CONSTRUCCIÓN
De tipo barroco, del siglo XVII. La
iglesia muy espaciosa, está construida con una nave y crucero que adoptan forma
y cruz latina, cubriendo las bobeadas de medio cañón con lunetos y cúpula
FUNDACIÓN DEL HOSPITAL DEL ESPÍRITU
SANTO
En 21 de julio del año de 1511, los visitadores se personaron en el hospital
que en la villa edificaba don Benito Garzón, clérigo, del hábito del Espíritu
Santo, al que presentaron la carta de poder extendida por el maestre y en
especial la cláusula relativa a la inspección de ermitas y hospitales, según la
cual estos estaban facultados para impedir la construcción de edificios
religiosos o benéficos que no tuviesen licencia expresa otorgada por la autoridad
suprema de la Orden. En cualquier caso, la visita debería emitir una información
detallada sobre las condiciones, necesidades y fines de tales edificaciones.
Tras haber puesto en conocimiento del referido don Benito Garzón los extremos precedentes, los visitadores le
exigieron el correspondiente título, a lo cual alegó que poseía licencia del
maestre condicionada al informe que sobre las características de dicho hospital
instruyera la presente visita.
De igual modo, a tenor de lo dispuesto en la mencionada cédula, los inspectores santiaguistas deberían
dar información sobre si ocasionaría algún perjuicio a los diezmos y primicias
de la Orden en caso de conceder lo solicitado, fundación que, a juicio de
estos, lejos de ser gravosa, la tuvieron por obra de caridad que honraba el
merecido prestigio de este Instituto religioso-militar. Idéntico parecer había
instruido el provisor don Pedro de Riaza
cuando con ocasión del capítulo que la Orden celebró en Valladolid presentara
la solicitud e informes a instancias del instituidor, quedando pendiente, en
virtud de resolución allí acordada, de la bula pontificia que autorizase la
erección del centro benéfico, la
que debería ser exhibida ante el maestre, a quien -según las declaraciones de los interesados- en dos ocasiones le había sido presentada en
Madrid, pronunciándose reiteradamente por la expresada información que
remitiera esta visita.
Al serle requerida la correspondiente licencia para que en
la capilla del centro se oficiara misa y se tañeran las campanas, como a la sazón se estaba haciendo, el
patrono alegó que no disponía de ella a causa del pleito que trataba con el
vicario de la villa, don Juan Martínez, precisamente en razón de la fundación
de este hospital; y añadió que estaba pendiente de sentencia definitiva por
parte del Consejo de las Órdenes. En lo referente a la celebración de los
cultos divinos en dicha capilla, arguyó don Benito Garzón que poseía autorización
papal, mediante bulas aplicadas, y unos privilegios otorgados por don Juan Millán,
vicario general, y don Andrés Martínez, cura de Usagre y provisor que fue "sede
vacante", con el consentimiento del Clero y Concejo de esta villa. Y
en lo concerniente a la administración de los sacramentos, declaró el fundador
que siempre se ofreció se había hecho con la venia del cura de Santa Ana, a
cuya parroquia pertenecía este hospital, y nunca por vía de ser considerada
como iglesia de tal dignidad.
Aceptó el patrono que esta
institución fuera inspeccionada por la Orden de Santiago y, una vez más,
aprovechó para solicitar de sus representantes la oportuna aprobación, conforme
a los fines de aquélla cuyos
eran el auxilio de los pobres desvalidos y la salvación de las almas, como testificaron Juan de Aregaga y Lope
González de Madrigal, vecinos de la villa.
En virtud de la facultad antes señalada, los visitadores pidieron a don Benito Garzón que les mostrase las
dependencias del edificio destinadas a albergue, a lo que éste se excusó
diciendo que aún no las tenía debidamente amuebladas por hallarse a la espera
del fallo que en el pleito sobre este asunto se seguía, como quedó dicho. Agregó
que para este efecto tenía en su casa doce camas con sus correspondientes enseres.
En vista de ello, los visitadores exigieron que se les
entregase la posesión
del edificio y rogaron a don Benito Garzón y a Juan Vizcaíno, su padre, que lo
abandonasen. Pidió el patrono una tregua para tomar consejo sobre el caso, pues que se declaró iletrado;
pero la alternativa de la visita fue la de apremiarle aún más al abandono del
local, apercibiéndole de la pena de 5.000 maravedíes. Insistió en su petición y nuevamente le fue denegada. Al fin,
salieron de la casa padre e
hijo e inmediatamente fue clausurada por los visitadores, los cuales
entregaron las llaves de la misma a los alcaldes don García Sánchez de Alanís y don Juan Sánchez de Bonilla,
de lo que fueron testigos Gonzalo Martín Monte-Gil, Lope González de Madrigal
y Gonzalo Vanes de, Pero Vanes. Las autoridades locales fueron
advertidas de que el hospital no podría ser visitado ni ocupado por persona
alguna sin autorización real, los cuales, para cumplimiento de ello,
solicitaron de la visita carta de poder en forma legal.
Acto seguido fue requerida la presencia del cura de Santa Ana para que
trasladase el Santísimo sacramento a su parroquia, como se hizo.
Al día siguiente los visitadores otorgaron escritura de poder a favor de don
García Sánchez de Alanís y don Juan Sánchez de Bonilla ante el escribano del
Cabildo municipal Francisco de Bonilla, por la que se les nombraba
celadores de la clausura ejecutada en el hospital.
Por últimos, los visitadores sometieron a la consideración de S.M. todos
estos hechos y pormenores, el cual respondió en los siguientes
términos:
"EL REY
Visitadores de la provincia de león de la orden de santiago cuya
administración perpetua yo tengo por abtoridad ap)osto)lica. Vi v(uest)ra. letra de veynte e tres de jullio
q(ue). me escrvistes sobre lo del
hermitorio de guada/canal y esta bien lo q. en ello aveis proveído y en lo demás placiendo a nro. señor yo mandare
proveer como convenga a la d(ic)ha. orden. De dueñas a cinco de agosto
de qui(nient)o e honze años, yo el rey. por
madado de alteza, miguel peres de luiagan". (sic)
Para la custodia y observancia de la presente cédula las autoridades de la Orden comisionaron al Concejo, Justicia y Regimiento de la villa, a los que se confirió poder para sancionar con 100.000 maravedíes, para la Cámara y Fisco reales, a los que contravinieran este precepto.
ERECCIÓN DEL CONVENTO DEL ESPÍRITU SANTO.
Como los demás conventos de religiosas que en Guadalcanal fueron, también el del Espíritu Santo se debe a otro hijo de esta villa afincado en las Indias, para cuya erección destinó de su hacienda la cantidad de 80.000 pesos.
Tomó
este nombre el nuevo cenobio precisamente por levantarse junto al hospital que
con la advocación del Espíritu Santo fundó -pese a los impedimentos con que
tropezó, el presbítero don Benito Garzón.
La
capilla que aneja a este convento se erigió, aunque ha sufrido algunas
reformas, aún conserva huellas del tiempo de su creación especialmente en el
altar mayor, en cuyo banco se halla el retrato patrono y la leyenda ESTE
CONVENTO FUNDO Y DOTO ALÓNSO, GONZÁLEZ DE LA PAVA A HONRA Y GLORIA DE DIOS Y DE
BENDITA SU BENDITA MADRE...DE NOVIEMBRE SIENDO PATRONO JUAN
GONZÁLEZ DE LA PAVA. AÑO DE 1635. Y el retablo se decorará las pinturas de
Pentecostés, la imposición de la casulla a San Ildefonso, Santa Clara, la Coronación de Nuestra Señora, la Natividad
Señor y la Natividad de la Virgen.
La
capilla es de planta de cruz latina, con bóveda de cañón y lunetos y media
naranja en el crucero. Del tiempo fundacional prevalece también un patio de
ordenación toscana en el interior del que fue convento de clarisas y
posteriormente de las Hermanas de la Doctrina Cristiana.
El
fundador de este convento, don Alonso González de la Pava. tras haber dado
plenos poderes para otorgar su testamento a don Francisco de Rojas Bastida,
alférez mayor de la villa y administrador de las minas de la Orden de Santiago;
a don Diego de Ortega Ramírez, regidor, y a don Diego García de la Rubia,
presbítero, de 22 de noviembre de 1620 hizo comparecer ante sí al escribano
público de Guadalcanal don Cristóbal de Lobos para proceder al nombramiento
formal del patrono de dicho convento, en virtud de la facultad que para ello se
había reservado por una de las cláusulas de la escritura fundacional del
mismo.
Recayó,
pues, el patronazgo -de cuya competencia era la administración de la
hacienda y propios del convento-, en Isidro González de la Pava, sobrino
del instituidor, hijo legítimo de Francisco Ramírez de la Pava y de María de la
Torre, su mujer; y después de la muerte de, éste pasaría a su hermano Juan
González de la Pava y sus descendientes, con preferencia de los primogénitos,
al modo como se heredan los mayorazgos de Castilla.
Comoquiera
que por estas fechas ambos hermanos vivían en América fue tácitamente declarado
que para dar cumplimiento a la designación y ostentación objeto de la presente
escritura, éstos deberían venir a residir a Guadalcanal, a los que en concepto
de salario-beneficio se les asignó una renta anual de 500 ducados, con cargo al
fondo del convento, siendo de 300 para los patronos que les sucediesen.
El
escudo cardenalicio que aparece en el frontal de azulejería de uno de los
bancos de la capilla mayor de Santa María, ya descrito, sin pertenecer a los
hermanos don Cristóbal y don Francisco Freiré de Gálvez, ambos de la Orden de
Santiago, cura de esta iglesia y más vicario general de la provincia de León,
el primero, y prior del convento de San Marcos y capellán de S.M. el segundo;
pues a por el testamento de éste, otorgado en 19 de marzo de 1632, que estos
hijos ilustres de Guadalcanal labraron una capilla a su costa sitio de
referencia.
Fundaron
también estos señores un vínculo y mayorazgo por escritura que pasó ante don
Juan Márquez, el 30 de enero de 1624, siendo testigos Cristóbal Yanes de
Gálvez, alférez mayor; Juan Heredia, Cristóbal Rebusco, vecinos de Guadalcanal.
La dotación comprendía 60.000 reales del principal de un censo impuesto sobre
las alcabalas de Almendralejo; otros 40.000 reales sobre el Ayuntamiento Villafranca
de los Barros, y una casa con molino de zumaque y un huerto en la calle del
Castillo.
E,
igualmente, instituyeron una capellanía a la que impusieron obligaciones, entre
otras, de repartir diferentes cantidades de dinero entre las doncellas huérfanas
de esta villa en concepto de dote, entre los ancianos pobres y entre los
hospitales de la Caridad y de los iros; así como una misa cantada la festividad
de San Juan Bautista en el altar de esta advocación de la iglesia de Santa Ana.
Fueron
patronos de esta obra pía el cura párroco de Santa María el guardián del
convento franciscano de La Piedad.
Por
una real cédula fechada en Madrid el 9 de enero de 1642 se ordenó aumentar el
curato de la iglesia parroquial de Santa María de esta villa, a petición de su
párroco, don Fabián de Olmos.
Hemerotecas
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