https://guadalcanalpuntodeencuentro1.blogspot.com/

sábado, 30 de noviembre de 2024

Guadalcanal Monumental 7


CONSTRUCCIÓN

            De tipo barroco, del siglo XVII. La iglesia muy espaciosa, está construida con una nave y crucero que adoptan forma y cruz latina, cubriendo las bobeadas de medio cañón con lunetos y cúpula

FUNDACIÓN DEL HOSPITAL DEL ESPÍRITU SANTO

 

En 21 de julio del año de 1511, los visitadores se personaron en el hospital que en la villa edificaba don Benito Garzón, clérigo, del hábito del Espíritu Santo, al que presentaron la carta de poder extendi­da por el maestre y en especial la cláusula relativa a la inspección de ermitas y hospitales, según la cual estos estaban facultados para im­pedir la construcción de edificios religiosos o benéficos que no tuviesen licencia expresa otorgada por la autoridad suprema de la Orden. En cualquier caso, la visita debería emitir una información detallada sobre las condiciones, necesidades y fines de tales edificaciones.

Tras haber puesto en conocimiento del referido don Benito Garzón los extremos precedentes, los visitadores le exigieron el correspondiente título, a lo cual alegó que poseía licencia del maestre condicionada al informe que sobre las características de dicho hospital instruyera la presente visita.

De igual modo, a tenor de lo dispuesto en la mencionada cédu­la, los inspectores santiaguistas deberían dar información sobre si oca­sionaría algún perjuicio a los diezmos y primicias de la Orden en caso de conceder lo solicitado, fundación que, a juicio de estos, lejos de ser gravosa, la tuvieron por obra de caridad que honraba el merecido pres­tigio de este Instituto religioso-militar. Idéntico parecer había instruido el provisor don Pedro de Riaza cuando con ocasión del capítulo que la Orden celebró en Valladolid presentara la solicitud e informes a instan­cias del instituidor, quedando pendiente, en virtud de resolución allí acordada, de la bula pontificia que autorizase la erección del centro benéfico, la que debería ser exhibida ante el maestre, a quien -según las declaraciones de los interesados- en dos ocasiones le había sido presentada en Madrid, pronunciándose reiteradamente por la expresa­da información que remitiera esta visita.

Al serle requerida la correspondiente licencia para que en la capilla del centro se oficiara misa y se tañeran las campanas, como a la sazón se estaba haciendo, el patrono alegó que no disponía de ella a causa del pleito que trataba con el vicario de la villa, don Juan Martí­nez, precisamente en razón de la fundación de este hospital; y añadió que estaba pendiente de sentencia definitiva por parte del Consejo de las Órdenes. En lo referente a la celebración de los cultos divinos en dicha capilla, arguyó don Benito Garzón que poseía autorización papal, mediante bulas aplicadas, y unos privilegios otorgados por don Juan Millán, vicario general, y don Andrés Martínez, cura de Usagre y provi­sor que fue "sede vacante", con el consentimiento del Clero y Concejo de esta villa. Y en lo concerniente a la administración de los sacramen­tos, declaró el fundador que siempre se ofreció se había hecho con la venia del cura de Santa Ana, a cuya parroquia pertenecía este hospital, y nunca por vía de ser considerada como iglesia de tal dignidad.

Aceptó el patrono que esta institución fuera inspeccionada por la Orden de Santiago y, una vez más, aprovechó para solicitar de sus representantes la oportuna aprobación, conforme a los fines de aquélla cuyos eran el auxilio de los pobres desvalidos y la salvación de las almas, como testificaron Juan de Aregaga y Lope González de Madri­gal, vecinos de la villa.

En virtud de la facultad antes señalada, los visitadores pidieron a don Benito Garzón que les mostrase las dependencias del edificio destinadas a albergue, a lo que éste se excusó diciendo que aún no las tenía debidamente amuebladas por hallarse a la espera del fallo que en el pleito sobre este asunto se seguía, como quedó dicho. Agregó que para este efecto tenía en su casa doce camas con sus correspondien­tes enseres.

En vista de ello, los visitadores exigieron que se les entregase la posesión del edificio y rogaron a don Benito Garzón y a Juan Vizcaí­no, su padre, que lo abandonasen. Pidió el patrono una tregua para tomar consejo sobre el caso, pues que se declaró iletrado; pero la al­ternativa de la visita fue la de apremiarle aún más al abandono del lo­cal, apercibiéndole de la pena de 5.000 maravedíes. Insistió en su petición y nuevamente le fue denegada. Al fin, salieron de la casa pa­dre e hijo e inmediatamente fue clausurada por los visitadores, los cua­les entregaron las llaves de la misma a los alcaldes don García Sán­chez de Alanís y don Juan Sánchez de Bonilla, de lo que fueron testi­gos Gonzalo Martín Monte-Gil, Lope González de Madrigal y Gonzalo Vanes de, Pero Vanes. Las autoridades locales fueron advertidas de que el hospital no podría ser visitado ni ocupado por persona alguna sin autorización real, los cuales, para cumplimiento de ello, solicitaron de la visita carta de poder en forma legal.

Acto seguido fue requerida la presencia del cura de Santa Ana para que trasladase el Santísimo sacramento a su parroquia, como se hizo.

Al día siguiente los visitadores otorgaron escritura de poder a favor de don García Sánchez de Alanís y don Juan Sánchez de Bonilla ante el escribano del Cabildo municipal Francisco de Bonilla, por la que se les nombraba celadores de la clausura ejecutada en el hospital.

Por últimos, los visitadores sometieron a la consideración de S.M. todos estos hechos y pormenores, el cual respondió en los si­guientes términos:

"EL REY

Visitadores de la provincia de león de la orden de santiago cuya administración perpetua yo tengo por abtoridad ap)osto)lica. Vi v(uest)ra. letra de veynte e tres de jullio q(ue). me escrvistes sobre lo del hermitorio de guada/canal y esta bien lo q. en ello aveis proveído y en lo demás placiendo a nro. señor yo mandare proveer como conven­ga a la d(ic)ha. orden. De dueñas a cinco de agosto de qui(nient)o e honze años, yo el rey. por madado de alteza, miguel peres de luiagan". (sic)

Para la custodia y observancia de la presente cédula las auto­ridades de la Orden comisionaron al Concejo, Justicia y Regimiento de la villa, a los que se confirió poder para sancionar con 100.000 maravedíes, para la Cámara y Fisco reales, a los que contravinieran este precepto.

ERECCIÓN DEL CONVENTO DEL ESPÍRITU SANTO.

             Como los demás conventos de religiosas que en Guadalcanal fueron, también el del Espíritu Santo se debe a otro hijo de esta villa afincado en las Indias, para cuya erección destinó de su hacienda la cantidad de 80.000 pesos.

            Tomó este nombre el nuevo cenobio precisamente por levantarse junto al hospital que con la advocación del Espíritu Santo fundó -pese a los impedimentos con que tropezó, el presbítero don Benito Garzón.

            La capilla que aneja a este convento se erigió, aunque ha sufrido algunas reformas, aún conserva huellas del tiempo de su creación especialmente en el altar mayor, en cuyo banco se halla el retrato patrono y la leyenda ESTE CONVENTO FUNDO Y DOTO ALÓNSO, GONZÁLEZ DE LA PAVA A HONRA Y GLORIA DE DIOS Y DE BENDITA  SU  BENDITA MADRE...DE NOVIEMBRE SIENDO PATRONO JUAN GONZÁLEZ DE LA PAVA. AÑO DE 1635. Y el retablo se decorará las pinturas de Pentecostés, la imposición de la casulla a San Ildefonso, Santa Clara, la   Coronación de Nuestra Señora, la Natividad Señor y la Natividad de la Virgen.

            La capilla es de planta de cruz latina, con bóveda de cañón y lunetos y media naranja en el crucero. Del tiempo fundacional prevalece también un patio de ordenación toscana en el interior del que fue convento de clarisas y posteriormente de las Hermanas de la Doctrina Cristiana.

            El fundador de este convento, don Alonso González de la Pava. tras haber dado plenos poderes para otorgar su testamento a don Francisco de Rojas Bastida, alférez mayor de la villa y administrador de las minas de la Orden de Santiago; a don Diego de Ortega Ramírez, regidor, y a don Diego García de la Rubia, presbítero, de 22 de no­viembre de 1620 hizo comparecer ante sí al escribano público de Guadalcanal don Cristóbal de Lobos para proceder al nombramiento formal del patrono de dicho convento, en virtud de la facultad que para ello se había reservado por una de las cláusulas de la escritura funda­cional del mismo.

            Recayó, pues, el patronazgo -de cuya competencia era la admi­nistración de la hacienda y propios del convento-, en Isidro González de la Pava, sobrino del instituidor, hijo legítimo de Francisco Ramírez de la Pava y de María de la Torre, su mujer; y después de la muerte de, éste pasaría a su hermano Juan González de la Pava y sus descen­dientes, con preferencia de los primogénitos, al modo como se heredan los mayorazgos de Castilla.

            Comoquiera que por estas fechas ambos hermanos vivían en América fue tácitamente declarado que para dar cumplimiento a la de­signación y ostentación objeto de la presente escritura, éstos deberían venir a residir a Guadalcanal, a los que en concepto de salario-beneficio se les asignó una renta anual de 500 ducados, con cargo al fondo del convento, siendo de 300 para los patronos que les sucedie­sen.

            El escudo cardenalicio que aparece en el frontal de azulejería de uno de los bancos de la capilla mayor de Santa María, ya descrito, sin pertenecer a los hermanos don Cristóbal y don Francisco Freiré de Gálvez, ambos de la Orden de Santiago, cura de esta iglesia y más vicario general de la provincia de León, el primero, y prior del convento de San Marcos y capellán de S.M. el segundo; pues a por el testamento de éste, otorgado en 19 de marzo de 1632, que estos hijos ilustres de Guadalcanal labraron una capilla a su costa sitio de referencia.

            Fundaron también estos señores un vínculo y mayorazgo por escritura que pasó ante don Juan Márquez, el 30 de enero de 1624, siendo testigos Cristóbal Yanes de Gálvez, alférez mayor; Juan Heredia, Cristóbal Rebusco, vecinos de Guadalcanal. La dotación comprend­ía 60.000 reales del principal de un censo impuesto sobre las alcabalas de Almendralejo; otros 40.000 reales sobre el Ayuntamiento Villafranca de los Barros, y una casa con molino de zumaque y un huerto en la calle del Castillo.

            E, igualmente, instituyeron una capellanía a la que impusieron obligaciones, entre otras, de repartir diferentes cantidades de dinero entre las doncellas huérfanas de esta villa en concepto de dote, entre los ancianos pobres y entre los hospitales de la Caridad y de los iros; así como una misa cantada la festividad de San Juan Bautista en el altar de esta advocación de la iglesia de Santa Ana.

            Fueron patronos de esta obra pía el cura párroco de Santa María el guardián del convento franciscano de La Piedad.

            Por una real cédula fechada en Madrid el 9 de enero de 1642 se ordenó aumentar el curato de la iglesia parroquial de Santa María de esta villa, a petición de su párroco, don Fabián de Olmos.

 

Hemerotecas

  

No hay comentarios:

Publicar un comentario