla, señor de Sangarrén, donando para ello su iglesia y ermita de Santa Ana a favor de fray Juan Melgarejo, como prior y en nombre de la comunidad de San Isidoro [del Campo, Santiponce], cerca de la ciudad de Sevilla, con el fin de realizar dicha fundación con monjes de este cenobio. También se recoge la toma de posesión de la ermita por el citado religioso, junto con fray Vasco de Guadalcanal y fray Gonzalo de Valderrama, profesos igualmente de San Isidoro del Campo, dejando al cargo del lugar a Juan González, trapero vecino de Tendilla, hasta que llegaran los monjes fundadores. Ante Juan Páez de Peñalver, notario público por las autoridades apostólica, real y arzobispal de Toledo, y los siguientes testigos: Diego González de Guadalajara, contador del conde de Tendilla; Alfonso Fernández Ballestero y Alfonso Martínez Mingote, escribanos reales; Martín García de Nicolás. 

RAH, col. Salazar, 9/808 (ant. M-1), fol. 128-128v. Copia simple de letra del siglo XVII. Reg. Índice, vol. 28, p. 262. RAH, col. Salazar, 9/808 (ant. M-1), fol. 129-131. Reg. Índice, vol. 28, p. 262 .

 Documento 1787

         1463, noviembre, 30. Llerena. Testamento otorgado por Juan Alfonso de Novoa, comendador [de los bastimentos de la provincia de León], en la Orden de Santiago, realizado ante Francisco Sánchez de Córdoba, escribano y notario público, y en el que dispone mandas sobre diversos bienes y rentas, algunos de ellos en Fuente de Cantos y Llerena [actual provincia de Badajoz], Guadalcanal [Huelva], Jaén y Los Hinojosos [Cuenca], para las siguientes personas: criados y criadas; su escudero Pedro de Arana; Catalina de Arana, quien le había atendido en sus enfermedades; su hija Inés; su nieta Teresa, hija de Juan de Mendoza y de su hija Isabel; su hija Teresa; su mujer María de Lara; su hija Isabel, esposa de Juan de Mendoza. Previamente, había renunciado a su encomienda a favor de su hijo Juan de Montealegre. Nombra como albaceas: el licenciado Miguel Ruiz de Talavera, su consuegro; el comendador Juan de Montealegre, su hijo; su nieto Fernando, hijo de Juan de Montealegre. 

RAH, col. Salazar, 9/808 (ant. M-1), fol. 216-217. Copia autógrafa de Salazar. Reg. Índice, vol. 28, p. 194.

 Documento 1789

         1463, noviembre, 30. Llerena. Extracto del testamento del comendador Juan Alfonso de Novoa: Enterramiento en la iglesia de Santa María. Celebración de misas por su alma y la de sus padres. Diversas mandas a sus criados. A su escudero Pedro de Arana, las primicias de Fuente de Cantos. Encarga a su hijo, el comendador Juan de Montealegre, y al licenciado, su consuegro, que cumplan con todas sus disposiciones y que acudan a Catalina de Arana con las primicias de Guadalcanal, a quien además otorga todos sus muebles. Se guarde la venta que hizo a dicho licenciado de sus bienes en los Finojosos, lugar de la Orden de Santiago, y en el Finojosal de Belmonte, lugar de Juan Pacheco, marqués de Villena. A doña Teresa, su nieta, hija de Juan de Mendoza y de su hija Isabel, cierta cantidad de dinero, joyas y plata que él dejó en poder de doña María Álvarez de Lara, su mujer, cuando salió de Socovos. A su hija Teresa ciertas cantidades de ajuar. Constituye heredera universal a su hija Isabel, mujer de Juan de Mendoza. 10) A su nieta Inés las casas de Jaén. Francisco Sánchez de Córdoba, escribano del rey y notario público de Llerena. 

RAH, Col. Diplomática de España, 11/9089, doc. 49. Sacado de Salazar, Historia de la Casa de Lara, tomo 4, pág. 616 .

 Documento 2033

         1465, junio, 20. Carrión. Carta de Juan Manrique, vicario general perpetuo en las vicarías de Santa María de Tudia y Reina, nombrando a Ferrand Matheos, clérigo de la iglesia de Señora de Santa María, de la villa de Guadalcanal, juez y vicario en dicha villa, perteneciente a la jurisdicción de sus vicarías. 

RAH, Col. Diplomática de España, 11/9089, doc. 104. Sacado de Bularium Ordinis Militaris Sancti Jacobi, p. 428.

 Documento 2247

         1466, agosto, 30. Toledo. Escritura de fundación del patronato del monasterio de Santa Catalina, de Toledo, por Lope de Zúñiga, comendador de Guadalcanal, en la Orden de Santiago. 

RAH, col. Salazar, 9/1087 (ant. O-6), fol. 173. Copia de letra del siglo XVII, obtenida del archivo de los conde de Villaverde. Reg. Índice, vol. 40, p. 468.

 Documento 2275

         1466. s.l. Noticia del patronato de Lope Ortiz de Zúñiga, comendador de Guadalcanal, de la Orden de Santiago, sobre el convento de Santa Catalina de Toledo. 

RAH, Col. Diplomática de España, 11/9089, doc. 150. Sacado de Maldonado, Bibliotheca del Marqués de Montealegre, fol. 134; en el Índice de los 14 tomos de Privilegios, tomo 6.

Documento 2713

         1469, octubre, 20. Los Santos. Noticia de la confirmación por el maestre [de la Orden de Santiago] Juan Pacheco de los privilegios, mercedes, franquezas, buenos usos, costumbres, fueros y sentencias de visitadores a favor de la villa de Llerena realizada en el Capítulo General. Añade la noticia de su confirmación por los Reyes Católicos en Tordesillas, el 6 de junio de 1494, según consta en los privilegios de dicha ciudad, que se encuentran en su archivo, con seis testimonios dados por Juan Joseph Murillo: el primero de la dehesa del Canchal; el segundo de la dehesa del Encinar; el tercero de los privilegios de la alcaidía y comunidad de pastos con Reina y Guadalcanal, y aprovechamiento en Maguilla; el cuarto, confirmación de todos los privilegios de Llerena por el maestre Juan Pacheco; el quinto, confirmación por los Reyes Católicos en 1494; el sexto, la sentencia sobre el ensanche y señalamiento de la dehesa para Llerena. 

RAH, Col. Diplomática de España, 11/9090, doc. 216. Sacado de Chaves, Apuntamiento legal, fol. 174v.

 Documento 3088

         1471, diciembre, 28. Toledo. Carta de desafío enviada por Lope Ortiz de Stúñiga, [comendador de Guadalcanal], por medio de Alonso Valiente, su trompeta y oficial de armas, a Pedro López de Ayala, conde de Fuensalida, [señor de la villa de Casarrubios], permitiéndole que escoja el lugar que quiera para el combate en sus propios lugares y tierras, e indicando que sólo llevará dos servidores que le armen y administren sus cosas. BN, Ms.res. nº 226-27. Original en una hoja en folio. Firma del otorgante. Carta partida por A, B, C. Reg. Índice, vol. 1, p. 462. RAH, col. Salazar, 9/440 (ant. F-34), fol. 30-33v. Copia manuscrita simple del siglo XVI. El original era una carta partida por A, B, C. Reg. Índice, vol. 20, p. 273- 

Documento 3091

        1471, diciembre, 29. Guadamur. Respuesta de Pedro López de Ayala, conde de Fuensalida, señor de la villa de Casarrubios, a Lope Ortiz de Stúñiga, comendador de Guadalcanal, quien le había mandado una carta de desafío por medio de Alonso Valiente, trompeta y oficial de armas del segundo, y que acepta. Firmada por el conde, con su sello y partida por A, B, C. 

RAH, col. Salazar, 9/440 (ant. F-34), fol. 33v-34v. Copia manuscrita simple del siglo XVI. El original era una carta partida por A, B, C. Reg. Índice, vol. 20, p. 273.

 Documento 3094

         1471, diciembre, 31. Guadamur. Segunda respuesta de Pedro López de Ayala, conde de Fuensalida, señor de Casarrubios, a Lope Ortiz de Stúñiga, comendador mayor de Guadalcanal. 

RAH, col. Salazar, 9/440 (ant. F-34), fol. 37-38. Copia manuscrita simple del siglo XVI. Reg. Índice, vol. 20, p. 273

Documento 3102

         1472, enero, 17. Toledo. Nueva réplica de Lope Ortiz de Stúñiga, comendador de Guadalcanal, a Pedro López de Ayala, conde de Fuensalida, señor de Casarrubios. Le acusa de rehuir el desafío de enfrentarse personalmente entre ellos, a pesar de haberle ofrecido que lo hiciesen en las tierras del conde. Dice que él [el comendador], sin embargo, ha demostrado su valentía en catorce desafíos con otros caballeros, de los que acudieron doce, y de ellos diez lo hicieron en paso de Órbigo, y los otros dos en Segovia y Roa, habiendo salido vencedor en todos los casos. Le dice que si finalmente se decide a entrar en combate con él y le mata [el conde al comendador], le dejará por universal heredero de todos sus bienes, en premio de caballería; si por el contrario, vence el comendador, se dará por contento simplemente con el galardón de la venganza y victoria; y se compromete a cumplirlo. 

RAH, col. Salazar, 9/440 (ant. F-34), fol. 38-40v. Copia manuscrita simple del siglo XVI. El original era una carta partida por A, B, C. Reg. Índice, vol. 20, p. 273.

 Documento 3901

         s.a., septiembre, 20. Villaverde. Carta de Juan II a Lope Álvarez de Henestrosa, comendador mayor de León [en la Orden de Santiago], “como aquél de quien mucho fío”, respondiéndole a la que le envió por medio de Manuel García, su criado, y ordenándole que se entreviste con el condestable [Álvaro de Luna] para tratar del servicio al monarca, además de hacerle merced de los bienes del comendador de Guadalcanal. Firmas del rey y del doctor Fernando Díaz de Toledo, oidor, refrendario y secretario real.

RAH, col. Salazar, 9/808 (ant. M-1), fol. 235-235v. Copia simple de letra del siglo XVII, obtenida del original en el Archivo de Écija y del traslado autorizado en el archivo del marqués de Peñaflor. Reg. Índice, vol. 28, pp. 268-269.

Nota.- Curiosamente en el documento 1787 en Llerena, a 30 de Noviembre de  1463, consta Guadalcanal como provincia de Huelva, consultado a la Universidad Carlos III, manifiestan que así consta en el documento que obra en su poder.

UNIVERSIDAD CARLOS III DE MADRID

COMITÉ ESPAÑOL DE CIENCIAS HISTÓRICAS