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lunes, 21 de septiembre de 2020

Aquella Mina de Pozo Rico

PRIMERA RESERVA MINERA DE ESPAÑA

HISTORIA

SIGLO XVI:
En Agosto de 1555 se recibieron avisos de que unos vecinos de la villa de Guadalcanal llamados Martín y Gonzalo Delgado, habían descubierto en el término del Molinillo, propio de dicha villa, unas minas abundantes de metal de plata, muy rico, y aún algunas cantidades de oro, con tales ponderaciones de importancia y rique­za, que la Princesa Doña Juana (pues el Rey Felipe II se encontraba en Flandes), oído el dictamen de sus ministros y consejeros, re­solvió tomar conocimientos y poner cubro y recaudo en ellas para ayuda en los gastos del Estado, pagando 33.500 ducados como in­demnización y encargando a Agustín de Zarate la administración de las explotacio­nes. Tras diversos conflictos, surgidos, al parecer, por la existencia de Reales Asientos anteriores sobre minas de la zona, otorgados a favor de particulares, compartió el go­bierno de las explotaciones el citado Agustín de Zarate, Juan de Xuren y Juan de Gilist.
Según los primeros avisos del admi­nistrador Agustín de Zarate, la plata que salía de los pozos de Guadalcanal, era de ley de 11 dineros y 20 gramos (6 % de plata), el plomo-plata afinado correspondía entre ter­cio y quinto de plata fina, cosa que apenas se vio en Potosí.
En 1556 en vista de la gran produc­ción y la gran cantidad de registros colindan­tes se nombró inspector general de minas a Francisco de Mendoza, hijo del virrey de las Indias.
A principios de 1557 se trabaja a 40 metros de profundidad, se habían instalado molinos de caballerías y sin previo lavado, el mineral se fundía, aunque enseguida se co­menzó a aplicar el proceso de amalgamación. Se empleaban esclavos negros en las labores de desagüe, comprados en Zafra donde exis­tía el principal mercado de Extremadura, pero fueron vendidos en 1576 por encontrar­se muy trabajados y cansados.
Una pragmática de 1559 establece la Prohibición de explotar yacimientos en una legua alrededor de Guadalcanal, por lo que esta mina cabe el honor de haber sido la Primera Reserva Minera de España.
Durante los 22 primeros años de su explotación parece ser que se obtuvo la prin­cipal producción, unos 320.000 marcos de plata (cerca de 75 toneladas), que fueron consumidas en paliar las innumerables deu­das y para el pago de las campañas militares. Agustín de Zarate, informa que en 1570 que la mina no cubre los gastos ocasiona y hasta 1584 no deja de trabajarse por cuenta oficial.
Como repercusión en Guadalcanal, cabe destacar la acción en 1559 de Juan Pérez de Mérida, vecino de Guadalcanal y mayordomo de la iglesia parroquial, el cual otorgó obligaciones de emplear en la torre de dicha iglesia 75.000 maravedís que la Prin­cesa gobernadora había librado en el produc­to de las minas para el mencionado objeto.

SIGLO XVII:
En el año 1632 se reanudan las labo­res bajo la propiedad de los banqueros ale­manes Fuggers, propietarios también a la sazón de las minas de mercurio de Almadén. La explotación sólo duró dos años y dio lugar a más leyendas y mitos que a verdadera ganancia, pues las dificultades fueron, al parecer, enormes.

SIGLO XVIII:
Ya en este siglo y existiendo adelan­tos tecnológicos tales como la utilización por primera vez de la pólvora en el arranque, la aplicación de la máquina de vapor al transporte y la mayor difusión de textos escritos, cabe destacar una licencia de treinta años, conseguida en 1725 por el súbdito sueco Liberto Wolters, para el beneficio de esta mina. Se formó, a tal fin, una compañía, en la que participaron varios nobles, y que fue duramente contestada por otros. Las des­avenencias entre los socios, y el deseo de eliminar al fundador extranjero, retrasaron los trabajos notablemente. A la muerte de Wolters, tras numerosos pleitos, la compa­ñía acaba disolviéndose.
En 1768, una empresa francesa tienta de nuevo la suerte, construyendo nuevos lavaderos e instalaciones. Tras muchas pér­didas, se contrató en 1775 al ingeniero ale­mán Juan Martín Hoppensak, que investigó el yacimiento y dio solución temporal a los problemas de desagüe. Sin embargo, éstos al fin vencieron, cerrándose de nuevo la mina en 1778.
El mismo Hoppensak en 1796, s arriesga a explotar por su cuenta las minas d Guadalcanal y Cazalla, siendo su concesión por tiempo limitado.

SIGLO XIX:
La renacida minería española de fina les del siglo XVIII sufre, a comienzos de XTX, el duro golpe de la guerra de la Inde­pendencia, con sus secuelas de hambre endeudamiento, falta de población activa y enfermedades. Por todo esto sólo cabe destacar car en este siglo, el reconocimiento de interior realizado por Robert Kith, el cual seña una dirección N35° y un buzamiento de SC con una longitud reconocida de unos 31 metros y una profundidad de 240 metros 11 pisos de los cuales los tres primeros indican un laboreo minero mientras que el resto son galerías de reconocimiento. Lanchura media es de unos 0,50 metros entre los límites de 5 centímetros a 1 metro.

SIGLO XX:
En 1911 volvió a desaguarse, trabajo que pudo realizarse en su totalidad, aunque con dificultades y el intento de ampliar las instalaciones para proseguir bores de interior se vio truncado por la primera Guerra Mundial, momento en que se paralizó la explotación. Los diversos grupos mineros que tuvieron posteriormente titularidad de las concesiones no siguieron las labores.     
La empresa nacional Adaro de inversiones Mineras realizó en 1978 una campaña de investigación, realizando mineralógicos de detalle (microscopía, transmisión y reflexión, DRX, microanálisis por microsonda electrónica y MEBL) que, realizando incluso sondeos mecánicos, pero al parecer los trabajos no han alcanzado una segunda fase por sus resultados negativos.

GEOLOGÍA.- 
ENCUADRE GEOLÓGICO:
La zona de Pozo Rico y sus inmedia­ciones se localiza geológicamente dentro de la Fase de Transición, de edad infracrámbrica, integrada por lavas, tobas, esquistos, esquistos tobáceos y conglomerados volcánicos, con direcciones NO-SE que hacia él y hacia el Este se ponen en contacto, cárneamente por fallas, con las Formaciones de Campoallá y Tambor de direccio­nes NNO y NO que constituyen el flanco sur de un anticlinal cuyo núcleo está integrado por el complejo vulcano sedimentario de Transición y cuya litología es principalmen­te de calizas más o menos compactas en feúcos de hasta 100 metros de potencia intercaladas en tramos pizarrosos con algún paso de cuarcitas de  poca importancia.
El sistema de fracturas principal es de dirección NNO que separa las formaciones la parte meridional con levantamientos del bloque norte donde se sitúa el área de Pozo Rico. Otras fracturas, también importantes son de dirección N a NE y compartimentan en bloques la Formación vulcano sedimentaria. Una fractura de este tipo es probablemente la que alberga la mineralización de Pozo Rico.

GÉNESIS MINERAL:
Se trata de mineralizaciones filonianas arman en terrenos metamórficos hercínicos y presentan enriquecimientos con un marcado control litológico: bonanzas en zonas de intersección con niveles de metavolcanitas básicas intensamente altera­das y ricas en sulfures. Se distinguen, pues, dos tipos de asociaciones minerales:
A.- La del encaje alterado.
B.- la de las estructuras filonianas (N 140° E) productivas.
Las volcanitas (A) contienen dise­minaciones tempranas, de probable origen magmático (óxidos) o exhalativo volcanosedimentario (sulfuros), constituidas por:
- Ilmenita.       - Hematites.
-Magnetita.     -Pirrotina.
- Pentlandita.  - Esfalerita.
En los filones productivos (B), con ganga de cuarzo, barita y carbonatos (calcita), se han observado los siguientes minerales hipogénicos:
- Loellingita.   - Safforita.
- Arsénico nativo.       - Allemontita.
- Stefanita.       - Plata nativa.
- Plata antimonial.      - Plata mercurial (25 % Hg).
- Discrasita.    - Miargirita.
- Pirargirita.   - Estibina.
- Galena.         - Pirita.
- Calcopirita.  - Esfalerita.
- Bismuto nativo.        - Argentita.
Como minerales supergénicos:
- Calcosina.    - Covellina.
- Yeso.   - Cerusita.
- Malaquita.        - Siderita.
Las relaciones texturales son compli­cadas, con frecuentes reemplazamientos y especies recurrentes, evidenciando una se­cuencia de cristalización compleja, a menudo en desequilibrio físico químico, en condiciones meso epitermales. La génesis, que ha de precisarse por estudios en curso, podría explicarse por procesos de movilización metamórfica y precipitación selectiva, con un fuerte componente de control topomineral de tipo “Fahlband”. Existen similitudes con otros conocidos distritos (Cobalt, Ontario, Kongsberg, Noruega), sin llegar a una idéntica tipología completa.

CONCLUSIONES
Este conjunto de consideraciones hace arriesgado el abandono total de la zona sin tener una información completa de su esteri­lidad, lo que puede realizarse con una discre­ta prospección de la zona de Pozo Rico y su entorno para lo cual se estima como método idóneo la geoquímica de suelos seguida en caso necesario de prospección geofísica por métodos eléctricos y labores mineras de su­perficie, del tipo de calicatas y perforacio­nes, si los resultados fueran positivos.
La zona seleccionada tiene una exten­sión de 400 hectáreas y está situada al NE de Guadalcanal con las siguientes coordena­das:
Paralelos ...... 36° 05' 50" a 36° 06' 50", Meridianos .... 2°04'50"a 2°07'40", según el meridiano de Madrid.
Se propone la confección de:
1.- Una cartografía de detalle a escala 1:10.000.
2.- Prospección geoquímica de suelos si­guiendo 21 perfiles de dirección E-O separa­dos entre sí 50 metros y con intervalos de toma de muestras sobre perfil a 25 metros en una longitud de 2 Km. Este dispositivo liza 3.400 muestras.
Se realizará:
- las determinaciones normales de barrido de plomo, zinc y cobre y además de cobalto y níquel alternativamente para el total del desmuestre.
- el tratamiento estadístico de los datos, de forma que queden plasmados en los diversos planos de geoquímica, con curvas de. isocontenido.
- la oportuna correlación geológica geoquímica con aperturas de calicatas mineras si las anomalías fueran de interés
- una campaña de prospección geofísica por el método más adecuado que permita comprobar la continuidad y profundidad de las anomalías.
Siendo positivos los resultados de las diferentes actuaciones se recomendará y planeará la campaña de perforaciones más adecuada.

J. MEDINA ALEJANDRO Y M. MADRID CHAVES

REVISTA FERIA Y FIESTAS 1994

lunes, 14 de septiembre de 2020

La villa y encomienda santiaguista y extremeña de Guadalcanal (1)

Primera parte

RESUMEN
La Historia de Guadalcanal es imposible desligarla de la Orden de Santiago, de Extremadura y del partido de Llerena, a cuya jurisdicción y espacio geográfico perteneció entre 1246 y 1833. Dentro de este marco, esta villa evolucionó de forma similar a las de su entorno santiaguista, aunque es preciso resaltar ciertas peculiaridades: la existencia de importantes minas de oro, plata y otros metales en su término; una especial incidencia en la emigración a Indias; la venta de la mitad de las rentas santiaguistas al Hospital de las Cinco Llagas de la ciudad de Sevilla en 1540; el nombramiento de un corregidor real de letras en 1783; y, finalizando ya el Antiguo Régimen, su incorporación a la provincia de Sevilla.

1. INTRODUCCIÓN
La conquista definitiva de la provincia de León de la Orden de Santiago tuvo lugar durante el segundo cuarto del XIII. Fueron las milicias santiaguistas las encargadas de esta misión, de acuerdo con la estrategia diseñada por la Corona castellanoleonesa. Por ello, cuando en 1246 el alcayde moro de  Reina entregó la villa y su castillo a los ejércitos de Fernando III en el cerco de Carmona, el monarca cedió sus tierras a los santiaguistas, quedando incluidos en la misma los actuales pueblos y términos de Reina, Guadalcanal-Malcocinado, Ahillones-Disantos, Azuaga-Cardenchosa, Berlanga, Bienvenida, Cantalgallo, Casas de Reina, Granja-los Rubios, Fuente del Arco, Higuera, Llerena, Maguilla-Hornachuelos-Rubiales, Trasierra, Usagre, Valverde y Villagarcía.
Al principio, la villa de Reina y su castillo constituían el núcleo defensivo más importante de la zona, representando el centro militar y administrativo del alfoz que le asignó Fernando III. Más adelante, una vez consolidadas las fronteras en el bajo Guadalquivir, durante la segunda mitad del XIII surge la necesidad de repoblar el territorio y aproximar el vecindario a aquellas zonas de más rendimiento agropecuario. Siguiendo esta política, las primitivas Tierras de Reina se desdoblaron en cuatro encomiendas:
– La encomienda matriz, con la villa de Reina y los lugares de Ahillones, Disantos, Berlanga, Casas de Reina, Fuente del Arco, Trasierra y Valverde.
– La de Azuaga, integrada por esta villa, el lugar de Granja y las aldeas de Cardenchosa y los Rubios.
– La de Usagre, en cuyo ámbito de influencia se localizaba Bienvenida.
– Y la de Guadalcanal, con la referida villa y la aldea de Malcocinado.
Aparte se localizaba una quinta circunscripción, cuyos pueblos tenían en común su exclusión de las encomiendas vecinas y su pertenencia a la Mesa Maestral. Nos referimos a Llerena, Cantalgallo, los Molinos, Maguilla Hornachuelo-Rubiales, la Higuera de Llerena y Villagarcía 1.
Simultáneamente, dentro de estas circunscripciones, a cada una de las villas y lugares citados se le deslindó un reducido término. Estarían constituidos por lotes de tierras o suertes de población, que incluirían huertas, plantíos y tierras de labor concedidas en propiedad a los primeros y más significados repobladores con la finalidad de afianzar el asentamiento. Aparte, incluían ciertos predios alrededor de la población (ejidos) y otras zonas adehesadas de las más productivas del entorno (dehesas concejiles), en ambos casos para el usufructo gratuito, comunal y exclusivo del vecindario presente y futuro; es decir, cerrado a forasteros y a sus ganados, pero abierto a quienes quisieran avecindarse 2.
Las tierras de peor calidad, o de acceso más dificultoso, quedaron sin distribuir como baldías, estableciéndose una comunidad general de aprovechamientos (pastos, bellota, madera, leña, abrevaderos, caza y pesca), a los cuales podía acceder cualquier vasallo de la Orden en su provincia extremeña, con independencia de la circunscripción a la que perteneciesen.
En definitiva, el territorio santiaguista en la Extremadura Leonesa de finales del XIII estaría vertebrado por sus distintas encomiendas, divididas a su vez en pequeños términos aislados e inmersos en una extensa superficie de tierras abiertas o baldías, donde quedó establecida la intercomunicad general aludida.
Más adelante, a lo largo del XIV las tierras baldías se repartieron entre las referidas encomiendas, si bien persistían en el mismo uso comunal e interconcejil, con la salvedad de que progresivamente su aprovechamiento quedaba restringido al vecindario de encomiendas vecinas; es decir, de la intercomunicad general se pasó a otra de carácter vecinal, como así quedó institucionalizado por uno de los establecimientos acordados durante el Capítulo General que la Orden celebró en Llerena, en 1383 3.
Siguiendo estas directrices, se agregaron al término dezmatorio de Guadalcanal entre 15 y 20 mil fanegas de tierras baldías usufructuadas por el común de sus vecinos y en comunidad de pastos con los de Llerena y los concejos establecidos en la demarcación de Reina. En reciprocidad, los vecinos de Guadalcanal también usufructuaban los aprovechamientos de los baldíos de Reina y de Llerena. Estas Inter comunidades se mantuvieron hasta bien entrado el siglo XIX. Las primeras desavenencias sobre este particular surgieron en 1442, fecha en la que hubo que revisar los privilegios particulares de cada concejo, concretados en una sentencia pronunciada por los visitadores del maestre-infante don Enrique de Aragón, ratificada sucesivamente en 1460 por el maestre don Juan Pacheco, por Alonso de Cárdenas en 1487 y en 1494 por los Reyes Católicos 4.


2. LA ENCOMIENDA DE GUADALCANAL
En los primeros tiempos, las diferencias entre concejo y encomienda eran difíciles de determinar, dadas las potestades que disfrutaban los comendadores. Poco a poco fueron delimitándose las jurisdicciones de una y otra entidad, siempre en el sentido de ampliar las competencias de los oficiales concejiles y de recortar la de los comendadores, especialmente tras la aparición en el primer tercio del siglo XV de los alcaldes mayores y gobernadores santiaguistas.
Por las visitas de la Orden de Santiago de finales del XV y por otros datos del Archivo Ducal de Medinaceli 5 tenemos cumplidas noticias de los derechos del comendador de Guadalcanal:
– El beneficio de unas treinta fanegas de tierra de primera calidad en los sitios del baldío de la viña de la Orden y del cercado de la Orden.
– Los usufructos de la dehesa del Palacio, en término de la encomienda de Reina.
– El portazgo y veintena del término.
– Los diezmos de molinos, huertas, cereales, vino, lino, zumaque, cochinos, pollos, becerros, cabritos, borregos, tejas, ladrillos, cal, miel, cera, queso y lana.
– La mitad de las penas de cámara y total de las penas y calumnias, juzgo y armas.
– Por último, ciertas preeminencias anexas al cargo, como derecho al primer peso de la carne, asiento preferente en las iglesias y primer sitio en todas las funciones públicas a las que se dignaba asistir.
Como contrapartida a las rentas recibidas, los comendadores tenían obligación de residir en su encomienda, mantener los beneficios curados, repartir limosnas y acudir, en caso de conflictos y a requerimiento del maestre, con un número de lanzas proporcional a las rentas que percibía. Asimismo, estaban obligados a construir y mantener los edificios civiles y militares precisos.
Aparte la carga de vasallaje citada, el maestre también gozaba en Guadalcanal de otros derechos significativos, los cuales, junto a los que disfrutaba en el resto de los pueblos santiaguistas, constituían la denominada Mesa Maestral. En nuestra villa, estos últimos estaban representados por:
– La martiniega, es decir, la obligación que cada vecino tenía de pagar 14 maravedíes al maestre por San Martín.
– El pedido de maestre, otro impuesto que afectaba al concejo como entidad jurídica.
– El monopolio en la fabricación y venta del jabón.
– Los derechos de escribanía, otro monopolio, en este caso de un oficio público, que solía arrendarse al concejo por un tanto.
– Y varias casas, molinos, palomares y hornos, así como numerosos derechos hipotecarios (censos) sobre bienes inmuebles.

1 A principio del siglo XV, siendo maestre Lorenzo Suárez de Figueroa (1387-1409), Villagarcía fue segregada de la jurisdicción santiaguista, pasando a los herederos del maestre García Fernández de Villagarcía (1385-87).
2 MALDONADO FERNÁNDEZ, M.: “Las intercomunidades de pastos en las tierras santiaguistas del entorno de Llerena”, en Actas de las III Jornadas de Historia de Llerena, Llerena 2003.
3 En el artículo anterior.
4 Privilegio Real de 1494, declarando baldíos comunales entre la villa de Guadalcanal y la villa de Reina (y lugares de su encomienda), de dos pedazos de términos llamados Valdelacigüeña y Campillo. Y concordia entre ambos pueblos sobre comunidad de pastos en ciertos sitios del término de la villa de Guadalcanal. AMG, leg. 1644.
5 Fadrique Enríquez de Ribera recibe de Catalina de Ribera, su madre, todo el dinero cobrado en la encomienda de Guadalcanal. ADCM, Sec. Ducado de Alcalá, microfilme 1204/607-614.

MANUEL MALDONADO FERNÁNDEZ
www.manuelmaldonadofernandez.blogspot.com

lunes, 7 de septiembre de 2020

Ciudadanos de tercera

!Buen progreso!

Cuando el Ministerio de Hacienda no hace ninguna discriminación entre las distintas regiones del país a la hora de recaudar los necesarios impuestos para al funcionamiento de los distintos ministerios, lo vemos totalmente normal.
Aceptamos como normales las campañas en prensa, radio y televisión en las que nos indican fechas y formas de presentar las declaraciones sobre la renta patrimonio, etc., que nos afectan prácticamente a todos. Igualmente aceptamos los impuestos indirectos, que nos gravan todos los artículos de nuestra vida desde el superlativo de la gasolina, hasta el último que grava las medicinas. Y los aceptamos porque sabemos que son necesarios para cubrir los presupuestos generales del Estado, y que, por lo tanto, ese dinero que todos pagamos revierte en beneficios para todos, en forma de carreteras, hospitales, viviendas, subvencionadas, servicios, etc.
Sin embargo, esos Ministerios, parece que no son tan ecuánimes a la hora de distribuir dichos presupuestos.
Me aclaro. A la hora de recaudar, todos los ciudadanos somos de la misma categoría para el gobierno, pero en el momento de dicha distribución, la cosa cambia. Nuestra Sierra Norte es una zona deprimida en una región deprimida, y eso se ve claramente. Es posible que la recaudación de impuestos en nuestra zona no sea suficiente como para autofinanciamos en la creación de una infraestructura que tanto necesitamos, pero no por ello se nos debe de tratar como ciudadanos de tercera.
O, acaso, ¿no nos trata como ciudadanos de tercera el Ministerio de Obras Públicas, cuando nuestros accesos por carretera son de lo peorcito de España? sin ninguna seguridad, con infinidad de curvas, piso en mal estado, que no soporta el peso de camiones normales, a las que se da la solución ponerles unas placas de limitación de peso totalmente ridículo para la época que vivimos,, y sobre lo que nos comentan que si no puede entrar un camión con diez toneladas, que entren dos de cinco...  ¡Buen progreso!
¿Y la Renfe? Con material en su mayor parte desechado de otras regiones con promedios de velocidad de 40 a 50 kilómetros hora, y con un tren bastante aceptable, como el “Ruta de la Plata” ... que no para en nuestra estación.
Y la Sanidad, con un solo médico y un A.T.S., y ninguna matrona para censo de unas 4.000 personas.
Con la enseñanza, teniendo nuestra juventud que marcharse fuera para hacer el B, U, P…, por la falta de un Instituto.           
Lo mismo nos pasa con el Ministerio de la Vivienda, con la carencia de viviendas subvencionadas al alcance de nuestro nivel de vida, ya que a pesar retroceso en nuestro censo, hay parejas esperando años para poder casarse por falta de las mismas, y familias viviendo en casas que no reúnen las condiciones que hoy consideramos mínimas.
Y, para no alargarme demasiado hasta TVE, que a cambio de cederle gratuitamente los terrenos donde se halla instalada la emisora, nos tiene sin segundo canal, a pesar de la promesa reiterada en varias ocasiones (hasta en la propaganda electoral de un partido en las pasadas municipales) de que instalaría un equipo para poder sintonizar el UHP en nuestro pueblo.
Mas, seamos sensatos; no podemos pretender, por más que lo deseemos de la noche a la mañana, tener autopistas gratuitas, trenes rápidos y cómodos, muchas viviendas gratuitas y un hospital con una cama por cada 200 personas, porque tenemos que ser consecuentes con la actual realidad económica del país, pero si tenemos que pedir LO MISMO que tengan los demás, porque es y debe ser la hora de la solidaridad. Solidaridad de otras zonas más privilegiadas, nosotros hemos contribuido a que lo sean, con nuestra mano de obra barata, creándoles esa infraestructura que a nosotros nos falta, dejando nuestros pueblos vacíos para aportarles vigor y riqueza.
Pero no queremos solidaridad rogada, sino debida, y no pedida cumplida por los distintos Ministerios que deben obligarse a que las categorías ciudadanas desaparezcan en el país, como, gracias a Dios, han desaparecido prácticamente en nuestra pequeña comunidad.
Pidamos desde estas páginas de la Revista de Feria a nuestras autoridades Municipales, Comarcales y Provinciales, como representantes del pueblo elegidos por el pueblo, que no cejen en el empeño de conseguir, que lo que deseamos se convierta pronto en realidad.

UN GUADALCANALENSE
Revista de feria 1980

lunes, 31 de agosto de 2020

Inventario de los archivos históricos de Tentudía 3

Documentos relacionados con Guadalcanal  3/3

 A continuación, relacionamos documentos de otros archivos de la Vicaría, como Relacionados con la villa Santiaguista de Guadalcanal. 

DOCUMENTOS PROCEDENTES DE OTRAS POBLACIONES. -
1593 Llerena.  Autos ejecutivos contra Cristóbal de Yelves. Inserta los traslados de estas escrituras: obligación de Cristóbal de Yelves, por poder de Gonzalo Juárez de Ortega, vecino de Guadalcanal, a favor de Da Jerónima Delgado, viuda de Hernán Delgado (1590); dote que recibe D. Francisco Mejía de Da María de Solana (1599); testamento de De Jerónima Delgado (1602); carta de pago de D. Francisco Mejía a favor de Da Gerónima Delgado (1602) 10-27

RELACIONES CON OTRAS POBLACIONES (Montemolin). -
1640 documento 58-57.- Real provisión y autos en torno a la competencia de un regidor de Guadalcanal que trae autos ejecutivos contra vecinos de
Montemolin.

NORMATIVA EMANADA DE LA ADMINISTRACIÓN CENTRAL Y
PROVINCIAL: ASUNTOS DE ÁMBITO GENERAL. -
1806 decreto de la Contaduría General de consolidación de vales sobre actuaciones ocurridas en Guadalcanal con los cosecheros de vinos en relación al encabezamiento del nuevo impuesto 11-1
1823 expediente instruido a instancias del presbítero de Guadalcanal D. Antonio Montero sobre licencia para cortar alcornoques de una tierra titulada en los términos de esta villa pertenecientes a la capellanía que posee, fundada por Francisco González Rebollo 14-15
1823 declaración de D. Pedro Espinosa de los Monteros sobre la propiedad de un olivar en Guadalcanal 14-18
1703 carta de Alonso Guerrero Durán de Torres, vecino de Zafra, al Sr. Moreno, vecino de Guadalcanal, sobre ciertos tratos. (Anotación al reverso sobre el repartimiento de camas comunicado por el alcalde mayor de Llerena 4-15)

 S. ARCHIVO MUNICIPAL DE SEGURA DE LEÓN: 1553-1833.-
1806 decreto de la Contaduría General de consolidación de vales sobre actuaciones ocurridas en Guadalcanal con los cosecheros de vinos en relación al encabezamiento del nuevo impuesto 11-1
1823 expediente instruido a instancias del presbítero de Guadalcanal. D. Antonio Montero sobre licencia para cortar alcornoques de una tierra situada en los términos de esta villa pertenecientes a la capellanía que posee, fundada por Francisco González Rebollo 14-15
1823 declaración de D. Pedro Espinosa de los Monteros sobre la propiedad de un olivar en Guadalcanal 14-18
1703 carta de Alonso Guerrero Durán de Torres, vecino de Zafra, al Sr. Moreno, vecino de Guadalcanal, sobre ciertos tratos. (Anotación al reverso sobre el repartimiento de camas comunicado por el alcalde mayor de Llerena 4-15)

V.3. CONVENTOS, ERMITAS, COFRADÍAS Y OTRAS COMUNIDADES ECLESIÁSTICAS. -
1831 reparos a las cuentas del mayordomo del convento de carmelitas, visita y admisión de una novicia de Guadalcanal 449
1862 solicitud de las religiosas del Carmen procedentes del extinguido convento del Espíritu Santo de Guadalcanal para recuperar la imagen de Sta. Clara 449
1821 supresión del convento de la villa, agregándose los observantes a los de Guadalcanal y Olivenza 453
ARCHIVO MUNICIPAL DE CABEZA DE VACA
1763 guía concedida a Fernando Muñoz para conducir un potro y proceder a su venta. 56-62
1768 demanda del cura D. Francisco Rodríguez de Herrera contra Francisco Pérez, vecino de Guadalcanal por deudas 25-23

 Otros archivos
 Tal vez el archivo que más documentación tiene legible de Guadalcanal dentro de los archivos históricos de Tentudía es el Archivo Parroquial de Monesterio, este archivo que está depositado en el despacho parroquial se hallan completamente desordenados en viejo armario de madera empotrado agujereado por la carcoma y el paso del tiempo y en otros que los sucesivos sacerdotes han tratado de conservar y clasificar, así se encuentran actualmente clasificados y ordenados muchos de ellos en veintiocho archivadores agrupados los documentos en carpetas.
Estos archivos han sido mermados en diferentes épocas, sobre todo en el pasado siglo XX, muchos de ellos fueron salvados in extremis al ser tirados por la ventana en Julio del 1936, la más reciente expoliación fue la del cura que dirigía la Parroquia de San Pedro a finales del 1960, que decidió desprenderse de los mismos, cediéndoselos al alcalde, este años después los reintegró a la parroquia.

A continuación, citamos algunos de estos legajos referidos a Guadalcanal:

CONVENTO DE MONJAS CONCEPCIONISTAS
1795 documento (21-3). - Recurso sobre el pago de los alimentos que debe el convento concepcionista de Guadalcanal a dos religiosas trasladadas al de Segura  
CONFLICTOS CON LA TENENCIA DE VICARÍA DE GUADALCANAL
1781-1791documento (48)   sin clasificar. Nombramientos de tenientes de vicario, con referencias y 1842 históricas a su legalidad.
1785. documento (27-15). - Ejecutoria ganada por el vicario de Tudía en el pleito con su teniente de Guadalcanal, ¿1805? documento (38-59 inc.). -Instancia del vicario de Tudía solicitando testimonio del privilegio de Guadalcanal sobre el nombramiento de los tenientes, e informe del teniente actual. 
1805-1806 documento (38-52). - Disputas sobre competencias en las apelaciones y sobre el nombramiento de teniente de vicario.
1832 providencias sobre el proceder del teniente de vicario en el encarcelamiento del párroco de Santa Ana de Guadalcanal
1843-1844 documento (27-4). - Expediente sobre la aptitud para ser vicario del presbítero D José Quintero y sobre sus facultades para el nombramiento de teniente.
Sin fecha documento (27-21). -  Impreso del ayuntamiento de Guadalcanal solicitando que su vicario conozca en todas las causas en primera instancia, así como en las de apelación que le fije el Consejo de órdenes,
Sin fecha Impreso documento (27-9). Defensorio por la vicaría de Guadalcanal, en cinco capítulos:
1- Jurisdicción ordinaria del vicario.
2- Es inferior al de Tudía, pero no es su teniente.
3- Puede nombrar teniente.
4- No cesa por promoción o muerte del de Tudía.
5- Ha de ser religioso de la Orden de Santiago. 
DOCUMENTOS PROCEDENTES DE OTRAS INSTANCIAS DE LA VICARÍA DE GUADALCANAL 
1662, 1764 documento (27-12). Reales provisiones facultando a los párrocos la administración de todas las capellanías
1774 documento (38-75) Autos sobre la provisión de la sacristía. Información del personal de servicio y dotaciones.
1792 documento sin clasificar. Autos de la demanda instruida por los incidentes ocurridos en la elección de colector de la parroquia de la Asunción
1802 documento (18-13) Apelación de un auto del teniente de vicario contra el presbítero D. Juan García por cerrar una ventana en pared divisoria
1802 documento (20-20) Demanda de Alfonso Arenas contra Juan Alonso y sus cuñados de Alanís, por una propiedad que tiene réditos de una capellanía 1804 documento (17-5) Juicio de conciliación entre D. Fernando Artero, vecino de Calera, y varios vecinos sobre la bellota de una dehesa.
1843 documento (23-3) Oficio del alcalde para que se separe de su cargo al vicario por no haberse sumado al pronunciamiento nacional.
1843-1850 documento sin clasificar. Correspondencia entre el vicario de Tudía y el teniente de vicario de Guadalcanal 
MATRIMONIOS DE GUADALCANAL
1801 documento 36.- Dispensas y otras diligencias matrimoniales.
1806-1856 documento 34.- Ídem

 Información adicional. -
           De forma general se puede afirmar que los archivos parroquiales han guardado mejor la documentación que los municipales. Del archivo del Vicario de Tudía, al trasladarse de Calera a Segura de León hacia 1790, debió desecharse toda la documentación acumulada desde la fundación de la Vicaría a finales del S. XIII. Tan sólo se reservaron los documentos que incluían los pleitos de aquella con diversas instancias santiaguistas (prior de San Marcos, provisor de Llerena, vicario de Guadalcanal, sobre todo) a partir de 1427, bien en los documentos originales bien en transcripción de los pleitos, o ambas cosas a la vez. A eta última fecha corresponden el pleito y la llamada sentencia antigua, favorable al Vicario de Tudía frente al provisor de Llerena, por oposición a la sentencia nueva, de 1536, por la que el provisor asentó sus derechos en perjuicio de los del Vicario. Junto a esta documentación originada en los diversos pleitos, se incluye manuscrita alguna historia de la Orden de Santiago y de su Vicaría de Tudía. Igualmente se conservan escritura de bienes, donaciones y fundaciones a favor de la Vicaría anteriores a 1790. En ellos estaba en juego la supervivencia de la institución. La documentación vicarial se guarda en mejores condiciones a partir de 1790, es decir, la generada por la institución en su último siglo de vida, y en ella encontramos expedientes matrimoniales. El archivo parroquial de Calera de León guarda escrituras de diverso contenido relacionadas con la Encomienda y Vicaría de Tudía, con una cronología que va de 1512 a 1878. Todas las poblaciones de la Mancomunidad estuvieron incluidas en el distrito vicarial, salvo la de Bodonal que lo estuvo en la Fregenal de la Sierra.
Los archivos parroquiales de la Mancomunidad, en general, han guardado al menos las series sacramentales desde que comenzaron a formarse allá por el primer tercio o mitad del S. XVI. La serie de bautismo más temprana se localiza en Monesterio, con partidas sueltas ya desde 1509; le siguen las series de los parroquiales de Bodonal de la Sierra y Fuentes de León, que dan comienzo en 1541 y 1547 respectivamente; la parroquia de 54 MESTO cuadernos monográficos de Tentudía 111
Montemolin da comienzo a sus series bautismales en 1551 y la de Fuente de Cantos en 1555; siendo las más tardías la de Calera de León que no comienza hasta 1565, Segura de León en 1567 y Cabeza la Vaca en 1570. En años inmediatos comienzan las series de Matrimonios Las más tempranas son de Bodonal de la Sierra y Cabeza la Vaca donde se comienzan en 1564; Segura de León las comienza en 1566; Montemolin en 1571; Monesterio en 1573, con lagunas hasta 1581; Fuente de Cantos en 1587; siendo de la última década del S. XVI las de Calera de León de 1592 y las de Fuentes de León que no dan comienzo hasta 1593.
Las anotaciones de Difuntos no comienzan hasta entrado el S. XVII en todos los casos, siendo la parroquia de Monasterio la más temprana en apuntar los fallecidos, cosa que comienza a hacer en 1616 y Bodonal de la Sierra en 1619. Casi por los mismos años comienzan a anotarse en Segura de León en 1626, Calera de León en 1631 y Fuente de Cantos en 1634; Fuente de León se retrasa hasta 1650, y llaman la atención por lo tardías las series de Cabeza la Vaca y sobre todas Montemolin, que no comienzan hasta 1748 y 1791 respectivamente, lo que hace pensar con fundamento en la pérdida de la documentación correspondiente.
Del parroquial de Bienvenida apenas se han catalogado algunos documentos. De todos estos archivos. el mejor ordenado y catalogado antes de la intervención del becario, era el de Cabeza la Vaca, ya que de ello se encargó la archivera Da Mari Carmen Calderón en 1990, dejando además un informe de 499 folios, que incluye en sinopsis la organización, inventario y catalogación de documentos, por lo que sólo ha habido que corregir algunos
errores de datación y se ha procedido a la catalogación de todos los documentos y no sólo de los primeros de cada expediente.
Como sucede en el ámbito civil, las parroquias de Pallares y Santa María de Nava son atendidas por el párroco de Montemolin, por lo que sus libros sacramentales se hayan custodiados en el archivo parroquial de la cabecera eclesiástica. En ambos casos el punto de partida de las series está en torno a los años 1785-1790.
Aparte los libros de fábrica y colecturía, presente en casi todos los archivos parroquiales del territorio, se dispone de una buena colección de libros de Cuentas de Cofradías y Hospitales (los del de la Virgen de Guía de Bodonal de la Sierra y Fuentes de León, y de la Virgen de Gracia de Monesterio, así como documentos sueltos del de Señor San Roque de Segura de León), fuente valiosa para el estudio de manifestaciones de la llamada religiosidad popular, o simplemente de la religiosidad de las poblaciones de la Mancomunidad. El parroquial de Fuente de Cantos ha visto desaparecer toda la documentación relacionada con las cofradías locales. Las que están presentes en todas las parroquias del territorio son las de las Benditas Ánimas, Rosario, Santísimo Sacramento, Vera Cruz y en casi todas las ermitas de los Santos Mártires. Igualmente se halla constituida en todas las parroquias la Hermandad Eclesiástica, usualmente denominada de San Pedro, salvo en el caso de la de Montemolin, donde apareja la advocación de la Concepción de Nuestra Señora, que tiene paralelo cercano en Jerez de los Caballeros.
Los de Calera de León, Cabeza la Vaca, Fuentes de León, Monesterio, Segura de León, incluyen una pequeña biblioteca de mayor o menor número de volúmenes, cuyos fondos también se han catalogado. El parroquial de Montemolin dispone de un buen fondo de Cantorales y Misales, algunos de ediciones filipinas del S. XVI, de indudable valor bibliófilo, cuya catalogación se hizo y entregó al párroco que así lo había solicitado.
Inventario de archivos históricos de Tentudía 55
En los parroquiales de Fuentes de León y Monesterio se ha ayudado a su ordenación y colocación de documentos incluso, dado el interés y colaboración de los propios párrocos. En el caso del parroquial de Montemolin incluso se facilitó al párroco la catalogación e inventario de la rica colección de cantorales, misales y otros libros de oficios de que, dispone el archivo parroquial, en la conciencia del valor de dicho patrimonio para la localidad.


Fuentes. - Cuadernos monográficos de Tentudía y notas del Dr. ANTONIO GORDON BERNABE

lunes, 24 de agosto de 2020

Referencias bibliográficas y documentales sobre Guadalcanal

Enrique VI de Castilla
Documentos sobre Enrique IV de Castilla y su tiempo
 178
1445, agosto, 31. Ávila, iglesia de Santiago del Arrabal.
          Capítulo de la Orden de Santiago celebrado para la elección de maestre, por encontrarse vacante el maestrazgo por la muerte de Enrique, infante (de Aragón), y recayendo la elección en Álvaro de Luna, condestable de Castilla, conde de San Esteban. Se hallan presentes: Juan Díaz de Cornado, prior de Uclés, lugarteniente de maestre; Gabriel Manrique, comendador mayor de Castilla; García López de Cárdenas, comendador mayor de León; Fernando de Portugal, comendador de Oreja; Lope de Stúñiga, comendador de Guadalcanal; mosén Luis de Majares, comendador de Azuaga; Martín Pantoja, comendador del Corral (de Almaguer);
Gómez Mejía, comendador de Vecejate; Lorenzo de Figueroa, comendador de Mohernando; Alfonso de Robredo, comendador de Montemolin; todos ellos “son del número de los trece de la dicha Orden”; “y otros cavalleros y freires clérigos y legos della juntos capitularmente”.
          El maestre difunto fue sepultado en el monasterio de San Pedro Mártir de la ciudad de Calatayud, en junio de este mismo año, y había dispuesto que se hiciera capítulo para elegir sucesor a su muerte, lo cual decidieron hacer el prior y los miembros del capítulo para el día 2 de septiembre de 1445, estando presentes como testigos: Vasco Alfonso, subprior de Uclés y Montalbán; Juan Hurtado; Juan García, vicario de Segura (de León); y Alfonso García, todos ellos clérigos freires de la Orden.
          El 2 de septiembre de 1445 se celebró definitivamente el capítulo, estando presentes: Juan Díaz de Cornado, prior de Uclés; Alfonso Fernández, prior de San Marcos de León; y los sobredichos “treces”, freires y caballeros, “juntos capitularmente en el coro de la yglesia mayor de dicha cibdad”. Por hallarse ausentes algunos de “los trece”, imprescindibles para la elección, hubo determinadas representaciones: Fernán Vázquez de Parada, comendador de Santa Cruz, estuvo representado por Rodrigo Manrique, comendador de Segura; Mendo de Quesada, por Lope Álvarez Osorio, comendador de Socovos; Alfonso Díaz, comendador de Rivera, por mosén García de Heredia, comendador de Ricote; Luis de Carranza, comendador de Ventoso, por Alfonso García Malaver, comendador de Cieja. “Los trece” eligieron por maestre de la Orden a Álvaro de Luna, quien aceptó, y lo comunicaron al capítulo; a continuación, juró el cargo en presencia de todos,
tomándole la palabra el prior de Uclés. Entre las condiciones que hubo de jurar, destaca la de mantener los conventos y enfermerías según ordena la Regla de la Orden y del modo en que estaban desde el maestrazgo de Lorenzo Suárez (de Figueroa), así como la de guardar los derechos de los comendadores y de las casas como se habían mantenido desde el maestrazgo de Pelay Pérez Correa. Después se le instituyó canónicamente como nuevo maestre, con los ritos propios.
    Ante Fernán Sánchez, vicario de Santa María de (Ten)tudía y de Reina, notario del capítulo, y el bachiller Alfonso Sánchez de Ávila, notario público por la autoridad apostólica, estando presentes los siguientes testigos: Juan Carrillo, adelantado de Cazorla; el relator Fernando Díaz de Toledo, (oidor, refrendario y secretario real]; Fernando de la Cámara; Juan García, vicario de Segura de León); Vasco Alfonso, subprior de Uclés y Montalbán; y Ruy González.
RAH, col. Salazar, 9/816 (ant. M-9), fol. 301-303. Copia de un amanuense de Salazar, sacada del archivo ducal del Infantado.
Reg. Índice, vol. 30, p. 69.

1678
1462, noviembre, 2. Toledo.
          Acuerdo del Ayuntamiento de Toledo, sobre la prisión del comendador (de Guadalcanal), en la Orden de Santiago), Lope de Zúñiga, sobre haber forzado las puertas del convento de monjas de Santo Domingo, y quebrantado su clausura, para saca a la fuerza a María de Guzmán, su mujer, que estaba depositada en dicho convento.
RAH, col. Salazar, 9/1087 (ant. O-6), fol. 171-172v. Copia de letra del siglo XVII, obtenida del archivo de los condes de Villaverde.
Reg. Índice, vol. 40, p. 468.

1772
1463, agosto, 25. Tendilla.
          Escritura de fundación del monasterio de Santa Ana de Tendilla, de la Orden de San Jerónimo, que otorgó Íñigo López de Mendoza, (primer) conde de Tendilla, señor de Sangarrén, donando para ello su iglesia y ermita de Santa Ana a favor de fray Juan Melgarejo, como prior y en nombre de la comunidad de San Isidoro (del Campo, Santiponce), cerca de la ciudad de Sevilla, con el fin de realizar dicha fundación con monjes de este cenobio. También se recoge la toma de posesión de la ermita por el citado religioso, junto con fray Vasco de Guadalcanal y fray Gonzalo de Valderrama, profesos igualmente de San Isidoro del Campo, dejando al cargo del lugar a Juan González, trapero vecino de Tendilla, hasta que llegaran los monjes fundadores. Ante Juan Páez de Peñalver, notario público por las autoridades apostólica, real y arzobispal de Toledo, y los siguientes testigos: Diego González de Guadalajara, contador del conde de Tendilla; Alfonso Fernández Ballestero y Alfonso Martínez Mingote, escribanos reales; Martín García de Nicolás.
RAH, col. Salazar, 9/808 (ant. M-1), fol. 128-128v. Copia simple de letra del siglo XVII.
Reg. Índice, vol. 28, p. 262.

1787
1463, noviembre, 30. Llerena.
          Testamento otorgado por Juan Alfonso de Novoa, comendador (de los bastimentos de la provincia de León), en la Orden de Santiago, realizado ante Francisco Sánchez de Córdoba, escribano y notario público, y en el que dispone mandas sobre diversos bienes y rentas, algunos de ellos en Fuente de Cantos y Llerena (actual provincia de Badajoz), Guadalcanal (Sevilla), Jaén y Los Hinojosos (Cuenca), para las siguientes personas: criados y criadas; su escudero Pedro de Arana; Catalina de Arana, quien le había atendido en sus enfermedades; su hija Inés; su nieta Teresa, hija de Juan de Mendoza y de su hija Isabel; su hija Teresa; su mujer María de Lara; su hija Isabel, esposa de Juan de Mendoza. Previamente, había renunciado a su encomienda a favor de su hijo Juan de Montealegre.
Nombra como albaceas: el licenciado Miguel Ruiz de Talavera, su consuegro; el comendador Juan de Montealegre, su hijo; su nieto Fernando, hijo de Juan de Montealegre.
RAH, col. Salazar, 9/808 (ant. M-1), fol. 216-217. Copia autógrafa de Salazar.
Reg. Índice, vol. 28, p. 194.

1789
1463, noviembre, 30. Llerena.
          Extracto del testamento del comendador Juan Alfonso de Novoa: Enterramiento en la iglesia de Santa María. Celebración de misas por su alma y la de sus padres. Diversas mandas a sus criados. A su escudero Pedro de Arana, las primicias de Fuente de Cantos. Encarga a su hijo, el comendador Juan de Montealegre, y al licenciado, su consuegro, que cumplan con todas sus disposiciones y que acudan a Catalina de Arana con las primicias de Guadalcanal, a quien además otorga todos sus muebles. Se guarde la venta que hizo a dicho licenciado de sus bienes en los Finojosos, lugar de la Orden de Santiago, y en el Finojosal de Belmonte, lugar de Juan Pacheco, marqués de Villena. A doña Teresa, su nieta, hija de Juan de Mendoza y de su hija Isabel, cierta cantidad de dinero, joyas y plata que él dejó en poder de doña María Álvarez de Lara, su mujer, cuando salió de Socovos. A su hija Teresa ciertas cantidades de ajuar. Constituye heredera universal a su hija Isabel, (mujer de Juan de Mendoza) A su nieta Inés las casas de Jaén. Francisco Sánchez de Córdoba, escribano del rey y notario público de Llerena.
RAH, Col. Diplomática de España, 11/9089, doc. 49. Sacado de Salazar, Historia de la Casa
de Lara, tomo 4, pág. 616.

2033
1465, junio, 20. Carrión.
          Carta de Juan Manrique, vicario general perpetuo en las vicarías de Santa
María de Tudía y Reina, nombrando a Ferrand Matheos, clérigo de la iglesia de Señora de Santa María, de la villa de Guadalcanal, juez y vicario en dicha villa, perteneciente a la jurisdicción de sus vicarías.
RAH, Col. Diplomática de España, 11/9089, doc. 104. Sacado de Bularium Ordinis Militaris Sancti Jacobi,
p. 428.2247.

2247
1471, diciembre, 31. Guadamur.
          Segunda respuesta de Pedro López de Ayala, conde de Fuensalida, señor de Casarrubios, a Lope Ortiz de Stúñiga, comendador mayor de Guadalcanal.
RAH, col. Salazar, 9/440 (ant. F-34), fol. 37-38. Copia manuscrita simple del siglo XVI.
Reg. Índice, vol. 20, p. 273.

2275
1466. s.l.
          Noticia del patronato de Lope Ortiz de Zúñiga, comendador de Guadalcanal, de la Orden de Santiago, sobre el convento de Santa Catalina de Toledo.
RAH, Col. Diplomática de España, 11/9089, doc. 150. Sacado de Maldonado, Biblioteca del Marqués de Montealegre, fol. 134; en el Índice de los 14 tomos de Privilegios, tomo 6.


2713
1469, octubre, 20. Los Santos.
          Noticia de la confirmación por el maestre [de la Orden de Santiago] Juan Pacheco de los privilegios, mercedes, franquezas, buenos usos, costumbres, fueros y sentencias de visitadores a favor de la villa de Llerena realizada en el Capítulo General. Añade la noticia de su confirmación por los Reyes Católicos en Tordesillas, el 6 de junio de 1494, según consta en los privilegios de dicha ciudad, que se encuentran en su archivo, con seis testimonios dados por Juan Joseph Murillo: el primero de la dehesa del Canchal; el segundo de la dehesa del Encinar; el tercero de los privilegios de la alcaidía y comunidad de pastos con Reina y Guadalcanal, y aprovechamiento en Maguilla; el cuarto, confirmación de todos los privilegios de Llerena por el maestre Juan Pacheco; el quinto, confirmación por los Reyes Católicos en 1494; el sexto, la sentencia sobre el ensanche y señalamiento de la dehesa para Llerena.
RAH, Col. Diplomática de España, 11/9090, doc. 216. Sacado de Chaves, Apuntamiento

3091
1472, enero, 17. Toledo.
          Nueva réplica de Lope Ortiz de Stúñiga, comendador de Guadalcanal, a Pedro López de Ayala, conde de Fuensalida, señor de Casarrubios. Le acusa de rehuir el desafío de enfrentarse personalmente entre ellos, a pesar de haberle ofrecido que lo hiciesen en las tierras del conde. Dice que él [el comendador], sin embargo, ha demostrado su valentía en catorce desafíos con otros caballeros, de los que acudieron doce, y de ellos diez lo hicieron en paso de Órbigo, y los otros dos en Segovia y Roa, habiendo salido vencedor en todos los casos. Le dice que si finalmente se decide a entrar en combate con él y le mata [el conde al comendador], le dejará por universal heredero de todos sus bienes, en premio de caballería; si por el contrario, vence el comendador, se dará por contento simplemente con el galardón de la venganza y victoria; y se compromete a cumplirlo.
RAH, col. Salazar, 9/440 (ant. F-34), fol. 38-40v. Copia manuscrita simple del siglo XVI. El original era una carta partida por A, B, C.
Reg. Índice, vol. 20, p. 273.

3094

1471, diciembre, 31. Guadamur.
   Segunda respuesta de Pedro López de Ayala, conde de Fuensalida, señor de Casarrubios, a Lope Ortiz de Stúñiga, comendador mayor de Guadalcanal.
RAH, col. Salazar, 9/440 (ant. F-34), fol. 37-38. Copia manuscrita simple del siglo XVI.
Reg. Índice, vol. 20, p. 273.


3102
1472, enero, 17. Toledo.
          Nueva réplica de Lope Ortiz de Stúñiga, comendador de Guadalcanal, a Pedro López de Ayala, conde de Fuensalida, señor de Casarrubios. Le acusa de rehuir el desafío de enfrentarse personalmente entre ellos, a pesar de haberle ofrecido que lo hiciesen en las tierras del conde. Dice que él (el comendador), sin embargo, ha demostrado su valentía en catorce desafíos con otros caballeros, de los que acudieron doce, y de ellos diez lo hicieron en paso de Órbigo, y los otros dos en Segovia y Roa, habiendo salido vencedor en todos los casos. Le dice que si finamente se decide a entrar en combate con él y le mata [el conde al comendador], le dejará por universal heredero de todos sus bienes, en premio de caballería; si, por el contrario, vence el comendador, se dará por contento simplemente con el galardón de la venganza y victoria; y se compromete a cumplirlo.
RAH, col. Salazar, 9/440 (ant. F-34), fol. 38-40v. Copia manuscrita simple del siglo XVI. El original era una carta partida por A, B, C.
Reg. Índice, vol. 20, p. 273.

3901
s.a., septiembre, 20. Villaverde.
          Carta de Juan II a Lope Álvarez de Henestrosa, comendador mayor de León (en la Orden de Santiago), “como aquél de quien mucho fío”, respondiéndole a la que le envió por medio de Manuel García, su criado, y ordenándole que se entreviste con el condestable (Álvaro de Luna) para tratar del servicio al monarca, además de hacerle merced de los bienes del comendador de Guadalcanal. Firmas del rey y del doctor Fernando Díaz de Toledo, oidor, refrendario y secretario real.
RAH, col. Salazar, 9/808 (ant. M-1), fol. 235-235v. Copia simple de letra del siglo XVII, obtenida del original en el Archivo de Écija y del traslado autorizado en el archivo del marqués de Peñaflor.
Reg. Índice, vol. 28, pp. 268-269.


UNIVERSIDAD CARLOS III DE MADRID COMITÉ ESPAÑOL DE CIENCIAS HISTÓRICAS 2016